Ya todo está listo para una ardua jornada. Este sábado 4 de mayo, a lo largo de seis horas (desde las 11:30 a.m. hasta las 5:00 p.m.), el profesor Fort Ninamancco Córdova, amicus curiae del VII Pleno Casatorio Civil y profesor de San Marcos, analizará 20 sentencias casatorias recientes sobre prescripción.
El evento está dirigido a abogados, funcionarios y servidores públicos, profesores, estudiantes de derecho, autoridades y público interesado.
Las clases se transmitirán en vivo y en directo a través de nuestra aula virtual [calidad HD] a la que el participante accederá mediante una clave proporcionada por Legis.pe. El alumno podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma. Así también podrá descargar en PDF los materiales de enseñanza (jurisprudencia relevante seleccionada, lecturas, diapositivas). El participante podrá acceder al aula virtual durante tres meses después.
Fort Ninamancco
Abogado y magíster en Derecho, con mención en Derecho Civil y Comercial, por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Profesor de Teoría Legal y Derecho Civil en las universidades Mayor de San Marcos, Ricardo Palma y San Ignacio de Loyola y profesor de Derecho Civil en la Academia de la Magistratura. Fue amicus curiae del VII Pleno Casatorio Civil. Ganador del Premio Nacional «Francisco García Calderón Landa».
Bloque temático
- Aspectos generales de la posesión precaria
- Análisis de los supuestos de posesión precaria previstos en el IV Pleno Casatorio Civil
- Desalojo y resolución contractual
- Desalojo y prescripción adquisitiva de dominio
- Desalojo y nulidad de acto jurídico
- Desalojo entre familiares
- Análisis de la Ley 30933, que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial
- Estrategias legales para defenderse con eficacia
- Análisis de 20 sentencias casatorias recientes sobre prescripción
Certificación
Se expedirá certificado a nombre de Legis.pe y el Colegio de Abogados de Cañete por 12 horas académicas. El envío del certificado a través de Olva Courier tiene un costo adicional de 25 soles.
Beneficios
Los participantes que se inscriban al seminario tienen derecho a los siguientes beneficios.
- Jurisprudencia relevante y actual sobre prescripción.
- Material descargable en PDF.
- Materiales de enseñanza (fólder, block, lapicero que se enviarán con el certificado).
Inversión
- Profesionales, bachilleres y egresados: 100 soles
- Estudiantes de pregrado (acreditar con carné universitario vigente u otro documento oficial): 80 soles
- Corporativo (a partir de tres personas): 80 soles
- Alumnos Legis.pe: 80 soles (alumnos que se hayan matriculado en cursos anteriores de Legis.pe)
Medios de pago
- Cuenta Banco de la Nación: 04-123-070432
CCI 018-123-004123070432-06
- Cuenta de Ahorros BCP: 19393666764-0-90
CCI 002-193-193666764090-12
- Cuenta de Ahorros Interbank: 0233130782459
CCI 003-023013130782459-92
- Cuenta de Ahorros BBVA Continental: 001101480200548073
CCI 011-148-000200548073-42
- Cuenta de Ahorros Scotiabank: 035-7447671
CCI 00906020035744767151
Todas las cuentas están a nombre de Elizabeth Rebeca Mayta Iquise. Una vez realizado el pago o la transferencia debe enviar la foto del voucher o la captura de pantalla de la transferencia bancaria al whatsapp 931133139 o al correo [email protected], indicando su nombre completo, DNI, correo electrónico, dirección (distrito, provincia y departamento), teléfono y modalidad.
Más información
Para mayor información puede dejar su correo en los comentarios o llamar al (01) 7612794, o escribir al correo [email protected] o al Whatsapp 931133139. También puede dejar su correo en los comentarios para enviarle toda la información.
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![La figura del arraigo puede propiciar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes e incomunicación, al generar espacios de escasa vigilancia y especial vulnerabilidad para las personas arraigadas, quienes carecen de una situación jurídica claramente definida para ejercer adecuadamente su derecho de defensa [Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México, ff. jj. 183-184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Pago del arrendatario luego de la comunicación del vencimiento del contrato y requerimiento de la devolución del bien no puede ser considerado continuación del contrato de arrendamiento [Casación 300-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-civil-posesion-bienes-ocupacion-separacion-divorcio-venta-alquiler-inquilino-impuesto-pago-LPDerecho-218x150.png)
![Doctrina jurisprudencial: El límite normativo de conservación de los registros de asistencia por el plazo de cinco años, no constituye un supuesto de caducidad probatoria en el fuero judicial, ni exime al empleador de su ineludible deber de colaboración; si el trabajador aporta prueba indiciaria sobre la prestación histórica de labores en sobretiempo, la negativa del empleador a exhibir los controles de asistencia amparándose en el transcurso del plazo legal de conservación documental, constituye una inconducta procesal que activa inexorablemente la presunción judicial a favor del laborante [Casación 36773-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Para la desafectación de impedimentos en servicios, la experiencia debe ser ejecutada en los dos años previos a la convocatoria; no obstante, se exige que las prestaciones sean ininterrumpidas y provengan de la misma Entidad [Opinión D000048-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Retroactividad benigna: La regla según la cual los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad del regidor pueden contratar con el municipio hasta doce meses posteriores a la culminación del cargo, es inaplicable a hechos anteriores a su vigencia, porque la norma que completó el tipo infractor sufrió modificaciones en el sentido de que dicho plazo se redujo a seis meses y se agregó dos circunstancias excepcionales para poder contratar [Resolución 4864-2026-TCP-S3, ff. jj. 8 y 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (DS 009-2025-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/REGLAMENTO-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-Organica-del-Sistema-Nacional-de-Control-y-de-la-Contraloria-Genera_LP-218x150.jpg)












![Si el estatuto prohíbe la reelección sin mayores distinciones, ¿un directivo puede postular a cargo distinto? No puede realizarse distinción alguna en cuanto a si la reelección es respecto de la calidad de miembro o en atención al cargo que ocupa, si el estatuto habiendo prohibido reelección no la realiza [Resolución 2008-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/representante-de-una-asociacion-irregular-sin-acta-de-constitucion-ni-estatuto-tiene-legitimidad-para-solicitar-nulidad-de-actos-celebrados-LPDerecho-218x150.png)
![La figura del arraigo puede propiciar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes e incomunicación, al generar espacios de escasa vigilancia y especial vulnerabilidad para las personas arraigadas, quienes carecen de una situación jurídica claramente definida para ejercer adecuadamente su derecho de defensa [Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México, ff. jj. 183-184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-324x160.jpg)

![Establecen el Día Nacional del Kion (jengibre) y de la Cúrcuma (palillo) [RM D000173-2026-Midagri-DM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Curcuma-y-kion-LPDerecho-100x70.jpg)
![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Para ejecutar el beneficio de la reincorporación y/o reubicación laboral (como restitución del daño por los ceses irregulares de la década de los 90’) no es exigible la existencia de una plaza presupuestada y vacante, pues las normas presupuestarias que condicionaron el ingreso de los trabajadores a las entidades del Estado a la existencia de plaza presupuestada y vacante fueron delimitadas posteriormente [Casación 28276-2023, Lima, ff. jj. 15 y 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![La figura del arraigo puede propiciar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes e incomunicación, al generar espacios de escasa vigilancia y especial vulnerabilidad para las personas arraigadas, quienes carecen de una situación jurídica claramente definida para ejercer adecuadamente su derecho de defensa [Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México, ff. jj. 183-184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)
![Normas referidas al régimen patrimonial del matrimonio no son de orden público [Casación 3702-2000, Moquegua]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/casa-civil-desalojo-remate-ocupacion-precaria-bienes-sociales-matrimonio-divorcio-terreno-construccion-LPDerecho-324x160.png)