Si el estatuto prohíbe la reelección sin mayores distinciones, ¿un directivo puede postular a cargo distinto? No puede realizarse distinción alguna en cuanto a si la reelección es respecto de la calidad de miembro o en atención al cargo que ocupa, si el estatuto habiendo prohibido reelección no la realiza [Resolución 2008-2026-Sunarp-TR]

Resolución compartida por el abogado Gustavo Gonzales

SUMILLA : REELECCIÓN. No puede realizarse distinción alguna en cuanto a si la reelección es respecto de la calidad de miembro o en atención al cargo que ocupa, cuando el estatuto habiendo prohibido la reelección no la realiza.


TRIBUNAL REGISTRAL

RESOLUCIÓN No. 2008-2026-SUNARP-TR

APELANTE: GUIDO SIMÓN GÓMEZ MEDINA.
TÍTULO: XXX del 17/12/2025
RECURSO: E-03-2026-004601 del 9/12/2026.
REGISTRO: Personas Jurídicas de Arequipa.
ACTO: Nombramiento de consejo directivo

I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA

Mediante el título venido en grado de apelación se solicita la inscripción del nombramiento de consejo directivo de la ASOCIACIÓN DE EX SERVIDORES DEL INSTITUTO PERUANO DE SEGURIDAD SOCIALAREQUIPA «ASEIPSS-A» inscrita en la partida N° XXX del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa, para el periodo 1/1/2025 al 31/12/2026.

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A tal efecto se adjunta:

– Actas de las asambleas generales extraordinarias del 10/10/2024 y 12/12/2024, en copias certificadas expedidas por notario de Arequipa Rubén Bolívar Callata el 4/3/2025.

– Constancia de convocatoria y quórum de la asamblea general del 10/10/2024 suscrita por XXX, en su calidad de presidente de la asociación, con certificación notarial de su firma el 10/4/2025.

– Constancia de convocatoria y quórum de la asamblea general del 12/12/2024 suscrita por XXX, en su calidad de presidente de la asociación, con certificación notarial de su firma el 10/4/2025.

[Continúa…]

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