Mediante la Resolución 0632-2025-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el cronograma electoral que regirá el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026. El documento consolida todos los hitos legales y operativos que deberán cumplir los organismos del sistema electoral y las organizaciones políticas.
El JNE recordó que los comicios se realizarán el domingo 4 de octubre de 2026, fecha fija establecida por ley, mientras que la convocatoria presidencial deberá efectuarse a más tardar el 7 de enero de 2026. Para elaborar el cronograma, el JNE, la ONPE y Reniec sostuvieron reuniones técnicas para alinear plazos y garantizar un proceso coordinado y conforme a la normativa vigente.
El calendario incluye también las actividades relacionadas a las elecciones primarias, así como las medidas de simplificación aprobadas recientemente por la Ley 32462. Con la aprobación del cronograma, inicia oficialmente la ruta hacia los comicios que definirán a nuevas autoridades regionales, provinciales y distritales en todo el país.
En el transcurso del día se publicará el anexo.
Aprueban cronograma electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026
Resolución Nº 0632-2025-JNE
Lima, 18 de noviembre de 2025
VISTOS: el Informe Nº 000046-2025-VAB-OGPP/JNE, remitido con el Memorando Nº 000282-2025-OGPP/JNE, del 16 de noviembre de 2025, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; así como el acta de reuniones técnicas sostenidas el 4, 5, 11 y 12 de noviembre de 2025, entre representantes del Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, sobre el cronograma de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y
CONSIDERANDO QUE:
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 178, numeral 3, de la Constitución Política del Perú, es competencia del Jurado Nacional de Elecciones el velar por el cumplimiento de las normas referidas a materia electoral.
2. Las elecciones regionales y las elecciones municipales son procesos electorales de calendario fijo que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, y el artículo 3 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, se realizan conjuntamente el primer domingo de octubre del año en que finaliza el mandato de las autoridades regionales y municipales, y son convocadas por el Presidente de la República con una anticipación no menor de 270 días calendario a la fecha de las elecciones; es decir, que estas elecciones se llevarán a cabo el domingo 4 de octubre de 2026 y que la convocatoria deberá producirse, como máximo, el 7 de enero de 2026.

3. Como todo proceso electoral, el proceso de elecciones regionales y municipales inicia oficialmente con la convocatoria seguida de una serie continua y concatenada de actos que precluyen, previstos en las leyes electorales –cuya finalidad es llevar a cabo los comicios y proclamar los resultados del sufragio–.
4. En adición a lo señalado en el punto anterior, deben considerarse las actividades correspondientes a las elecciones primarias de las elecciones regionales y municipales, en las que intervienen los organismos electorales, conforme a los artículos 21 al 24-A de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas; así como las disposiciones contenidas en la Ley Nº 32462, publicada el 3 de octubre de 2025, que establece medidas para la simplificación del desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
5. El artículo 1 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, señala que los organismos electorales actúan con autonomía y mantienen entre sí relación de coordinación, de acuerdo con sus atribuciones; en esa línea, para la elaboración del cronograma electoral, los tres organismos electorales expusieron sus respectivas líneas de tiempo y coordinaron los puntos necesarios para un desarrollo armónico del proceso electoral con absoluta observancia de los hitos legales, con el objetivo de dar cumplimiento cabal al rol que le es propio a cada uno de los integrantes del Sistema Electoral, conforme a sus competencias.
6. En mérito a lo antes expuesto, corresponde aprobar el cronograma electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, que incluye los hitos legales y aquellos que son producto de la coordinación dentro del Sistema Electoral, todos ellos necesarios para el desarrollo de las actividades de los organismos electorales y para conocimiento de los actores electorales y de la ciudadanía en general.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
1. APROBAR el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, que se encuentra como Anexo y es parte integrante de la presente resolución.
2. PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines pertinentes.
3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
RAMÍREZ CHÁVARRY
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
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