Corte de La Libertad aclara que Fiscalía no pidió prisión preventiva para mujer investigada por lesiones culposas

La Corte Superior de Justicia de La Libertad defendió la actuación del Poder Judicial en el caso de Maricsa Polet Alfaro Cerna, investigada por lesiones culposas tras un hecho ocurrido en Trujillo el pasado 3 de mayo, y precisó que su liberación se produjo porque el Ministerio Público no solicitó prisión preventiva.

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A través de un comunicado, la institución explicó que la Fiscalía presentó un requerimiento de proceso inmediato y pidió únicamente la medida de comparecencia con restricciones. En atención a ello, el juzgado impuso dicha medida por siete meses y ordenó la libertad de la investigada, siempre que no existiera otra orden de detención vigente.

La Corte remarcó que un juez no puede imponer una medida más gravosa que la requerida por el Ministerio Público, por lo que la decisión se adoptó dentro de los límites establecidos por la Constitución y el Código Procesal Penal.

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Asimismo, el Poder Judicial exhortó a los medios de comunicación a informar con veracidad y evitar el sensacionalismo, reiterando su compromiso con la legalidad, la imparcialidad y el debido proceso.

El caso ocurrió en el distrito de Víctor Larco, en Trujillo, donde un vigilante de 54 años fue atropellado por una camioneta mientras realizaba labores de seguridad en una zona residencial. El trabajador se encontraba sentado y apoyado en una pared cuando fue impactado por el vehículo conducido por Alfaro Cerna, de acuerdo con la Policía, tenía la licencia vencida y registró 1.84 gramos de alcohol por litro de sangre en el examen de dosaje etílico.

Luego del atropello, el hombre fue trasladado al Hospital Belén con apoyo del SAMU y posteriormente ingresado a la Unidad de Cuidados Intensivos debido a las lesiones que presentaba en la cabeza y otras partes del cuerpo. La familia del vigilante cuestionó el contenido del acta policial elaborada tras la intervención debido a que en el documento se consignó que el paciente presentaba lesiones por «caída de altura», pese a que la investigación policial corresponde a un accidente de tránsito.


A LA OPINIÓN PÚBLICA

Ante las recientes publicaciones realizadas por diversos medios de comunicación digital respecto a la liberación de la ciudadana Maricsa Polet Alfaro Cerna por el lamentable hecho ocurrido el día domingo 03 de mayo de 2026 a las 21:00 horas en agravio del ciudadano Juan Martinez Torres, expresamos lo siguiente:

1. El Representante del Ministerio Público, doctor Joan Manuel Balladares Correa presentó, el día 05 de mayo de 2026 a las 17:09 horas ante la Unidad de Flagrancia Delictiva de Trujillo, el requerimiento de incoación de proceso inmediato y solicitó únicamente la medida de comparecencia con restricciones, por delito de lesiones culposas, en agravio del citado ciudadano.

2. El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia señaló para el día 05 de mayo de 2026 a las 19:00 horas la audiencia pública, en la cual resolvió declarar procedente la incoación de proceso inmediato contra Maricsa Polet Alfaro Cerna, por el delito de lesiones culposas, imponiendo comparecencia con las restricciones solicitadas por el Ministerio Público, por el plazo de siete meses, en consecuencia, dispuso la inmediata libertad de la imputada, siempre y cuando no exista orden detención en su contra emanada por el órgano jurisdiccional competente.

3. La decisión emitida por el Magistrado a cargo del proceso, imponiéndole la comparecencia con restricciones, se realizó dentro de las facultades y límites que la Constitución, las leyes y Código Procesal Penal establecen, por cuanto el Poder Judicial no puede imponer una medida más gravosa que la requerida por el órgano persecutor del delito, el Ministerio Público.

4. En consecuencia, la liberación de la ciudadana responde al requerimiento del fiscal a cargo, en el presente caso, en el cual NO SOLICITÓ LA MEDIDA DE PRISIÓN PREVENTIVA contra la investigada.

5. La Corte de La Libertad garantiza el debido proceso en cada caso atendido y REAFIRMAMOS nuestro compromiso ineludible con la administración de la justicia bajo los principios de imparcialidad y legalidad.

Exhortamos a los medios de comunicación a informar con veracidad y transparencia hacia la ciudadanía, sin caer en el sensacionalismo. Unámonos para brindar la información exacta que la población exige.

Trujillo, mayo de 2026.

Corte Superior de Justicia de La Libertad

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