¡Buenas nuevas! LP transmitirá una clase modelo sobre «La familia y el matrimonio», a cargo de la especialista Beatriz Ramírez Huaroto a través de nuestra plataforma de YouTube, facebook y zoom.
La docente Beatriz Ramírez Huaroto es Magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y doctorando en Derecho en la misma casa de estudios. Especialista en enfoque de género con estudios de posgrado en Harvard University, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos y la Universidad de Buenos Aires. Fue asesora en el Congreso de la República del Perú y en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Es docente en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pontificia Universidad Católica del Perú, en la Escuela de Posgrado de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón y en la Academia de la Magistratura.
Asimismo, es grato informarles que la especialista Beatriz Ramírez Huaroto formará parte de nuestro panel de expositores en el Curso especializado en Pensión de alimentos. Para más información, clic aquí.
INVITACIÓN
Aprovechamos la oportunidad para informarles que, nuestro Curso especializado en Pensión de alimentos. inicia el miércoles, 20 de mayo de 2026. Con un total de 12 sesiones a desarrollarse los lunes, miércoles y viernes de 6 p. m. a 9 p. m.
HASTA EL MIÉRCOLES 13 DE MAYO UN LIBRO GRATIS
Esta clase modelo sobre «La familia y el matrimonio», a cargo de la especialista Beatriz Ramírez Huaroto se desarrollará este lunes 11 de mayo de 2026 a las 4 p. m.
Si desean recibir las diapositivas pueden completar el siguiente formulario:
- Los inscritos hasta el miércoles 13 de mayo podrán elegir, de manera exclusiva y gratuita, solo uno de los siguientes ejemplares:
- Mi primer juicio de familia. ¿Qué le digo al juez? del docente Juan Carlos Del Aguila Llanos, profesor exclusivo de LP (2° edición)
- Derecho de familia. Temas polémicos del docente Bruno Fernando Avalos Pretell.
- Acceso al aula virtual hasta 4 meses después de terminado el curso.
- Diapositivas, lecturas y jurisprudencia descargable.
- Fólder, block, lapicero.
HASTA EL MIÉRCOLES 13 DE MAYO UN LIBRO GRATIS
Curso especializado en Pensión de alimentos
También puede realizar su matrícula a través de nuestra aula virtual. Dé clic a “Comprar este curso” y se añadirá a su carrito de compras.
Para más información puede enviar un mensaje al 916524845. También puede escribir al correo [email protected]


![Cuando la libertad de expresión se vincula con la libertad sindical y los derechos políticos, requiere protección reforzada, ya que su vulneración puede generar un efecto amedrentador y afectar la capacidad de las organizaciones para defender sus intereses [Deras García y otros vs. Honduras, ff. jj. 78-82]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Es improcedente la prescripción adquisitiva de dominio si el demandante ingresó a poseer el bien en calidad de comprador y buscó renegociar el pago, pues ello elimina los requisitos de pacificidad y «animus domini» [Casación 1549-2021, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![No corresponde aumentar alimentos si necesidades de otros hijos del demandado también aumentaron y no se acreditó mayor necesidad del alimentista mayor de edad [Exp. 00002-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/pension-de-alimentos-dinero-soles-LPDerecho-218x150.png)
![Alimentante es facultado judicialmente a aceptar apertura de cuenta de ahorros para depositar la pensión alimenticia [Exp. 02647-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/alimentante-es-facultado-judicialmente-a-aceptar-apertura-de-cuenta-de-ahorros-para-depositar-la-pension-alimenticia-LPDerecho-compressed-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Dos precisiones sobre la aplicación retroactiva de los convenios colectivos: i) al suscribirse un nuevo convenio colectivo, sus cláusulas entran en vigencia desde el día siguiente de la caducidad del convenio anterior y, de no existir pacto alguno, desde la fecha de presentación del pliego de reclamos; y ii) no rige la aplicación retroactiva cuando se trate de obligaciones de dar bienes en especie, caso en el cual la obligación surte efectos desde la suscripción del convenio [Casación 21340-2023, Loreto, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley del Mercado de Valores (Decreto Legislativo 861) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_Ley-del-mercado-de-valores-218x150.jpg)



![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![Promocionan la formalización y dinamización de micro, pequeña y mediana empresa mediante el régimen societario alternativo, sociedad por acciones cerrada simplificada [Decreto Legislativo 1409] Ejecutivos - Socios - Negocios - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Ejecutivos-Socios-Negocios-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)













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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Es improcedente la prescripción adquisitiva de dominio si el demandante ingresó a poseer el bien en calidad de comprador y buscó renegociar el pago, pues ello elimina los requisitos de pacificidad y «animus domini» [Casación 1549-2021, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)
![Compradora con título inscrito tiene mejor derecho de propiedad que ocupantes que, años atrás, habían ganado proceso de prescripción adquisitiva contra quien no era el titular registral, pues dicha sentencia no le es oponible ni a la transferente ni a la adquirente [Casación 4639-2017, Huaura]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-100x70.png)
![No corresponde aumentar alimentos si necesidades de otros hijos del demandado también aumentaron y no se acreditó mayor necesidad del alimentista mayor de edad [Exp. 00002-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/pension-de-alimentos-dinero-soles-LPDerecho-100x70.png)

![Es correcto declarar infundada la demanda de prescripción adquisitiva entablada por una asociación, al no haber poseído directamente, ya que, entre otras razones, la toma de posesión fue realizada por personas naturales y, luego de más de un año, se constituyó legalmente la asociación. Así también, aunque la denuncia penal por usurpación dirigida contra las personas naturales culminó con sentencia absolutoria, debe entenderse que se ha producido la interrupción de la prescripción y que la posesión no ha sido pacífica [Casación 4018-2021, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-civil-inmueble-casa-vivienda-mazo-predio-familia-llave-posecion-juez-LPDerecho-100x70.jpg)
