Artículo 187.- Inexigibilidad del cargo
El gravado con el cargo no está obligado a cumplirlo en la medida en que exceda el valor de la liberalidad.
Concordancias
CC: arts. 182, 185, 661.
Jurisprudencia del artículo 187 del Código Civil
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Corte Suprema
- Resulta improcedente exigir cumplimiento del cargo que excede la liberalidad impuesta [Casación 1925-2011, Áncash]. Link: lpd.pe/28zYv
- Si donataria aceptó expresamente plazo prudencial para cumplimiento de cargo, ya no corresponde que juez lo señale [Casación 1132-2018, Lambayeque]. Link: lpd.pe/ky8ze
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