Aprueban uso del «Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial» en quechua, aymara y ashaninka

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 307-2016-CE-PJ

Lima, 30 de noviembre de 2016

VISTOS: El Oficio Nº 1659-2016-GG-PJ, cursado por el señor Gerente General (e) del Poder Judicial; así como, el Oficio Nº 607-2016-GDC-GG-PJ, cursado por el señor Gerente de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe Nº 044-2016-A-GDC-GG-PJ, relacionado al Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial, FUT-PJ.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 304-2014-CE-PJ, de fecha 10 de setiembre de 2014, se aprobó el “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial”, cuya sigla es FUT-PJ.

Segundo. Que el mencionado formulario simplifica el volumen de solicitudes administrativas que se presentan en este Poder del Estado; además, en la actual gestión se ha logrado insertar en la página web del Poder Judicial y de las Cortes Superiores de Justicia del país, lo que ha permitido mayor claridad en los contenidos y mejorar el seguimiento de dichos trámites.

Tercero. Que en concordancia con la política institucional impulsada por esta gestión, resulta conveniente incluir el Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial, FUT-PJ, en los idiomas quechua, aymara y ashaninka; de manera tal que, permita mejorar la accesibilidad de los usuarios en las referidas lenguas nativas.

Cuarto. Que la Gerencia General del Poder Judicial a través de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, con apoyo de las Cortes Superiores de Justicia del país, ha aplicado por muestreo una encuesta de jueces, auxiliares jurisdiccionales y administrativos, de todas las Cortes Superiores de Justicia mencionadas, a efectos de conocer el uso del referido formulario; así como, las recomendaciones para su mejor aplicación.

Quinto. Que, asimismo, debe autorizarse las diversas medidas tendientes a mejorar su implementación; y adecuado uso a nivel nacional.

Sexto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 960-2016 de la cuadragésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Vera Meléndez y Alvarez Díaz, sin la intervención del señor Ruidías Farfán por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por unanimidad, SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el uso del “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial”, cuya sigla es FUT-PJ, en los idiomas quechua, aymara y ashaninka; conforme al acceso que consta en la página web del Poder Judicial y en las Cortes Superiores de Justicia del país.

Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial, para que tome las siguientes medidas administrativas:

a) Implementar y difundir el FUT-PJ en las Cortes Superiores de Justicia del país.

b) Respecto al FUT-PJ, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 304-2014-CE-PJ, efectuar las siguientes acciones:

– Modificar la sección de dirección.

– Incluir el cargo, órgano jurisdiccional y número de escalafón; así como, un espacio en la parte superior izquierda para el uso del sello de recepción de la solicitud ingresada a la respectiva Mesa de Partes; y,

– Definir los campos que deben ser utilizados en forma visible sólo por el usuario final; y,

c) Conformar el equipo de trabajo encargado de la revisión y racionalización de los requisitos necesarios para los trámites administrativos, conforme a lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, mantenga actualizada la Tabla Maestra de Procedimientos Administrativos.

Artículo Tercero.- Autorizar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, para que tomen las siguientes medidas administrativas:

a) Difundir el uso del “Formulario Único de Trámites Administrativos del Poder Judicial”, FUT-PJ.

b) Autorizar a la Administración Distrital y al Jefe de Trámite Documentario de la Corte Superior de Justicia correspondiente, defina los lugares donde el FUT-PJ pueda ser completado los datos a mano y pre-impreso.

c) Disponer la capacitación del personal en el uso del FUT-PJ.

d) Realicen las acciones pertinentes para la suscripción de convenios con Universidades o Institutos Superiores Técnicos que impartan la carrera de Ingeniería Informática o su equivalente, a efectos de brindar capacitación básica a auxiliares jurisdiccionales o administrativo de las Cortes Superiores de Justicia, para instruirse en la reparación de equipos de cómputo en general.

e) Aprobar en forma anual el Plan de Mantenimiento de los Equipos Informáticos de cada Corte Superior de Justicia, bajo responsabilidad de la Administración Distrital y del Responsable del Área Informática de cada sede judicial.

f) Realizar las siguientes acciones:

– El seguimiento bimensual de las solicitudes y pedidos, pendientes de respuesta por parte de los jueces y auxiliares jurisdiccionales, evitando desplazamientos indebidos y abandono de labores habituales.

– La designación de los Responsables de cada sede judicial (local) encargados de recibir los FUT-PJ de jueces y auxiliares jurisdiccionales de dichas sedes, salvo los casos de emergencia o de fuerza mayor; y,

– La definición del tipo de peticiones que puede utilizar el FUT-PJ y sus anexos, para remitir por correo electrónico, debidamente escaneados, en cumplimiento de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Los originales quedarán en custodia del solicitante, para cualquier exigencia de la Administración. No procede para casos de apelaciones o reclamos, o por carencia de equipos informativos apropiados; y,

  1. g) Disponer que el Aplicativo Informático de Trámite Documentario utilizado por la Gerencia General del Poder Judicial y algunas Cortes Superiores de Justicia del país, sea utilizado a partir del 1 de enero de 2017, en las sedes judiciales donde no han sido implementadas, bajo responsabilidad, en aras de la unificación del sistema y de la implantación del Expediente Digital Administrativo.

Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición normativa administrativa que se oponga a la presente resolución.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

RAMIRO DE VALDIVIA CANO

Presidente

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