Servir: protocolo de desarrollo de capacidades en gestión pública con enfoque de género [Resolución 000139-2021-Servir-PE]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de octubre de 2021

987

Mediante la Resolución 000139-2021-Servir-PE, Servir aprueba el protocolo de desarrollo de capacidades en gestión pública con enfoque de género.


Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el “Protocolo de Servicio 5.4.1 Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000139-2021-SERVIR-PE

Lima, 5 de octubre de 2021

VISTO; el Informe N° 000174-2021-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil e Informe Legal N° 000204-2021-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres tiene como objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP se aprobó la “Política Nacional de Igualdad de Género”, la cual identifica 52 servicios prioritarios para su implementación, entre los cuales se encuentran tres (03) dentro del marco de las competencias funcionales de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en calidad de ente rector en materia de recursos humanos en el sector público, siendo una de ellas la de Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as. Servidores/as y funcionarios/as públicos/as;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, se aprobó el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género, en cuyo artículo 2 establece que las entidades públicas de nivel nacional, regional y local implementan dicho Plan y adoptan las medidas necesarias para cumplir sus metas en los plazos establecidos en el mismo;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP, se aprobaron los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG”, a cargo de las entidades públicas con responsabilidad en su provisión. Asimismo, en el numeral 6.2.2 del artículo VI de dichos Lineamientos, se establece que los protocolos de los servicios son aprobados por la entidad rectora;

Que, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil en coordinación con la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la Escuela Nacional de Administración Pública y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto propone el Protocolo de Servicio 5.4.1 Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as, sustentado en el Informe N° 000174-2021-SERVIR-GPGSC en el que manifiesta que el Protocolo ha contado con la asistencia técnica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y que su contenido cumple con las pautas metodológicas establecidas en los Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG, aprobado por la Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP;

Que, en la Sesión N° 024-2021 el Consejo Directivo aprobó la propuesta de “Protocolo de Servicio 5.4.1 Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as”, presentado por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, encargando a la Presidenta Ejecutiva emitir la resolución respectiva;

Con, el visto de la Gerencia General, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Escuela Nacional de Administración Pública, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, Decreto que aprueba la “Política Nacional de Igualdad de Género”; en el Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, Decreto que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género; en la Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG”; y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el “Protocolo de Servicio 5.4.1 Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as”, que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial “El Peruano”; y, en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil–SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA
Presidenta Ejecutiva


POLÍTICA NACIONAL DE IGUALDAD DE GÉNERO PROTOCOLO DE SERVICIO

5.4.1 Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as.

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -SERVIR

I. PARTE GENERAL

1.1 Objetivo Prioritario de la PNIG al que pertenece el servicio

Objetivo prioritario 5: Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres.

1.2. Lineamiento de la PNIG al que pertenece el servicio

Lineamiento 5.4: Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en los/as servidores/as públicos/as.

1.3. Denominación y código del servicio

Servicio de la PNIG 5.4.1: Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública con enfoque de género para servidores/as públicos/as.

1.4. Entidad proveedora y unidades de organización responsable

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), a través de sus órganos de línea:

– Escuela Nacional de Administración Pública – ENAP.

– Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil – GDCRSC.

1.5. Siglas y acrónimos

– PNIG: Política Nacional de Igualdad de Género.

– SERVIR: Autoridad Nacional del Servicio Civil.

– ENAP: Escuela Nacional de Administración Pública.

– GDCRSC: Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil.

– MIMP: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

– DGTEG: Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género.

– PDP: Plan de Desarrollo de las Personas.

II. MODELO OPERACIONAL DEL SERVICIO DE LA PNIG

2.1 Definición Operacional del Servicio

El servicio consiste en el diseño e implementación de estrategias para el desarrollo de capacidades del servicio civil con enfoque de género, considerando también el enfoque de interseccionalidad en los contenidos del mismo. Este es un servicio de naturaleza intermedia, ya que está destinado los/as servidores/as públicos/as de los tres niveles de gobierno y no a la ciudadanía como usuario final.

El servicio aporta al objetivo prioritario N° 5 y al lineamiento 5.4, “Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en los/as servidores/as públicos/as”, orientándose a fortalecer conocimientos del servicio civil, explorar herramientas, analizar información y proponer acciones para apoyar en la implementación de medidas específicas dirigidas a reducir las brechas de género en sus entidades atendiendo al problema público identificado en la PNIG: “Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres”.

En cuanto al lenguaje inclusivo, se propone su uso en los materiales pedagógicos del curso, como guía metodológica (secuencias instruccionales) presentaciones en PowerPoint, hojas de actividades de aprendizaje y evaluación y el cuaderno de trabajo.

El servicio comprende dos componentes:

– Componente uno: Curso de Gestión pública con enfoque de género, entregado directamente desde SERVIR-ENAP

– Componente dos: Capacitaciones sobre enfoque de género en el PDP, entregado por la GDCRSC de SERVIR.

2.1.1 Componente uno: Curso de Gestión pública con enfoque de género

La Escuela Nacional de Administración Pública (ENAP) es el órgano de línea de SERVIR que tiene a cargo el fortalecimiento de capacidades en materia de gestión pública, consecuentemente el diseño e implementación del Curso de Gestión pública con enfoque de género se encuentra dentro de ese ámbito. La ENAP tiene como finalidad proveer formación para el personal directivo y capacitación para el servicio civil peruano; la oferta de capacitación de la ENAP está dirigida a los/as servidores/as públicos/as que requieren adquirir, actualizar y perfeccionar conocimientos, implementando cursos de alto nivel académico. En ese sentido, en el 2019, en alianza con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP)1, rector en la Política Nacional de Igualdad de Género y competente en la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género, se diseñó el Curso de Gestión pública con enfoque de género en modalidad presencial, el cual se adaptó a la modalidad virtual sincrónica en el año 2020, como consecuencia de la crisis del COVID-19.

El curso cuenta con una duración de veintiocho (28) horas académicas virtuales sincrónicas, está compuesto por tres unidades de aprendizaje, orientadas a desarrollar y fortalecer las capacidades de las y los profesionales de las entidades públicas, a fin de que cuenten con herramientas para cumplir sus funciones de manera eficiente. Se trata de conducir a las y los participantes a la apropiación de elementos teóricos y metodológicos, teniendo en cuenta la orientación que marca el problema público, que es “la discriminación estructural contra las mujeres” y que utiliza en su análisis causal los enfoques de género y la temática de interseccionalidad. Enfoca dos aspectos centrales, por un lado, el conocimiento y comprensión del marco conceptual y normativo de los enfoques de género e interseccionalidad; y, por otro lado, el aprendizaje de las herramientas relacionadas a una gestión pública que aplique efectivamente dichos enfoques. La metodología en aula virtual considera las cuatro fases del ciclo de aprendizaje, de acuerdo a los lineamientos del modelo educativo de la Escuela Nacional de Administración Pública, ello implica el uso de recursos y herramientas virtuales de fácil manejo para realizar un aprendizaje virtual interactivo entre participantes y docentes, favoreciendo el intercambio de opiniones y experiencias, así como el desarrollo de los contenidos propuestos.

El ciclo para la provisión del Componente ‘‘Curso de Gestión pública con enfoque de género’’ comprende las etapas de convocatoria, implementación y ejecución. Dicho curso puede ser ejecutado más de una vez al año, de acuerdo las coordinaciones con el MIMP, lo que ameritaría el nuevo inicio del ciclo. El Gráfico N° 1 muestra en detalle el desarrollo de las acciones ejecutadas en cada una de las etapas del ciclo para la provisión del componente.

2.1.2 Componente dos: Capacitaciones sobre el enfoque de género en el marco del PDP

SERVIR, a través de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil–GDCRSC, planifica, desarrolla, gestiona y evalúa la capacitación en el sector público.

En esa línea, se monitorea el cumplimiento por parte de las entidades de los criterios, procedimientos y regulaciones que emite SERVIR sobre la materia, teniendo al Plan de Desarrollo de las Personas2 que presentan las entidades como medio que genera información sobre las capacitaciones (nombres de las capacitaciones, materias, modalidades, nivel de evaluación, proveedores, número de beneficiarios, financiamiento, entre otros).

Asimismo, SERVIR, en el marco de sus competencias establecidas en el artículo 21.43 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, ha dispuesto4 que siete materias de capacitación, una de ellas GÉNERO, se consideren como materias transversales de capacitación; es decir, capacitaciones que se brinden a los servidores civiles de manera independiente al perfil profesional y al nivel de gobierno en el que se desempeñen, y que estas sean registradas en el Plan de Desarrollo de las Personas de cada entidad.

Cabe señalar que las materias de capacitación transversales pueden ser ejecutadas en función de las posibilidades de las entidades; no obstante, los contenidos de capacitación que deben considerarse para cada materia fueron diseñadas y validadas por el ente rector respectivo. En el portal web https://www.servir.gob.pe/materias-transversales-gdc/ se encuentra disponible los contenidos desarrollados para su uso por las entidades o centros de formación que oferten capacitaciones en alguna de las siete materias.

En el caso de la materia de género, estos contenidos son diseñados y validados por la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, considerando el marco de la Política Nacional de Igualdad de Género.

El ciclo del componente ‘‘Capacitaciones sobre el enfoque de género en el marco del Plan de Desarrollo de las Personas’’ inicia un año antes con la identificación y priorización de las capacitaciones. Luego de ello, se aprueba del PDP y se ejecutan las capacitaciones planificadas para el año en curso. Una vez culminado ello, al año siguiente se sistematiza la información y se mide los indicadores de ejecución. El Gráfico N° 1 muestra en detalle el desarrollo de las acciones ejecutadas en cada una de las etapas del ciclo para la provisión del componente.

[Continúa…]

Descargue la resolución aquí

Comentarios: