Fundamento destacado: 8.6. Ahora bien, en cuanto a los contratos de suplencia del periodo veintidós de febrero de dos mil veintidós al treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, la entidad demandada dispuso que la demandante reemplace al titular xxx xxx xxx xxx, con el cargo de gestor de servicio control dual, en la agencia 3 Acobamba – Tarma, como es de verse en el acta de entrega de cargo de fecha veintiuno de febrero de dos mil veintidós, suscrita por el jefe de unidad orgánica, el titular reemplazado xx xxx xxx xxx y la demandante; de modo que, lo estipulado en el contrato de suplencia primigenio queda totalmente desvirtuado, toda vez que se modificó un elemento esencial en una relación laboral de naturaleza accidental de suplencia, como lo es, el cambio de titular.
Sumilla: El contrato accidental de suplencia es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador con el objeto de que este sustituya a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentre suspendido por alguna causa justificada prevista en la legislación vigente, o por efecto de disposiciones convencionales aplicables en el centro de trabajo.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
CASACIÓN LABORAL N.º 18147-2023, JUNÍN
Desnaturalización de contrato y otros
Proceso ordinario laboral – NLPT
Lima, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco
VISTA la causa número dieciocho mil ciento cuarenta y siete, guion dos mil veintitrés, Junín; en audiencia pública de la fecha, interviniendo como ponente la señora jueza suprema Espinoza Montoya y producida la votación con arreglo a ley, se emite la siguiente sentencia:
I. MATERIA DEL RECURSO
Se trata del recurso de casación interpuesto por la parte demandada Banco de la Nación, mediante escrito presentado el nueve de febrero de dos mil veintitrés (fojas de setenta y dos –reverso a setenta y cinco-anverso del cuadernillo de casación), contra la sentencia de vista del dieciocho de enero de dos mil veintitrés (fojas de cincuenta y nueve a setenta y uno), que revocó la sentencia de primera instancia expedida el cinco de diciembre de dos mil veintidós (fojas cuarenta y ocho a cincuenta y siete), en el extremo que exoneró al pago de costos del proceso y, reformándola, condenó al pago de costos por la suma de tres mil con 00/100 soles (S/ 3 000.00), más el 5% al fondo mutual del Colegio de Abogados de Junín, equivalente a ciento cincuenta soles con 00/100 soles (S/ 150.00), confirmando lo demás que contiene; en el proceso ordinario laboral seguido por la parte demandante xxx xxxx xxx xxx, sobre desnaturalización de contrato y otros.
II. CAUSAL DEL RECURSO
[Continúa…]
![No se puede otorgar relevancia determinante a los antecedentes penales del acusado y concluir a partir de ello una supuesta «propensión al delito» y reiteración de modus operandi [RN 924-2025, Piura, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)


![El servidor público contratado no se encuentra comprendido dentro de la Carrera Administrativa, puesto que su remuneración se fija en función de su contrato, especialidad, funciones y tareas específicas [Exp. N.° 2234-2002-AA/TC, ff. jj. 2-3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La medida inspectiva de requerimiento debe establecer con claridad las acciones que debe ejecutar el empleador [Resolución 0503-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Todas las personas detenidas tienen derecho a ser atendidas por un médico de su elección, lo que constituye una salvaguardia frente a la tortura y los malos tratos; ello no implica una obligación estatal de satisfacer preferencias médicas no necesarias según su condición de salud [Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) vs. Venezuela, f. j. 102]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Pago del arrendatario luego de la comunicación del vencimiento del contrato y requerimiento de la devolución del bien no puede ser considerado continuación del contrato de arrendamiento [Casación 300-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-civil-posesion-bienes-ocupacion-separacion-divorcio-venta-alquiler-inquilino-impuesto-pago-LPDerecho-218x150.png)

![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![Indecopi declara ilegal cobro de la Municipalidad de Lima para obtener certificado de conformidad de obra en Centro Histórico [Res. 0168-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Si el banco atribuye al consumidor haber obtenido una tarjeta y este lo niega, el banco debe probar que el contrato se celebró válidamente [Resolución Final 1319-2026/PS2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Establecen el Día Nacional del Kion (jengibre) y de la Cúrcuma (palillo) [RM D000173-2026-Midagri-DM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Curcuma-y-kion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley 27815) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (DS 009-2025-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/REGLAMENTO-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (Ley 27785) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-Organica-del-Sistema-Nacional-de-Control-y-de-la-Contraloria-Genera_LP-218x150.jpg)












![El servidor público contratado no se encuentra comprendido dentro de la Carrera Administrativa, puesto que su remuneración se fija en función de su contrato, especialidad, funciones y tareas específicas [Exp. N.° 2234-2002-AA/TC, ff. jj. 2-3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-324x160.png)
![La medida inspectiva de requerimiento debe establecer con claridad las acciones que debe ejecutar el empleador [Resolución 0503-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)
![Indecopi declara ilegal cobro de la Municipalidad de Lima para obtener certificado de conformidad de obra en Centro Histórico [Res. 0168-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)


![El servidor público contratado no se encuentra comprendido dentro de la Carrera Administrativa, puesto que su remuneración se fija en función de su contrato, especialidad, funciones y tareas específicas [Exp. N.° 2234-2002-AA/TC, ff. jj. 2-3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![Cohecho: Juez propuso favores sexuales a demandante a cambio de ayudarla en proceso [Apelación 2-2020, La Libertad] Cohecho-juez propuso favores sexuales a demandante a cambio de ayudarla en proceso-penal-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/Cohecho-juez-rpuso-favores-sexuales-a-demandante-a-cambio-de-ayudarla-en-proceso-penal-LP-324x160.png)