Protocolo sobre necesidades de apoyos para personas con discapacidad y adultos mayores [RA 000068-2024-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 14 de marzo de 2024

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A través de la Resolución Administrativa 068-2024-CE-PJ, el PJ aprobó el protocolo «Evaluación de las barreras de la comunicación y necesidades de apoyos para la persona con discapacidad y persona adulta mayor», junto con sus anexos como un acta de consentimiento informado, formatos de informes sociales y flujogramas que grafican los procesos de reconocimiento y proceso de designación judicial de apoyos.


Aprueban el Protocolo denominado “Evaluación de las Barreras de la Comunicación y Necesidades de Apoyos para Persona con Discapacidad y Persona Adulto Mayor” – Versión 001

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000068-2024-CE-PJ

Lima, 5 de marzo del 2024

VISTOS:

El Oficio N.º 000132-2024-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, el mismo que acompaña el Informe N.º 000111-2023-RT-PPRFAMILIA-PJ del Programa Presupuestal N.° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”; Informe N.º 000014-2024-SR-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Racionalización; Memorando N.º 000115-2024-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación; e Informe N.º 000169-2024-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la Coordinadora de Seguimiento y Evaluación del Programa Presupuestal N.° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” emitió el Informe N.º 000111-2023-RT-PPRFAMILIA-PJ, dirigido al Responsable Técnico del referido programa presupuestal, sustentando el proyecto de Protocolo denominado “Evaluación de las Barreras de la Comunicación y Necesidades de Apoyos para Persona con Discapacidad y Persona Adulta Mayor”, el mismo que recoge los resultados de las coordinaciones realizadas con la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad.

Segundo. Que, mediante el Oficio N.º 001925-2023-RT-PPRFAMILIA-PJ, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal N.° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, remitió a la Gerencia General del Poder Judicial el proyecto de Protocolo “Evaluación de las Barreras de la Comunicación y Necesidades de Apoyos para Persona con Discapacidad y Persona Adulta Mayor”, para el respectivo tramite.

Tercero. Que, a través el Informe N.º 000014-2024-SR-GP-GG-PJ la Subgerencia de Racionalización refiere a la Gerencia de Planificación que el mencionado proyecto de protocolo en su Versión 001, cumple con la presentación del informe de sustento y expresa las motivaciones de la propuesta, en el marco de lo establecido en el numeral 6.4 de la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial”-Versión 003; cumpliendo además los requisitos previstos en los numerales 6.1, 6.2, 6.3, y 7.1 de la misma, por lo que brinda opinión técnica favorable para que se continúe con el trámite de aprobación. La referida gerencia hace suyo el informe con el Memorando N.º 0115-2024-GP-GG-PJ.

Cuarto. Que, con Informe N.º 000169-2024-OAL-GG-PJ, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General concluye que el proyecto de Protocolo “Evaluación de las Barreras de la Comunicación y Necesidades de Apoyos para Persona con Discapacidad y Persona Adulta Mayor”-Versión 001, ha sido formulado en el marco de la mencionada directiva; asimismo, se ampara en la normativa vigente y en cumplimiento a las disposiciones establecidas al interior de la entidad, por lo que resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente.

Quinto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Oficio N.° 000132-2024-GG-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el citado proyecto para su aprobación, el cual cuenta con los vistos de la Gerencia de Planificación, Subgerencia de Racionalización y la Oficina de Asesoría Legal.

Sexto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.° 303-2024 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de febrero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Protocolo denominado “Evaluación de las Barreras de la Comunicación y Necesidades de Apoyos para Persona con Discapacidad y Persona Adulto Mayor” – Versión 001.

Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Programa Presupuestal N.° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente

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