¡Buenas nuevas, queridos seguidores! En esta oportunidad, compartimos con ustedes esta reciente disertación, en la que los reconocidos abogados litigantes César Nakazaki Servigón y Jefferson Moreno Nieves exponen breve y didácticamente sobre la última reforma a la prisión preventiva.
En primer lugar, debemos precisar que la mencionada modificación al Código Penal y Código Procesal Penal se encuentra ubicada en el Decreto Legislativo N°1585 del 22 de noviembre de 2023.
Catalogada por algunos como norma revolucionaria en materia penal. Pues es una muestra de la constitucionalización del Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y Derecho de Ejecución Penal.
Esta reforma trata específicamente sobre el incremento de la prognosis de la pena y la revisión oficiosa de la prisión preventiva.
Modificaciones que nos sugieren diversas interrogantes y para las cuales nos es grato comunicar que todas sus dudas al respecto podrán ser absueltas por reconocidos penalistas en nuestro Curso recientes reformas al Código Penal y Procesal Penal a iniciar el 14 de diciembre de 2023. El cual ofrece un Código Penal LP actualizado con las recientes modificatorias y en tapa dura gratis para los matriculados hasta el 12 de diciembre.
Consecuentemente, es grato informarles que el reconocido profesor Jefferson Moreno Nieves formará parte de nuestra selecta plana docente en el Curso Recientes reformas al Código Penal y Procesal Penal.

Nuestro curso está dirigido a todos los abogados, jueces, asistentes jurisdiccionales, asistentes en función fiscal, asistentes administrativos, servidores públicos, empresarios, gerentes, estudiantes de derecho y público en general.
Nuestro bloque temático del Curso recientes reformas al Código Penal y al Código Procesal Penal consta de las siguientes sesiones:
Sesión 1. DL 1573
Decreto Legislativo que modifica el Código Penal aprobado por el Decreto Legislativo N°635, conversión de pena en expulsión inmediata, tráfico de migrantes y reingreso clandestino.
Sesión 2. DL 1574
Decreto Legislativo que modifica el Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 957, control de identidad policial.
Sesión 3. DL 1575
Decreto Legislativo que modifica el Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 957, fortalecimiento de seguridad ciudadana perfeccionando el marco legal aplicable la persecución a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
Sesión 4. DL 1578
Decreto Legislativo que modifica el Código Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 635, comercio ilegal de equipos terminales móviles y delitos conexos.
Sesión 5. DL 1585
Decreto Legislativo que modifica el Código Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 635, deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios.
Sesión 6. DL 1585
Decreto Legislativo que modifica el Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 957, deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios.
Sesión 7. DL 1589
Decreto Legislativo que modifica el Nuevo Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 635, para garantizar la seguridad y tranquilidad pública.
Aprovecha la promoción temporal para llevarte un Código Penal LP en tapa dura y acceder al curso con certificación por 60 horas académicas.
Para ver el video sobre los comentarios a la última reforma de la prisión preventiva, clic aquí.

![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala Penal absuelve a imputados por video de sembrado de arma de fuego por policías [Exp. 4573-2025-40]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Los servicios privados de salud también están sujetos al deber estatal de supervisión y fiscalización, pues, si bien la atención sanitaria es ofrecida primariamente por el Estado, las personas continúan bajo su cuidado y protección [Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador, f. j. 184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![A diferencia de los aportes reglamentarios, que son concesiones gratuitas a favor del Estado, el equipamiento urbano puede mantener su naturaleza de propiedad privada si no ha sido transferido formalmente mediante un proceso de habilitación urbana o expropiación; la clasificación de un predio como equipamiento no determina, por sí sola, su titularidad pública, sino la misma debe verificarse del procedimiento de habilitación urbana [Resolución 2017-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El cese laboral resulta válido cuando el trabajador percibe simultáneamente remuneración y jubilación anticipada, pues la jubilación constituye causa justa de extinción del vínculo laboral en los sectores público y privado [Casación 16297-2014, Ica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VIVO] Clase modelo sobre El animus domini en la presripción adquisitiva. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-mario-solis-cordova_El-animus-domini-en-la-presripcion-adquisitiva-218x150.jpg)
![Suegra no puede desalojar a su nuera si la edificación construida por esta y su esposo en el segundo piso del inmueble fue realizada luego de que el cónyuge recibió un anticipo de legítima mediante el cual su madre le transfirió la propiedad de los aires del primer piso. Así, la posterior donación con la que el hijo devuelve a su madre lo adquirido por el anticipo no afecta la presunción de dicha edificación como bien social, por lo que la demandada mantiene un título que justifica su posesión [Exp. 00102-2021-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-posesion-titulo-casa-vivienda-divorcio-familia-separacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)



![No tiene legitimidad para obrar el postor que impugna un procedimiento de contratación si lo que pretende es que la buena pro la obtenga otro postor y no él mismo (postor que quedó en cuarto lugar cuestionó al adjudicatario y al que quedó en tercer lugar, menos al segundo) [Res. 588-2026-TCP-S3, ff. jj. 14, 16-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Violación sexual: Que la agraviada no presente en la actualidad afectación psicológica no significa que el evento traumático no sucedió, en tanto tal afectación puede disiparse con el transcurso del tiempo [RN 320-2025, Áncash, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-218x150.jpg)



![Los servicios privados de salud también están sujetos al deber estatal de supervisión y fiscalización, pues, si bien la atención sanitaria es ofrecida primariamente por el Estado, las personas continúan bajo su cuidado y protección [Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador, f. j. 184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)
![A diferencia de los aportes reglamentarios, que son concesiones gratuitas a favor del Estado, el equipamiento urbano puede mantener su naturaleza de propiedad privada si no ha sido transferido formalmente mediante un proceso de habilitación urbana o expropiación; la clasificación de un predio como equipamiento no determina, por sí sola, su titularidad pública, sino la misma debe verificarse del procedimiento de habilitación urbana [Resolución 2017-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![El cese laboral resulta válido cuando el trabajador percibe simultáneamente remuneración y jubilación anticipada, pues la jubilación constituye causa justa de extinción del vínculo laboral en los sectores público y privado [Casación 16297-2014, Ica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)

![Seis motivos por los cuales el imputado recurrente debe estar presente en la audiencia de apelación [Apelación 50-2024, Moquegua]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/audiencia-juzgado-penal-detenido-LPDerecho-324x160.png)