La Cuarta Sala Penal de Apelaciones, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, emitió la primera sentencia condenatoria por el delito de lavado de activos «proveniente del terrorismo».
La instancia judicial impuso ocho años de prisión y un pago de cinco millones de soles por concepto de reparación civil, cuatro millones por daño patrimonial y un millón por daño extrapatrimonial, a Flor de María Peña Huamani por el Caso Bokassa (Expediente 275-2012-86). En el proceso intervino la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Terrorismo.
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La sentenciada, conforme a la acusación fiscal, formaba parte del «grupo económico Muñoz Peña». Este, «a través de la creación de empresas, logró insertar activos de origen ilícito en el circuito económico legal, provenientes de la organización terrorista denominada Militarizado Partido Comunista del Perú, ubicada en el VRAEM, bajo el mando del cabecilla Víctor Quispe Palomino (camarada José).
Por este caso, otros once procesados, entre ellos, Quispe Palomino, tienen pendiente enfrentar un juicio oral por el mismo delito y otros cargos.




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