Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 29 les dejamos aquí estas preguntas sobre delitos contra el patrimonio del del temario Profa 29.° ¿Se animan a resolver las preguntas?
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Preguntas de examen Profa delitos contra el patrimonio
1. ¿Cuál es la principal diferencia entre robo y hurto en términos jurídicos?
a. El valor de los bienes sustraídos.
b. La presencia de violencia o intimidación en el robo.
c. La cantidad de víctimas.
d. La temporalidad del delito.
2. ¿Qué elemento es esencial para tipificar el delito de estafa?
a. Uso de fuerza física.
b. Engaño o fraude que induce a error a la víctima.
c. Pertenencia a una organización criminal.
d. Participación de menores de edad.
3. ¿Cuál de las siguientes acciones constituye un delito de usurpación?
a. Sustraer dinero de una cuenta bancaria.
b. Vender bienes robados.
c. Ocupación ilegal de inmuebles.
d. Realizar transacciones fraudulentas.
4. ¿Qué tipo de prueba es crucial para acreditar el delito de apropiación indebida?
a. Testimonios de terceros.
b. Documentos que demuestren la relación de confianza entre las partes.
c. Grabaciones de cámaras de seguridad.
d. Declaraciones del imputado.
5. Un individuo entra en una vivienda ajena y sustrae varios objetos de valor sin ser detectado. Luego, intenta vender los objetos robados a un tercero.
¿Qué delitos podría imputarse al individuo?
a. Hurto y receptación.
b. Robo y estafa.
c. Robo y receptación.
d. Hurto y apropiación indebida.
6. Fernando sustrae el teléfono celular de la mochila de Guillermo, aprovechando un descuido de este último.
El delito que se habría cometido sería:
a. Hurto simple.
b. Hurto agravado.
c. Hurto de uso.
d. Robo simple.
7. Aprovechándose de la ausencia del propietario de un vehículo automotor, Godofredo rompe la luna del piloto, ingresa al auto y se lo apropia. El delito que se habría cometido sería:
a. Hurto simple.
b. Hurto agravado.
c. Robo simple.
d. Robo agravado.
8. Filomeno baja de un mototaxi y amenaza con un arma a Luis, a quien le sustrae su teléfono celular, sube nuevamente al vehículo conducido por José y ambos se dan a la fuga.
¿Qué delito se habría cometido?
a. Hurto simple.
b. Hurto agravado.
c. Robo simple.
d. Robo agravado.
9. Giancarlo vende un celular de alta gama a Graciela, quien puede presumir que dicho objeto ha sido robado, pues lo ha comprado en un puesto comercial en La Cachina.
El delito en el que incurriría Graciela sería:
a. Estafa.
b. Hurto.
c. Receptación.
d. Robo agravado.
10. Fátima decide, motu proprio, dar por finalizado el contrato de arrendamiento (antes de su vencimiento) firmado con Claudia (su inquilina), por lo que de manera violenta la despoja de la posesión del departamento alquilado, para ello contrata a varios sujetos con tal fin.
Se habría cometido el delito de:
a. Apropiación ilícita.
b. Extorsión.
c. Daños.
d. Usurpación.
11. A Genoveva le informan que una noche anterior vieron a su novio salir de un hotel con una mujer, por lo que acudió a la casa de aquel. Al no encontrarlo, procedió a romper todas las lunas de su automóvil que se encontraba estacionado, así como parte de la carrocería a modo de venganza por la infidelidad.
Se habría cometido el delito de:
a. Apropiación ilícita.
b. Extorsión.
c. Daño simple.
d. Daño agravado.
12. El acusado Edison, en común acuerdo con Danny, con ánimo de beneficio ilícito y siguiendo un plan previamente concertado, sobre las 19:20 horas del 20 de mayo de 2011, cuando Manuel y su amiga Mercedes, dedicados cada uno a la venta de joyas, llegaron en el vehículo de Manuel a la casa de Mercedes, ella se despidió y se dirigió a su domicilio con un maletín repleto de joyas de muestra, fue abordada por el acusado Edison, quien con un pañuelo en el rostro y apuntando con un revólver de utilería (símil de uno verdadero) la intimidó, la redujo para que no se moviera y le arrebató el maletín.
Simultáneamente, Manuel, que estaba dentro del vehículo, al ver la acción del acusado sobre Mercedes, que era sujetada por el cuello, intentó salir para auxiliarla. En ese instante, Danny, con el rostro también cubierto por un pañuelo, se acercó a Manuel y, mostrándole otro revólver (también muy parecido a una verdadera arma de fuego), le dijo: «Como te muevas, te quemo». Seguidamente, el acusado Edison abandonó a la dama, que, sumamente asustada, no alcanzó a reaccionar.
Sorpresivamente para Danny, Edison se dirigió al automóvil, extrajo con violencia a Manuel y tomó el volante. Le dijo a Edison: «Sube» y huyeron ambos, todo en escasísimo tiempo, llevándose dos maletines que contenían joyas valorizadas en alrededor de cincuenta mil soles cada uno y también el automóvil.
Pero Mercedes, en su desesperado intento de evitar que el acusado sustrajera las joyas, se agarró a la ventana del automóvil y daba gritos, siendo arrastrada por la calzada seis o siete metros, lo que le originó lesiones consistentes en hematomas y excoriaciones que requirieron once días de asistencia médica.
Intervenidos los ladrones por la Policía, dijeron que nunca pusieron en riesgo auténtico la vida de las víctimas porque sus armas no eran verdaderas y que las heridas ligeras de Mercedes no son significativas, a lo que se agrega que ellos no la arrastraron, sino que ella se expuso al colgarse del vehículo en marcha.
Prescindiendo de la última parte del suceso en que Mercedes fue arrastrada y centrándonos únicamente en el despojo, identifique el título de imputación para Edison:
a. Delito de hurto simple.
b. Delito de hurto agravado.
c. Delito de robo simple.
d. Delito de robo agravado.
13. En Las Malvinas, Juan adquiere un smartphone valorizado en tres mil soles, cuyo origen se presume ilícito. En realidad, dicho teléfono forma parte del lote de un cargamento importante de propiedad de una empresa de telecomunicaciones que fue sustraído con armas de fuego y violencia contra el chofer y su ayudante que transportaban la carga.
Teniendo en consideración que Juan conocía la procedencia del objeto material, comete el delito de:
a. Receptación simple.
b. Receptación agravada con la circunstancia agravante específica de equipos de telecomunicaciones.
c. Receptación con la circunstancia agravante específica de bienes provenientes de la comisión del delito de robo agravado.
d. Receptación con bienes destinados al uso público.
14. En una solitaria calle de Villa El Salvador, Esteban García Mondragón acomete a Manuela Vivas Ruiz para arrebatarle su celular. Luego de forcejear con la víctima y arrojarla al suelo, consigue el teléfono y emprende la huida en medio de la desesperación y los gritos de ayuda de la perjudicada.
Según la situación descrita, ¿es posible que los vecinos de Manuela detengan a Esteban?
a. Sí, siempre y cuando el delito cometido por Esteban se agrave, es decir, se trate de un ilícito penado con privación de libertad superior a seis años.
b. No, porque el acto cometido por Esteban es hurto agravado y no robo.
c. Sí, porque el Código Procesal Penal reconoce la facultad de los ciudadanos de detener a quien se encuentra en delito flagrante, circunstancia que comprende huir inmediatamente luego de cometerlo.
d. Sí, siempre que la acción sea conjunta con la Policía, esto es, que en la captura también intervengan elementos policiales.
15. Respecto al caso anterior, ¿está permitido que los vecinos captores de Esteban lo retengan con fines de averiguación o investigación?
a. Sí, siempre que busquen establecer si Esteban actuó solo o acompañado.
b. No, porque su deber luego de la detención es entregar inmediatamente a Esteban a las autoridades.
c. No, porque Esteban fue detenido huyendo y no cometiendo el hecho.
d. Sí, porque de otra manera la averiguación de la verdad se vería perjudicada, lo que en modo alguno conviene a la ciudadanía.
16. En la Ejecutoria Suprema recaída en el Recurso de Nulidad 2504-2015, Lima, se señaló lo siguiente:
Si se exige que el “engaño” propio de la estafa, constituya un “riesgo típicamente relevante” para el patrimonio, podrá llegarse a la conclusión de que hay engaños causales que son típicos y otros engaños causales que no lo son. La tipicidad del engaño, por tanto, no es cuestión de causalidad, sino de imputación objetiva”.
Respecto al delito de estafa, cometido en el contexto de relaciones contractuales (actos jurídicos en general), es válido sostener que:
a. La delimitación entre estafa e ilícito civil se encuentra supeditada al elemento subjetivo.
b. El sujeto que induce a error a la víctima siempre será responsable del delito de estafa, aun en el supuesto de que se constate que este último tenía acceso normativo a la información necesaria para su acto de decisión.
c. El bloqueo de la información es el criterio que orienta el reparto de competencias entre autor y víctima en el delito de estafa.
d. No se configurará el delito de estafa si le incumbía a la víctima agenciarse de la información normativamente accesible.
17. Marque la alternativa correcta:
a. Las víctimas estructuralmente débiles (señaladas en el artículo 196-A del Código Penal) también tienen la obligación de agenciarse de información y descifrarla antes de adoptar un acto de disposición de su patrimonio.
b. La estructura típica del delito de estafa está compuesta por un engaño, error, disposición patrimonial y provecho ilícito, vinculados por un nexo causal.
c. El criterio de la accesibilidad normativa es el que permite delimitar los ámbitos de competencia respecto de la superación del déficit de información que permita interactuar de forma libre en el mercado.
d. El bien jurídico protegido en el delito de estafa es el patrimonio en general.
18. Carlo Dolce, ingeniero químico, y Giovanni Niccolini, bachiller en Psicología, tienen su empresa de golosinas Piccolino SAC. Durante el tiempo de formación de su empresa, luego de una importante inversión económica, han logrado posicionarse con sus productos en el mercado peruano. Entusiasmados por el volumen creciente de sus ventas, durante el primer año triplican su producción. Sin embargo, con el arribo de dulces de origen chino a mitad del precio, la colocación y venta de las golosinas surtidas disminuye en un 50 %, lo que les generó un sobrestock. Preocupados por las deudas bancarias acumuladas en la compra de insumos y otros costos fijos, deciden utilizar etiquetas de una marca reconocida nacional de golosinas para comercializar sus productos. Giovanni, en febrero de 2012, le encarga a la secretaria Inocencia Camacho que haga imprimir etiquetas idénticas a la conocida marca. Carlo Dolce se comunica con Venancio Almonacid para que promocione, distribuya y venda, bajo comisión del 5 %, la mercadería a mitad de su precio actual. Mediante una fiscalización de la Digesa (Dirección Nacional de Salud), se descubre el hecho antes de salir al mercado.
Con relación a la responsabilidad de Carlos y Giovanni, se tiene que habrían cometido un delito:
a. Contra el patrimonio (estafa).
b. Contra el consumidor (publicidad engañosa).
c. Contra la propiedad industrial (uso indebido de etiquetas de marcas
originales).
d. Contra la salud pública (comercialización de productos destinados a menores de edad).
19. En horas de la noche, Rolando, Juan y Alan se ponen de acuerdo para apoderarse de bienes ajenos, para lo cual abordaron una mototaxi de color rojo con plomo que es conducida por el primero de los nombrados. Cuando transitaban por la avenida Naranjal, observan a William (17 años) y Jorge en evidente estado de ebriedad. Rolando estaciona la mototaxi a una cuadra de distancia y descienden Juan y Alan, quienes interceptan a William y Jorge, los cogen del cuello a cada uno de ellos, pidiéndole que les entreguen sus pertenencias y, al no poder derribarlos, empezaron a pelear. En ese momento, Juan decide marcharse, en tanto que Alan saca una navaja y apuñala a Jorge sin causarle la
muerte y después huyen del lugar sin poder robar nada.
¿Cuál es el título de imputación y el delito que habría cometido Rolando?
a. Cómplice primario del delito de robo agravado consumado.
b. Cómplice secundario del delito de robo agravado en grado de tentativa.
c. Coautor del delito de robo agravado en grado de tentativa.
d. Cómplice primario del delito de robo agravado en grado de tentativa.
20. ¿Cuáles son las circunstancias agravantes que le son imputables a Rolando?
a. Pluralidad de agentes, a mano armada, lesiones, en agravio de menor de edad y nocturnidad.
b. Pluralidad de agentes, a mano armada, nocturnidad y en agravio de menores de edad.
c. Pluralidad de agentes, a mano armada, lesiones y en agravio de menor de edad.
d. Pluralidad de agentes, en agravio de menor de edad y nocturnidad.
21. Hugo, Paco y Luis planifican entrar a sustraer juntos los bienes del interior de una casa, para lo cual acuerdan que únicamente maniatarán a las personas que viven en ella, pero que no les harán daño. Una vez dentro, ante las dificultades para encontrar la caja fuerte, Luis opta por golpear a una de las personas para conseguir la información sobre la ubicación de la caja y le ocasiona lesiones graves. Uno de los maniatados dio la información y la sustracción se produjo.
Todos los asaltantes alegan que nadie quería golpear a los asaltados y que expresamente acordaron que no lo harían. Luis dice que la lesión fue casual.
De lo señalado en el caso, es correcto afirmar:
a. Hugo, Paco y Luis responden por los delitos de robo agravado y por lesiones graves a uno de los habitantes de la casa.
b. Hugo, Paco y Luis responden únicamente por el delito de robo agravado por pluralidad de agentes.
c. Luis responde únicamente por el delito de robo agravado por el resultado de lesiones.
d. Todos responderán por el delito de robo agravado y, además, Luis
por el exceso respecto del plan conjunto.
22. María, preocupada porque su hija adolescente no retornaba a casa de una fiesta, decide salir a buscarla a las 12 de la noche. Al no hallar ningún vehículo, decide ir caminando. En el trayecto se encuentra con Pedro y Miguel, quienes bebían licor cerca de un parque de una zona poco poblada. Pedro, al ver a la mujer sola, propone a Miguel robar a María para seguir bebiendo, lo cual es aceptado por Miguel. Es así que Pedro la intercepta amenazándola con un cuchillo; no obstante, al percatarse de que no tenía objetos de valor, decide llevarla a la fuerza al lugar más desolado del parque y la somete sexualmente mientras que Miguel se mantiene a unos diez metros vigilando. Una vez culminado el acto, Pedro llama a Miguel y le dice que es su turno. Ante tal situación, Miguel se acerca a María y, mientras Pedro se alejaba, le dice a María que no le haría daño, pero le pide fingir la violación para que no se dé cuenta su acompañante. Diez minutos después, ambos atacantes se retiran dejándola sola.
Respecto de Miguel:
a. Es autor del delito de robo y violación.
b. Es autor del delito tentado de robo y violación.
c. Es autor del delito de violación.
d. Es coautor del delito tentado de robo y cómplice de violación agravada.
23. Pedro, Martín y Felipe se encontraban juntos en la avenida Ramiro Prialé, según la versión de la Policía, en una situación que mostraba su disposición a asaltar a los transportistas y transeúntes. De acuerdo con estos, un ciudadano les comunicó dicha situación. Al momento de su intervención, dichos sujetos no tenían documentos y parecía que habían consumido alcohol, pero en el registro personal no se halló ningún objeto de relevancia penal.
Estos hechos pueden ser calificados como:
a. Robo en grado de tentativa.
b. Robo agravado en grado de tentativa.
c. Marcaje o reglaje.
d. Son actos preparatorios no punibles.
24. Para la configuración del delito de robo agravado en grado de tentativa, mínimamente debe verificarse:
a. La existencia de un plan criminal con este fin.
b. La ejecución de actos típicos aun cuando no alcancen el resultado típico.
c. El animus lucrandi, esto es, la voluntad de obtener el provecho ilícito.
d. La sustracción del bien mueble ajeno.
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