Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa les dejamos aquí estas preguntas sobre teoría del delito. Como se sabe, el ítem 7.14 del temario del Profa 25.° se refiere a los medios técnicos de defensa. ¿Te animas a resolver las preguntas?
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1. Fernando sustrae el teléfono celular de la mochila de Guillermo, aprovechando un descuido de este último. El delito que se habría cometido sería:
a. Hurto simple.
b. Hurto agravado.
c. Hurto de uso.
d. Robo simple.
2. Aprovechándose de la ausencia del propietario de un vehículo automotor, Godofredo rompe la luna del piloto, ingresa al auto y se lo apropia. El delito que se habría cometido sería:
a. Hurto simple.
b. Hurto agravado.
c. Robo simple.
d. Robo agravado.
3. Filomeno baja de una mototaxi y amenaza con un arma a Luis, a quien le sustrae su teléfono celular, sube nuevamente al vehículo conducido por José y se dan a la fuga. ¿Qué delito se habría cometido?
a. Hurto simple.
b. Hurto agravado.
c. Robo simple.
d. Robo agravado.
4. Giancarlo vende un celular de alta gama a Graciela, quien puede presumir que dicho objeto ha sido robado, pues lo ha comprado en un puesto comercial en La Cachina. El delito en el que incurriría Graciela sería:
a. Estafa.
b. Hurto.
c. Receptación.
d. Robo agravado.
5. Fátima decide, motu proprio, dar por finalizado el contrato de arrendamiento (antes de su vencimiento) firmado con Claudia (su inquilina), por lo que de manera violenta la despoja de la posesión del departamento que fuera alquilado, contratando a varios sujetos con tal fin. Se habría cometido el delito de:
a. Apropiación ilícita.
b. Extorsión.
c. Daños.
d. Usurpación.
6. A Genoveva le informan que una noche anterior vieron a su novio salir de un hotel con una mujer, por lo que acudió a la casa de este. Al no encontrarlo, procedió a romper todas las lunas de su automóvil que se encontraba estacionado, así como parte de la carrocería, a modo de venganza por la infidelidad. Se habría cometido el delito de:
a. Apropiación ilícita.
b. Extorsión.
c. Daño simple.
d. Daño agravado.
7. El acusado Edison, en común acuerdo con Danny, con ánimo de beneficio ilícito y siguiendo un plan previamente concertado, sobre las 19:20 horas del 20 de mayo de 2011, cuando Manuel y su amiga Mercedes, dedicados cada uno a la venta de joyas, llegaron en el vehículo de Manuel, a la casa de Mercedes. Cuando ella se despidió y se dirigía a su domicilio con un maletín repleto de joyas de muestra, fue abordada por el acusado Edison, quien con un pañuelo en el rostro y apuntando con un revólver de utilería (símil de uno verdadero), la intimidó, la redujo para que no se moviera y le arrebató el maletín.
Simultáneamente, Manuel que estaba dentro del vehículo, al ver la acción del acusado sobre Mercedes, que era sujetada por el cuello, intentó salir para auxiliarla. En ese instante, Danny con el rostro también cubierto por un pañuelo, se acercó a Manuel y mostrándole otro revólver (también muy parecido a una verdadera arma de fuego) le dijo «como te muevas te quemo». Seguidamente, el acusado Edison abandonó a la dama que, sumamente asustada, no alcanzó a reaccionar.
Sorpresivamente para Danny, Edison se dirigió raudamente al automóvil y extrajo violentamente a Manuel; tomando el volante. Le dijo a Edison “sube” y huyeron ambos: todo en escasísimo tiempo, estando dos maletines que contenían joyas valorizadas en aproximadamente cincuenta mil soles cada uno y llevándose también el automóvil.
Pero Mercedes en su desesperado intento de evitar que el acusado sustrajera las joyas, se agarró a la ventana del automóvil y daba gritos, siendo arrastrada por la calzada, seis o siete metros resultando con lesiones consistentes en hematomas y excoriaciones que requirieron once días de asistencia médica.
Intervenidos los ladrones por la Policía, dijeron que nunca pusieron en riesgo auténtico la vida de las víctimas porque sus armas no eran verdaderas y que las heridas ligeras de Mercedes no son significativas, a lo que se agrega que ellos no la arrastraron sino que ella se expuso al colgarse del vehículo en marcha.
Prescindiendo de la última parte del suceso en que Mercedes fue arrastrada y centrándonos únicamente en el despojo, identifique el título de imputación para Edison:
a. Delito de hurto simple
b. Delito de hurto agravado
c. Delito de robo simple
d. Delito de robo agravado
8. El presente caso, visto globalmente connota:
a. Concurso real de delitos.
b. Concurso ideal de delitos.
c. Concurso aparente de normas.
d. Concurso real retrospectivo de delitos.
9. En las Malvinas, Juan adquiere un smartphone valorizado en tres mil soles, cuyo origen se presume ilícito. En realidad, dicho teléfono forma parte del lote de un cargamento importante de propiedad de una empresa de telecomunicaciones que fue sustraído con armas de fuego y violencia contra el chofer y su ayudante que transportaban la carga.
Teniendo en consideración que Juan conocía la procedencia del objeto material, Juan comete el delito de:
a. Receptación simple.
b. Receptación agravada con la circunstancia agravante específica de equipos de telecomunicaciones.
c. Receptación con la circunstancia agravante específica de bienes provenientes de la comisión del delito de robo agravado.
d. Receptación con bienes destinados al uso público.
10. En una solitaria calle de Villa El Salvador, Esteban García Mondragón acomete a Manuela Vivas Ruiz para arrebatarle su celular. Luego de forcejear con la víctima y arrojarla al suelo, consigue hacerse del teléfono y emprender la huida en medio de la desesperación y los gritos de ayuda de la perjudicada. Según la situación descrita:
¿Es posible que los vecinos de Manuela detengan a Esteban?
a. Sí, siempre y cuando el delito cometido por Esteban se agrave, es decir, se trate de un ilícito penado con privación de libertad superior a seis años.
b. No, porque el acto cometido por Esteban es hurto agravado y no robo.
c. Sí, porque el Código Procesal Penal reconoce la facultad de los ciudadanos de detener a quien se encuentra en de lito flagrante, circunstancia que comprende huir inmediatamente luego de cometerlo.
d. Sí, siempre que la acción sea conjunta con la policía, esto es, que en la captura también intervengan elementos policiales.
11. ¿Está permitido que los vecinos captores de Esteban lo retengan con fines de averiguación o investigación?
a. Sí, siempre que busquen establecer si Esteban actuó solo o acompañado.
b. No, porque su deber luego de la detención es entregar inmediatamente a Esteban a las autoridades.
c. No, porque Esteban fue detenido huyendo y no cometiendo el hecho.
d. Sí, porque de otra manera la averiguación de la verdad se vería perjudicada, lo que en modo alguno conviene a la ciudadanía.
12. En la Ejecutoria Suprema recaída en el Recurso de Nulidad 2504-2015, Lima, se señaló lo siguiente: «si se exige que el “engaño” propio de la estafa, constituya un “riesgo típicamente relevante” para el patrimonio, podrá llegarse a la conclusión de que hay engaños causales que son típicos y otros engaños causales que no lo son. La tipicidad del engaño, por tanto, no es cuestión de causalidad, sino de imputación objetiva”».
Respecto al delito de estafa, cometido en el contexto de relaciones contractuales (actos jurídicos en general), es válido sostener:
a. La delimitación entre estafa e ilícito civil, se encuentra supeditada al elemento subjetivo.
b. El sujeto que induce a error a la víctima, siempre será responsable del delito de estafa, aun en el supuesto que se constate que este último tenía acceso normativo a la información necesaria para su acto de decisión.
c. El bloqueo de la información es el criterio que orienta el reparto de competencias entre autor y víctima en el delito de estafa.
d. No se configurará el delito de estafa, si le incumbía a la víctima agenciarse de la información normativamente accesible.
13. Marque la alternativa correcta:
a. Las víctimas estructuralmente débiles (señaladas en el artículo 196°-A del Código Penal), también tienen la obligación de agenciarse de información y descifrarla, antes de adoptar un acto de disposición de su patrimonio.
b. La estructura típica del delito de estafa está compuesta por un engaño, error, disposición patrimonial y provecho ilícito, vinculados por un nexo causal.
c. El criterio de la accesibilidad normativa es el que permite delimitar los ámbitos de competencia respecto de la superación del déficit de información que permita interactuar en forma libre en el mercado.
d. El bien jurídico protegido en el delito de estafa es el patrimonio en general.
14. Carlos Dolce, ingeniero químico, y Giovanni Niccolini, bachiller en psicología, tienen su empresa de golosinas Piccolino SAC. Durante el tiempo de constituidos como empresa, luego de una importante inversión económica han logrado posicionarse con sus productos en el mercado peruano. Entusiasmados por el volumen creciente de sus ventas, durante el primer año, triplican su producción. Sin embargo, con el arribo de dulces de origen chino a mitad del precio, la colocación y venta de las golosinas surtidas disminuye en el 50 por ciento, generándoles un sobre stock. Preocupados por las deudas bancarias acumuladas en la compra de insumos y otros costos fijos, deciden utilizar etiquetas de una marca nacional reconocida de golosinas, para comercializar sus productos. Giovanni, en febrero de 2012, le encarga a la secretaria Inocencia Camacho que haga imprimir etiquetas idénticas a la conocida marca. Carlos Dolce se comunica con Venancio Almonacid para que promocione, distribuya y venda, bajo comisión del cinco por ciento, la mercadería a un precio de mitad de su precio actual. Mediante una fiscalización de Digesa (Dirección Nacional de Salud) se descubre el hecho, antes de salir al mercado.
Con relación a la responsabilidad de Carlos y Giovanni se tiene que habrían cometido un delito:
a. Contra el patrimonio-estafa.
b. Contra el consumidor-publicidad engañosa.
c. Contra la propiedad industrial-uso indebido de etiquetas de marcas originales.
d. Contra la salud pública-comercialización de productos destinados a menores de edad.
15. En horas de la noche, Rolando, Juan y Alan, se ponen de acuerdo para apoderarse de bienes ajenos, para lo cual abordaron un mototaxi color rojo con plomo, conducido por el primero de los nombrados; en circunstancias que transitaban por la Av. Naranjal, observan a William (17 años) y Jorge en evidente estado de ebriedad. Rolando estaciona la motokar a una cuadra de distancia y descienden Juan y Alan, quienes interceptan a William y Jorge; los cogen del cuello a cada uno de ellos, pidiéndole que les entreguen sus pertenencias y al no poder derribarlos, empezaron a pelear; en esos momentos Juan decide marcharse, en tanto que Alan saca una navaja y apuñala a Jorge, sin causarle la muerte, después de lo cual huyen del lugar, sin poder robar nada.
¿Cuál es el título de imputación y el delito que habría cometido Rolando?
a. Cómplice primario del delito de robo agravado consumado.
b. Cómplice secundario del delito de robo agravado en grado de tentativa.
c. Coautor del delito de robo agravado en grado de tentativa.
d. Cómplice primario del delito de robo agravado en grado de tentativa.
16. ¿Cuál son las circunstancias agravantes que le son imputables a Rolando?
a. Pluralidad de agentes, a mano armada, lesiones, en agravio de menor de edad, nocturnidad.
b. Pluralidad de agentes, a mano armada, nocturnidad, en agravio de menores de edad.
c. Pluralidad de agentes, a mano armada, lesiones, en agravio de menor de edad.
d. Pluralidad de agentes, en agravio de menor de edad, nocturnidad.
17. Hugo, Paco y Luis planifican entrar a sustraer juntos los bienes del interior de una casa, habiendo acordado que únicamente maniatarán a las personas que viven en ella, pero que no les harán daño.
Una vez dentro, ante las dificultades para encontrar la caja fuerte, Luis opta por golpear a una de las personas para conseguir la información sobre la ubicación de la caja, ocasionándole lesiones graves.
Uno de los maniatados dio la información y la sustracción se produjo.
Todos los asaltantes alegan que nadie quería golpear a los asaltados y que expresamente acordaron que no lo harían. Luis dice que la lesión fue casual.
De lo señalado en el caso, es correcto afirmar:
a. Hugo, Paco y Luis responden por los delitos de robo agravado y por lesiones graves a uno de los habitantes de la casa.
b. Hugo, Paco y Luis responden únicamente por el delito de robo agravado por pluralidad de agentes.
c. Luis responde únicamente por el delito de robo agravado por el resultado de lesiones
d. Todos responderán por el delito de robo agravado y, además, Luis por el exceso respecto del plan conjunto.
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