El pasado lunes 25, el Colegiado E de la Corte Especializada en Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios sentenció a los hermanos Fernando y Lupe Zevallos Gonzales a 27 y 25 años de cárcel, respectivamente, por el delito de lavado de activos.
Lea también: Análisis jurídico sobre la sedación en el Perú
Fernando Zevallos Gonzales participó en la audiencia vía vídeoconferencia, ya que cumple una condena previa de 20 años por narcotráfico en el penal Ancón 1, luego de ser hallado culpable de sacar droga del país a través de los aviones de su otrora aerolínea Aerocontinente.
Sin embargo, se ha sembrado severas dudas sobre si su hermana y procesada, Lupe Zevallos, asistió a la diligencia judicial. Lo cierto es que pese a haberse ordenado su captura, en este momento se desconoce su paradero. El caso parece estar inspirado en Rashomon, la obra maestra de Kurosawa, en el que convergen opiniones distintas sobre un mismo hecho, incluida la versión de la propia sentenciada. Veamos.
La fiscalía
Jorge Chávez Cotrina, coordinador de las Fiscalías contra el Crimen Organizado, aseguró que Lupe Zevallos pidió permiso para ir un momento a los servicios higiénicos, pero nunca más regreso. No obstante, en una posterior declaración se retractó e indicó que ella no se había presentado a la lectura de su sentencia.
«Lo que me informa el doctor Cerna, es que la señora Lupe no se ha presentado a la audiencia que se llevó a cabo en la Sala Nacional», señaló el magistrado, difundiendo la información que obtuvo de su adjunto, el fiscal Dante Cerna Camones, quien representó al Ministerio Público durante la audiencia.
Efectivamente, el fiscal Dante Cerna Camones informó que Lupe Zevallos no había asistido a la lectura de la sentencia y que la persona que salió de la sala había sido Milagros Angelina Zevallos, otra de las hermanas de Fernando Zevallos.
Es más, el propio fiscal Chávez Cotrina instó al Poder Judicial a pronunciarse a través de un comunicado sobre esta disyuntiva. La interrogante comenzó a circular en distintos fueros jurídicos: ¿se justifican estas confusiones habiendo un registro de audio y vídeo durante la audiencia?
La procuraduría antidrogas
La procuradora antidrogas, Sonia Medina Calvo, en conversación con Legis.pe, señaló que estuvo en esa audiencia, y aseguró que Lupe Zevallos estuvo presente en ella, antes de que dictara condena.
Yo la he visto, hace 15 años que la veo a la señora, es imposible que me olvide de su cara. Con la señora nos hemos cruzado en los pasadizos. Nos hemos saludado por educación elemental. Ella entró a sala, después de ella entré yo. Yo no sé en qué momento ella se ha ido, porque […] como eran 57 acusados eran un montón de abogados, ellos ocupaban toda la primera parte. Yo no tenía visión, ni podía estar volteando para ver quién entra o sale.
Asimismo, Sonia Medina explicó que antes de entrar a la Sala todos se registran y por lo tanto Lupe Zevallos debe estar registrada.
La propia acusado ha dicho que ella estuvo, ni ella ni el PJ pueden decir que no estuvo porque la señora se ha registrado. Todos nos registramos cuando entramos. […] No sé cuál sea la versión del PJ, pero yo la he visto, no tendría por qué decir lo contrario.
La procuradora señaló que si la sala sabía que iban a emitir una sentencia condenatoria, tendrían que haber tomado las previsiones del caso. Situación que aparentemente no sucedió
Lea también: Retos de la Junta Nacional de Justicia, por Edhin Campos Barranzuela
La sentenciada
Ante la confusión sobre el tema, la propia condenada desde la clandestinidad se pronunció. Según explicó Lupe Zevallos, se presentó antes de las 12 p.m. «[…] nos hicieron ingresar a la sala para la sentencia. Yo me sentí mal, y diez para la 1 p.m me retiré porque realmente me sentía mal», señaló. «Era la presión tan fuerte que me retiré […] luego me enteré con esta desgracia que me habían sentenciado”, acotó.
Lea también: Rechazan recurso de nulidad presentado por Alberto Fujimori por caso indulto
También dijo no haberse apersonado todavía y estar haciendo todas las coordinaciones con su abogado defensor para entregarse a la justicia. «[…] espero el día de hoy, en cualquier momento, me debo estar presentando a la justicia a pesar que sé que es una sentencia completamente injusta”, mencionó.
El Poder Judicial
Con lo dicho por la propia Lupe Zevallos pensábamos que el panorama estaba diáfano; sin embargo, el Poder Judicial, en un comunicado aclaratorio, que confunde más de lo que aclara, deja varias preguntas en el aire.
«Debemos aclarar que la procesada nunca estuvo en la citada diligencia, menos aún pidió permiso al tribunal para salir», se lee en el pronunciamiento que el colegiado emitió hoy al mediodía.
Al igual que en Rashomon, nos quedamos con la duda de saber si se dice la verdad, o si estamos frente a una versión favorable al narrador de lo que pasó. No lo sabemos, no estuvimos allí. Pero un hecho inequívoco es que alguna de las partes –fiscalía, procuraduría, la sentenciada, Poder Judicial– no está diciendo la verdad.
Son varias las interrogantes que deberían ser respondidas por las autoridades pertinentes en las próximas horas.
![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala Penal absuelve a imputados por video de sembrado de arma de fuego por policías [Exp. 4573-2025-40]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Los servicios privados de salud también están sujetos al deber estatal de supervisión y fiscalización, pues, si bien la atención sanitaria es ofrecida primariamente por el Estado, las personas continúan bajo su cuidado y protección [Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador, f. j. 184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![A diferencia de los aportes reglamentarios, que son concesiones gratuitas a favor del Estado, el equipamiento urbano puede mantener su naturaleza de propiedad privada si no ha sido transferido formalmente mediante un proceso de habilitación urbana o expropiación; la clasificación de un predio como equipamiento no determina, por sí sola, su titularidad pública, sino la misma debe verificarse del procedimiento de habilitación urbana [Resolución 2017-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El cese laboral resulta válido cuando el trabajador percibe simultáneamente remuneración y jubilación anticipada, pues la jubilación constituye causa justa de extinción del vínculo laboral en los sectores público y privado [Casación 16297-2014, Ica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VIVO] Clase modelo sobre El animus domini en la presripción adquisitiva. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-mario-solis-cordova_El-animus-domini-en-la-presripcion-adquisitiva-218x150.jpg)
![Suegra no puede desalojar a su nuera si la edificación construida por esta y su esposo en el segundo piso del inmueble fue realizada luego de que el cónyuge recibió un anticipo de legítima mediante el cual su madre le transfirió la propiedad de los aires del primer piso. Así, la posterior donación con la que el hijo devuelve a su madre lo adquirido por el anticipo no afecta la presunción de dicha edificación como bien social, por lo que la demandada mantiene un título que justifica su posesión [Exp. 00102-2021-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-posesion-titulo-casa-vivienda-divorcio-familia-separacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)


![JNJ: Cesan del cargo a Francisco Távara por haber cumplido 75 años [Res. 330-2026-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/Francisco-Tavara-jnj-LPDerecho-218x150.jpg)

![No tiene legitimidad para obrar el postor que impugna un procedimiento de contratación si lo que pretende es que la buena pro la obtenga otro postor y no él mismo (postor que quedó en cuarto lugar cuestionó al adjudicatario y al que quedó en tercer lugar, menos al segundo) [Res. 588-2026-TCP-S3, ff. jj. 14, 16-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VÍDEO] Rodrigo Paredes: Muchos invasores ilegítimos denuncian por usurpación a los verdaderos dueños para evitar ser desalojados rápidamente](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-GENERICO-JULIO-POZO-ENTREVISTA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-324x160.jpg)

![JNJ: Cesan del cargo a Francisco Távara por haber cumplido 75 años [Res. 330-2026-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/Francisco-Tavara-jnj-LPDerecho-100x70.jpg)


![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-100x70.jpg)
