Actualización [10NOV2020].- #Ahora la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima prorroga la suspensión de las labores presenciales en las sedes Javier Alzamora Valdez, Barreto, Puno-Carabaya, Mansilla, Backus, Progreso, Cúster, Rímac, Zavala y Archivos Penales dispuesta por Resolución Administrativa N° 000347-2020-PCSJLI-PJ, hasta el día 11 de noviembre de 2020.


El Ministerio Público (MPFN) y la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLI) publicaron un comunicado respecto a la suspensión de las actividades laborales en las sedes de Cercado de Lima.
Los trabajadores que pertenezcan a las sedes Javier Alzamora Valdez, Barreta, Puno-Carabaya, Mansilla, Backus, Progreso, Cúster, Rímac, Zavala y Archivos Penales y sede principal del Ministerio Público, Central (ExProgreso), Wiesse, Carabaya, Lampa, Cuzco y Azángaro iniciaran sus labores de trabajo remoto.
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCION ADMINISTRATIVA 000347-2020-P-CSJLI-PJ
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1. El Reglamento para la aplicación de la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE- PJ «Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el D.S. N° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051-2020-PCM Y 064-2020-PCM»1 (en adelante, «las medidas de reactivación») en el punto 5 respecto a la «asistencia y jornada laboral» estableció que cada Corte, de acuerdo con sus propias circunstancias, podrá disponer un horario diferenciado informando al CEPJ de la decisión.
2. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) a través de la Resolución Administrativa N° 000312-2020-CE-PJ del 30 de octubre de 2020, resolvió prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2020 la vigencia de las medidas de reactivación. Asimismo, estableció que la jornada y horario de trabajo del 1 al 30 de noviembre de 2020, será el siguiente: a) el trabajo presencial interdiario de 09:00 a 14:00 horas y, b) el trabajo remoto se efectivizará en el horario de ocho horas diarias; el mismo que será coordinado con el jefe inmediato.
3. En virtud del marco normativo expuesto, y ante la eventualidad de producirse una movilización social por las circunstancias políticas generadas por la vacancia presidencial aprobada en la fecha por el Congreso de la República, que podrían generar manifestaciones y congestión de personas sin respetar el distanciamiento social en el Centro Histórico de Lima en donde se ubican diversas sedes judiciales, es que surge la imperiosa necesidad de adoptar medidas preventivas en salvaguarda de la integridad de los magistrados y servidores de esta Corte Superior de Justicia, así como del público asistente. En consecuencia, corresponde suspender las labores presenciales del día 10 de noviembre de 2020 en las sedes de Javier Alzamora Valdez, Barreto, Puno-Carabaya, Mansilla Backus, Progreso, Cúster, Rímac, Zavala y Archivos Penales. Esta medida no deberá afectar las labores judiciales, para lo cual los magistrados y servidores deberán adoptar las medidas correspondientes para que las actividades se realicen de manera remota.
4. Por lo expuesto, esta Presidencia de Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y, encargada de la política interna de su Distrito Judicial, procede a disponer las medidas urgentes, con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo 1: DISPONER la suspensión de las labores presenciales en las sedes Javier Alzamora Valdez, Barreta, Puno-Carabaya, Mansilla, Backus, Progreso, Cúster, Rímac, Zavala y Archivos Penales, por el día 10 de noviembre de 2020, conforme a las consideraciones expuestas; debiendo los magistrados y servidores adoptar las medidas correspondientes para que las actividades judiciales se realicen de manera remota.
Artículo 2: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital efectúe las coordinaciones necesarias con la Policía Nacional del Perú, a fin de que se provea seguridad física a las precitadas sedes judiciales.
Artículo 3: PONER en conocimiento la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Unidad de Servicios Judiciales, Administración del Módulo Penal, y a los interesados para los fines pertinentes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Descargue en PDF la resolución
Ministerio Público:
En atención a los últimos acontecimientos políticos y las medidas de seguridad dispuestas en el centro de Lima, se dispone que el personal que, hoy martes 10 de noviembre de 2020, tenga dificultades para acudir a las sedes: Principal, Central (Ex Progreso), Wiesse, Carabaya, Lampa, Cuzco y Azángaro, retorne a sus domicilios a realizar trabajo remoto; en caso las funciones no lo permitan o no se cuenten con los medios para efectuar dicha modalidad de trabajo, las horas dejadas de laborar se considerará como licencia con goce de haber sujeta a compensación.
Resulta necesario señalar que los señores fiscales, funcionarios y demás responsables de las distintas unidades orgánicas están facultados para adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la ciudadanía

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