La Asociación Peruana de Derecho Constitucional, a través de su Comisión Especial, ha entregado al Congreso de la República un detallado informe jurídico sobre los reglamentos que deberán regir a las cámaras del Congreso bicameral, cuya instalación está prevista para julio de 2026.
El documento, elaborado por un equipo de destacados académicos liderado por el doctor Víctor García Toma, expresidente del Tribunal Constitucional, ofrece un análisis técnico-normativo sobre las funciones y procedimientos del nuevo modelo legislativo.
Entre los especialistas participantes se encuentra el excongresista y constitucionalista Luis Roel Alva, quien tuvo a su cargo el estudio del procedimiento parlamentario de la acusación constitucional, tema sobre el cual desarrolló la posición institucional presentada en el informe.
Ha sido un honor formar parte de esta comisión académica. Este trabajo busca aportar al diseño de un reglamento que garantice el funcionamiento democrático y eficiente de las cámaras legislativas, expresó Roel Alva a través de sus redes sociales.
El informe será una de las principales herramientas de consulta para el debate normativo que definirá la operatividad del sistema bicameral, aprobado tras la reciente reforma constitucional.
ASOCIACIÓN PERUANA DE DERECHO CONSTITUCIONAL
Lima, 06 de Febrero del 2025
Señor
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento
Congreso De La República Del Perú
Presente.-
ASUNTO: Remite opinión jurídica, informe de los proyectos de Resolución Legislativa 8662/2024-CR, 8663/2024-CR, 8665/2024-CR, 7337/2023-CR, 7343/2023-CR, 7387/2023-CR
Mediante la presente me es grato saludarlo, y, a su vez, remitir a usted la opinión de orden constitucional de los proyectos de Resolución Legislativa:
8662/2024-CR: Resolución Legislativa del Congreso de la República que aprueba el Reglamento del Congreso de la República.
8663/2024-CR: Resolución Legislativa del Congreso de la República que aprueba el Reglamento de la Cámara de Diputados.
8665/2024-CR: Resolución Legislativa del Congreso que propone el Reglamento del Senado.
7337/2023-CR: Resolución Legislativa que aprueba el Reglamento de la Cámara de Senadores.
7343/2023-CR: Resolución Legislativa que aprueba el Reglamento de la Cámara de Diputados.
7387/2023-CR: Resolución Legislativa que aprueba el Reglamento general del Congreso de la República.
Mediante oficio N° 0189-2024-2025-CCR/CR la comisión que usted tiene a bien presidir, encargó a la Asociación Peruana de Derecho Constitucional (APDC), emitir opinión reservada a seis proyectos de Resolución Legislativa que versan sobre los Reglamentos de las Cámaras del Congreso Bicameral a instalarse en julio del 2026, con una elección de un Senado muy complicada y Cámara de Diputados compuesta por 130 representantes.
Inscríbete aquí Más información
Al respecto debo mencionar que, mediante carta del 02 de octubre del 2024 se puso en vuestro conocimiento que se conformó una “Comisión Especial”, integrada por académicos de número de la asociación, liderados por Víctor García Toma (ex Ministro de Justicia, ex Titular del Tribunal Constitucional, ex Embajador ante las Naciones Unidas y profesor de la Universidad de Lima), actuó como Vicepresidente Oscar Urviola Hani (último Secretario Diputado de la Cámara disuelta en abril de 1992, profesor de la UCSM y ex Presidente del Tribunal Constitucional), como miembros: Milagros Campos Ramos (notable especialista en Derecho Parlamentario, funcionario del Congreso de la República, profesora de la PUCP, profesora de posgrado de la Universidad San Martín), Edgar Carpio Marcos (ex Viceministro de Justicia, asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional y ex Jefe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Congreso y de la PCM y profesor de la Universidad San Martín), Luis Roel Alva (antiguo Vicepresidente del Congreso de la República y profesor de la Universidad de Lima), Jorge Luis Cáceres Arce (Presidente de la APDC, ex Decano del Colegio de Abogados de Arequipa y Rector de la UCSM). Se incorporaron como secretarios técnicos los asociados Joaquín Cáceres Rosado y César Del Carpio Ugarte profesores universitarios de la Universidad San Martín de Porres y de la Universidad Católica de Santa María respectivamente.
En torno a la metodología para la elaboración de la presente opinión jurídica, se analizó los proyectos de Resolución Legislativa de los reglamento en los siguientes ejes temáticos:
I. Grupos Parlamentarios (Milagros Campos Ramos) Pg. 02
II. Proceso Legislativo Ordinario en el Sistema Bicameral (Oscar Urviola Hani) Pg. 18
III. Reforma Constitucional Y Reglamentos Del Congreso De La República (Edgar Carpio Marcos) Pg. 30
IV. Procedimiento de Acusación Constitucional (Luis Roel Alva) Pg.34
V. Procedimiento de Vacancia Presidencial (Jorge Luis Cáceres Arce) Pg. 45
VI. Cuestiones políticas no justiciables (Víctor García Toma) Pg. 64
En suma, se remite el informe jurídico con las opiniones emitidas sobre los proyectos de Resolución Legislativa.
Sin otro particular, quedo de usted.
[Continúa…]
Descargue el documento completo aquí
Inscríbete aquí Más información
![[VÍDEO] Tomás Gálvez busca transformar el MP desde sus cimientos con nueva Ley Orgánica](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-93-218x150.jpg)
![Extinción de dominio: salas civiles (y no penales) de la Corte Suprema son competentes para conocer recursos de casación (en virtud de la RA 185-2025-CE-PJ) [Queja NCPP 1071-2023, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)


![El pago del precio no es elemento esencial del contrato de compraventa; lo esencial es el «acuerdo sobre el monto del precio», no su ejecución, conforme lo establece el art. 1529 CC [Casación 3961-2024, Cusco, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-valor-posesion-predio-hipoteca-compraventa-venta-herencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![El silencio administrativo negativo no habilita a la Administración a extender indefinidamente el plazo para declarar nulidad de oficio [Casación 3523-2023, Lima, f. j. 3.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre principios de la contratación. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/PRINCIPIOS-DE-LA-CONTRATACION-LP-DERECHO-HECTOR-INGA-ALIAGA-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre alcances generales de la JPRD. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-PAOLA-NAVIA_Alcances-generales-de-la-JPRD-218x150.jpg)

![[VIVO] Dudas frecuentes sobre la demanda de alimentos (lunes, 20 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/Entrevista-a-Juan-Carlos-Arenas-218x150.jpg)
![¿Se aplican los beneficios de un convenio colectivo a funcionarios en cargos de confianza o de dirección? [Informe Técnico 000605-2026-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba del despido no solo se da a través de una constatación policial o judicial; también se puede valorar otras circunstancias como la propia aceptación de la demandada [Casación 1661-2024, Tacna, f. j. 5.1-5.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/fallecimiento-despido-laboral-trabajador-estres-renuncia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Diferencias entre personal asistencial y personal administrativo en el sector salud [Informe Técnico 00534-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador debe acreditar el despido para que proceda la reposición por despido incausado o fraudulento [Casación 43847-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)





![Suspenden plazos procesales en este distrito judicial por cortes de energía [RA 000108-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![En delitos especiales no solo debe verificarse la infracción de un deber especial (ilícito administrativo) por parte del funcionario público, sino que también se requiere, por el principio de lesividad, que, por lo menos, exista un «comienzo de ejecución de ejecución de un acto típico» [Exp. 01231-2024-PHC/TC, f. j. 37] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Tomás Gálvez busca transformar el MP desde sus cimientos con nueva Ley Orgánica](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-93-100x70.jpg)

![Extinción de dominio: salas civiles (y no penales) de la Corte Suprema son competentes para conocer recursos de casación (en virtud de la RA 185-2025-CE-PJ) [Queja NCPP 1071-2023, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Tres modos en los que se puede manifestar un beneficio tributario: en la inafectación (supuestos fuera del ámbito de afectación de un determinado tributo), en la inmunidad (aquellos a los que la Constitución exceptúa del pago de tributos) y en las exoneraciones (sujetos o actividades exceptuadas del hecho imponible) [Exp. 0042-2004-AI/TC, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)