Fundamento destacado: ÚNICO. […] C) […] El artículo 62 no distingue entre la tentativa acabada y la inacabada para determinar la pena a imponer, sino que permite rebajar en uno o dos grados la pena prevista para el delito consumado y luego nos dice que para determinar la pena concreta en cada caso han de tenerse en cuenta, de modo preceptivo, dos criterios: 1°) El peligro inherente al intento. 2°) El grado de ejecución alcanzado.
Tal art. 62 CP obliga al tribunal o juzgado que tiene que sancionar una tentativa de delito a tener en cuenta esos dos criterios y a razonar sobre su aplicación al caso en el capítulo de la sentencia correspondiente a un aspecto de su motivación (art. 120.3 CE ), el relativo a la individualización de la pena (STS 28-2-03 ).
[…]
En el caso sometido a nuestra consideración casacional la actividad desplegada por el acusado, sin modificación de los hechos probados fue, por su entidad, por el arma utilizada, por la reiteración de los actos y la zona del cuerpo hacia la que se dirigieron, objetivamente necesarios para alcanzar el resultado perseguido, introduciendo un peligro inherente al intento que fue sin duda intenso, como también lo fue el grado de ejecución alcanzado, tal y como aparece descrito. Por ello no concurre elemento que implique o justifique reducir la pena en dos grados. Cabe indicar que la apreciación de la tentativa acabada o inacabada no implica una obligada reducción en uno o dos grados respectivamente.
[…]
Roj: ATS 2902/2019 – ECLI:ES:TS:2019:2902A
Id Cendoj: 28079120012019200434
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Sede: Madrid
Sección: 1
Fecha: 21/02/2019
Nº de Recurso: 10578/2018
Nº de Resolución: 334/2019
Procedimiento: Recurso de casación
Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
Tipo de Resolución: Auto
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. 334/2019
Fecha del auto: 21/02/2019
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION (P)
Número del procedimiento: 10578/2018
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excma. Sra. D.ª Carmen Lamela Diaz
Procedencia: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. Sala de lo Civil y Penal
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 2ª
Transcrito por: MLSC/MJCP
Nota:
RECURSO CASACION (P) núm.: 10578/2018
Ponente: Excma. Sra. D.ª Carmen Lamela Diaz
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 2ª
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. 334/2019
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Manuel Marchena Gomez, presidente
D. Julian Sanchez Melgar
Dª. Carmen Lamela Diaz
En Madrid, a 21 de febrero de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Carmen Lamela Diaz
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Valencia se dictó sentencia, con fecha 10 de abril de 2018, en autos con referencia de Rollo de Sala n° 83/2017 , tramitados por el Juzgado de Instrucción n° 2 de Moncada, como Procedimiento Sumario n° 3/2016, en la que se condenaba a Gumersindo , como autor responsable de un delito intentado de asesinato, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de discriminación por razones de género, a la pena de seis años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y se le impone la prohibición de aproximación a Amparo ., a menos de 300 metros, a su domicilio, lugar de trabajo y demás lugares que ella frecuente, así como de comunicación con ella por cualquier medio o procedimiento, directo o indirecto, por tiempo de doce años; al pago de las costas de este procedimiento y a que indemnice a Amparo . en la cantidad total de 25.429,70 euros, con el interés legalmente previsto
[Continúa…]
![Jueces incluyen gráficos en su resolución para hacerla más comprensible [Expediente 00254-2025-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Campaña municipal de sensibilización sobre el uso de la bicicleta no acredita, por sí sola, el cumplimiento del Reglamento de la Ley que Promueve el Uso de la Bicicleta como Medio de Transporte Sostenible, cuando dicha actividad no está prevista en instrumentos de planificación ni formalizada mediante resoluciones administrativas [Exp. 07856-2024-0, ff. jj. 5.8-5.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Informe-tecnico-106-2021-SERVIR-uso-bicicleta-LP-218x150.png)
![Cuatro reglas sobre reposición y reconocimiento del vínculo laboral en el sector público que inaplican el precedente Huatuco Huatuco: (i) existe relación laboral a plazo indeterminado cuando se verifica fraude en la contratación de trabajador con vínculo laboral vigente; (ii) la reposición tiene carácter transitorio en casos de nulidad de despido; (iii) se excluye a obreros de gobiernos municipales, regionales y organismos de la Administración pública; y (iv) se excluye a funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza [Casación Laboral 11090-2023, La Libertad, f. j. 22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-1024x538-1-218x150.png)
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![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)













![Comisiones no forman parte de la base de cálculo para el pago de descansos remunerados por ser conceptos variables, puesto que su naturaleza contraviene la base de cálculo de la remuneración ordinaria establecida en el DL 713 (o puede ser Legislación Laboral) [Casación 8061-2023, Lima, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![Jueces incluyen gráficos en su resolución para hacerla más comprensible [Expediente 00254-2025-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Preembriones no implantados y gametos no son considerados «persona humana», en tal sentido, su conservación en bancos no vulnera la dignidad humana ni el derecho a la vida (España) [Sentencia 116/1999, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)