La congresista Isabel Cortez Aguirre, del Grupo Parlamentario Podemos Perú, propone el Proyecto de Ley 11198-2024-CR, que declara de necesidad pública e interés nacional la construcción de un nuevo penal en las Islas San Lorenzo y Frontón, ubicadas en la provincia constitucional del Callao.
Esta iniciativa responde a una orden del Tribunal Constitucional para enfrentar el grave problema del hacinamiento en las cárceles peruanas.
El establecimiento penitenciario estará destinado a alojar a procesados y condenados por delitos graves como extorsión, sicariato, homicidio calificado, robo agravado, tráfico ilícito de drogas y trata de personas, buscando evitar que sigan operando desde los penales actuales.
La infraestructura contará con tecnología moderna para garantizar un mejor control y seguridad, limitando la capacidad de estos delincuentes para continuar sus actividades ilícitas desde prisión.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, junto al Instituto Nacional Penitenciario, serán responsables de concretar la construcción y gestionar la ampliación presupuestaria necesaria para su ejecución en el corto plazo.
Este proyecto representa un paso clave para mejorar la política penitenciaria en el Perú, abordando el hacinamiento y fortaleciendo la seguridad en el sistema carcelario, en la lucha contra la criminalidad organizada.
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LEY QUE CUMPLE CON LO ORDENADO POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERES NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE UN PENAL EN LAS ISLAS SAN LORENZO Y FRONTÓN COMO SOLUCION A LOS PROBLEMAS DE HACINAMIENTO CARCELARIO EN EL PERU
Articulo 1. Objeto.
El objeto de la presente ley es declarar de necesidad pública e interés nacional la construcción de la nueva infraestructura de un establecimiento penitenciario en las Islas de San Lorenzo y Frontón, ubicadas en la provincia constitucional del Callao, para albergar a aquellos delincuentes que cometen delitos de extorsión, sicariato, robo agravado, homicidio calificado, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios y trata de personas.
Articulo 2. Finalidad.
La finalidad de la presente ley es abrir un nuevo establecimiento penitenciario en las Islas San Lorenzo y Frontón, para garantizar a través de infraestructura moderna y tecnológica, que los procesados y/o condenados por delitos de extorsión, sicariato, robo agravado, homicidio calificado, tráfico ilicito de drogas y trata de personas no puedan seguir operando con impunidad desde los penales considerados de máxima seguridad.
Artículo 3. Declaración de necesidad pública e interés nacional.
Se declara de necesidad publica e interés nacional la construcción de la nueva infraestructura del establecimiento penitenciario en las islas San Lorenzo y el Frontón, ubicadas en la provincia constitucional del Callao, para albergar a quienes se encuentren procesados o condenados por delitos de extorsión, sicariato, robo agravado, homicidio calificado, tráfico ilícito de drogas y trata de personas.
Articulo 4. Responsables.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Instituto Nacional Penitenciario, de acuerdo a sus funciones, realizarán las acciones correspondientes para concretar en el breve plazo, la ampliación presupuestaria que requiera llevar a cabo lo señalado en el artículo 2 de la presente ley.
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