Confirman 7 años de cárcel para chofer de colectivo que realizó tocamientos a una pasajera

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La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, confirmó la condena de 7 años de pena privativa de la libertad impuesta a Jean Carlos Ostolaza Casanova (29), un chofer de colectivo, por el delito de tocamientos, actos de connotación sexual, en agravio de una joven de 22 años de edad.

Según la acusación fiscal, el 15 de setiembre de 2021, en plena pandemia de la Covid-19 la víctima abordó un vehículo de la línea P en el asentamiento humano Villa Victoria, en Nuevo Chimbote, con dirección al centro de la ciudad. Se sentó al costado del conductor.

Durante el trayecto, Ostolaza Casanova empezó a realizarle preguntas de connotación sexual a la mujer y a tocarle las piernas. La víctima paralizada por el miedo, solo atinó a pedirle que no la toque. El depravado, condujo su unidad hasta inmediaciones de la urbanización Los Portales, en una zona poco iluminada e intentó besarla a la fuerza.

A pesar de la resistencia de la mujer, y tras colocar los seguros de las puertas el imputado volvió a conducir hasta inmediaciones del puente peatonal del Mega Plaza, donde volvió a estacionarse en un lugar oscuro. Tras un descuido, la víctima logró bajarse del carro y llamar a su madre, a quien le contó lo ocurrido. Al presentar la denuncia, la mujer señaló que pudo memorizar la placa del vehículo, gracias a lo cual, se pudo ubicar al conductor.

En primera instancia, el Sétimo Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia del Santa, encontró culpabilidad en el hecho, y sentenció a Jean Carlos Ostolaza a 7 años de cárcel, suspendidos en su ejecución, hasta que el superior jerárquico confirme la condena.

La defensa del chofer interpuso un recurso de apelación, alegando que la agraviada y su madre tenían testimonios contradictorios durante el juicio oral, y también en el acta de intervención del chofer. Asimismo, que los seguros del automóvil donde ocurrieron los hechos, si podían abrirse con facilidad, y que la mujer pudo bajarse de haber sido sometida a tocamientos.

Los integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones consideraron que la víctima realizó una imputación clara y directa contra el sentenciado, la cual mantuvo hasta la conclusión del juicio oral. Asimismo, que la sentencia de primera instancia realizó una adecuada valoración de los medios probatorios. Por tal razón, confirmaron la sentencia y ordenaron la captura de Jean Carlos Ostolaza Casanova, para ser internado en el penal de Cambio Puente.

Fuente: Corte Superior de Justicia del Santa

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