El juez superior Giammpol Taboada Pilco habló sobre la actitud acrítica de algunos jueces frente a las pericias, que les hace abrazar todas las conclusiones periciales como si fueran ciertas, solo por tratarse documentos emitidos por un perito oficial.
Así, citó una sentencia de vista (Exp. 4748-2016-89) en la que se determinó que el juez a quo asumió acríticamente las conclusiones de la pericia oficial, sin analizar siquiera la logicidad y consistencia entre las premisas (datos) sobre el factor determinante del accidente de tránsito.
El profesor, además, dio recomendaciones para cuestionar un informe pericial de accidente de tránsito, no sin antes apelar al Acuerdo Plenario 4-2015, que establece reglas sobre valoración de prueba pericial. Este Acuerdo indica que el juez no está vinculado a las conclusiones de los peritos, de manera que podría formar su propia convicción sobre lo analizado.
3. Criterios para la valoración de la prueba pericial
[…]
17. El juez, en suma, no está vinculado a lo que declaren los peritos; él puede formar su convicción libremente […].
18. […] El enfoque de un tribunal no debe ser sobre las conclusiones alcanzadas por el perito, sino sobre la metodología empleada para llegar a estas conclusiones. Y en caso que la conclusión no se desprenda de los datos que señala en su dictamen, el Tribunal tiene la libertad de determinar que existe un análisis inaceptable entre premisas y conclusión.
Incluso más, según el Acuerdo, el juez puede también cuestionar la metodología que usó el perito para llegar a sus conclusiones y determinar la existencia de un análisis inaceptable entre las premisas y la conclusión. Para esto, el juez tendría que señalar que la parte considerativa y la resolutiva carecen de coherencia lógica.
«Yo no puedo discutir su conclusión [del perito], pero sí puedo hacer un análisis riguroso de que el procedimiento de análisis se corresponda con las conclusiones», remató el doctor Taboada durante una clase del diplomado organizado por LP.
Ejemplo
En el siguiente ejemplo la conclusión no coincide con los datos analizados. No existe ningún anexo que acredite que el conductor del vehículo se pasó la luz roja, por lo tanto se trataría de un análisis inaceptable que el juez tendría que controlar.
- Perito: Se pasó la luz roja de manera antirreglamentaria y generó el accidente de tránsito.
- Juez: ¿En base a qué llega a esta conclusión, Ud.?
- Perito: De otra manera no pudo haberse generado el accidente, señor juez.
- Juez: ¿Cuáles son los anexos que acreditan que se pasó la luz roja?
- Perito: (…)
Finalmente, el profesor Taboada agregó que la pericia de accidente de tránsito tiene que estar escoltada por los anexos que abonaron a las conclusiones o el abogado podría cuestionarlas severamente.
¿Qué anexos tendría que incluir esta pericia? Las fotografías del accidente, la inspección de la zona, las huellas del frenado, los cálculos matemáticos realizados, las declaraciones de testigos que observaron el accidente de tránsito, entre otros.
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