Intervención del abogado del imputado en audiencias de apelación de autos sobre [Acuerdo Plenario 11-2025-SPS-CSJLL]

Intervención del abogado del imputado en audiencias de apelación de autos sobre [ Acuerdo Plenario 11-2025-SPS-CSJLL]


ACUERDO PLENARIO N.° 11-2025-SPS-CSJLL

ACUERDO DEL PLENO DE JUECES TITULARES DE LAS SALAS
PENALES SUPERIORES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD

Trujillo, 22 de diciembre de 2025

1. Tema: Intervención del abogado del imputado en audiencias de apelación de autos sobre privación de libertad.

2. Fundamentación: El artículo 420.5 del Código Procesal Penal (CPP) prescribe que “a la audiencia de apelación podrán concurrir los sujetos procesales que lo estimen conveniente.

En la audiencia, que no podrá aplazarse por ninguna circunstancia, se dará cuenta de la resolución recurrida, de los fundamentos del recurso y, acto seguido, se oirá al abogado del recurrente y a los demás abogados de las partes asistentes. El acusado, en todo caso, tendrá derecho a la última palabra”. Conforme a la norma anotada, la audiencia de apelación de auto se instalará con quienes asistan; empero, si el acusado asiste sin defensor, corresponderá a los jueces ad quem asegurar su derecho a la defensa técnica procediendo de conformidad con lo previsto en el artículo 85.2 del CPP, especialmente en las audiencias de apelación de autos sobre privación de libertad, como los incidentes sobre prisión preventiva y revocatoria de suspensión de la ejecución de la pena.

3. Acuerdo: En las audiencias de apelación de autos sobre privación de libertad en las que concurra el imputado, pero sin abogado defensor, se procederá conforme al artículo 85.2 del CPP.

4. Difusión: Publíquese el presente Acuerdo en el diario oficial del distrito judicial y comuníquese a los Jueces Penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad, las Facultades de Derecho de las Universidades de la ciudad de Trujillo, así como en los canales de difusión digital de temas académicos-jurídicos pertinentes. –

Firmado Digitalmente
Dr. Giammpol Taboada Pilco
Juez Superior Coordinador
Salas Penales Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad

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