El Colegio de Abogados de Lima Este, ante los graves hechos acontecidos este 12 de abril de 2026, en el marco de las trascendentales elecciones generales, que impidieron que miles de ciudadanos pudieran ejercer su derecho al voto, ante el retraso y no instalación de las mesas de sufragio a cargo de la ONPE, expresa lo siguiente:
- La Constitución Política consagra en su art. 2, numeral 17, que toda persona tiene “derecho a participar en forma individual en la vida política, Los ciudadanos tiene conforme a ley los derechos de elección. Asimismo, el art. 31 consagra el derecho inalienable e irrestricto a todos los peruanos y peruanas “de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes…”
- Que, el art. 176 de nuestra Carta Magna, indica que el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.
- Las graves conductas de negligencia e irregularidades en la instalación de las mesas de sufragio, por el retraso y no instalación de las mismas, originadas por las acciones deficientes y punibles de funcionarios de la ONPE, merece el rechazo unánime de toda la ciudadanía.
- El mandato constitucional se ha quebrado por negligencia punible del jefe de la ONPE, señor Piero Corvetto y los funcionarios responsables de organizar el proceso electoral referido, para lo cual contaban con todos los elementos legales, presupuestarios y logísticos que dicha labor requiere, por lo que su grave e injustificado incumplimiento generó que el material electoral en cientos de locales de votación de Lima Metropolitana no llegara. Atentar contra el derecho fundamental al voto, merece la máxima sanción no solo de orden administrativo sino también penal.
- En tal contexto, respaldamos la denuncia penal contra el jefe de la ONPE, formulada por el procurador público del Jurado Nacional de Elecciones, por los delitos contra el derecho de sufragio, omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales y obstaculización del normal desarrollo del acto electoral; instamos la intervención del Ministerio Público para que prontamente actúe conforme a sus atribuciones.
- De igual forma, instamos a la Junta Nacional de Justicia a que proceda con prontitud a culminar con la investigación preliminar aperturada en contra del jefe de la ONPE, dada su grave negligencia e ineficiencia en el ejercicio de sus funciones, que debería culminar con el debido proceso con la máxima sanción de destitución.
- Finalmente, EXIGIMOS al señor Piero Corvetto, jefe de la ONPE, la renuncia inmediata a su cargo, a fin de garantizar que las funciones de dicha entidad, se realicen con eficiencia, oportunidad, transparencia y con pleno respeto del derecho fundamental al sufragio de peruanos y peruanas.
Lima Este, 13 de abril de 2026
JOSÉ LUIS SILVESTRE CORTEZ
Decano
WALTER RIVERA VILCHEZ
Presidente Comisión Consultiva de Derecho Electoral
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