Asamblea universal de la comunidad será celebrada con la presencia total de los comuneros calificados como hábiles [Resolución 404-2009-Sunarp-TR-T]

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Fundamento destacado: 5. Ahora bien, exisle un supuesto en el que la asamblea general puede celebrarse vál¡damente sin previa convocator¡a: la asamblea universal.

La asamblea universal es aquella que se calebra con la presencia de todos los ¡ntegrantes hab¡titados para asistir a la asamblea general. En el caso de una comun¡dad campesina será universal la asamblea que se celebra con la presencla de todos los comuneros calculados. El Eslatuto de la Comunidad Campesina de Chilca precisa en el Artículo 84 que la asamblea general esté constitu¡da por todos los comuneros cal¡ficados hábiles, inscritos en el padrón comunal.

En una asamblea un¡versal no se requ¡ere de citación previa, pues prec¡samente la citac¡ón es el llamado que se hace a los integrantes del órgano para que asistan a la sesión del mismo: en tanto se encuentran presentes todos los integrantes de la asamblea general, carece de objeto exig¡r que se haya cumplido previamente con efectuar dicho llamado.

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TRIBUNAL REGISTRAL

RESOLUCIÓN N° 404- 2009 – SUNARP-TR-L

Lima, 27 MAR 2009

APELANTE : ADRIANA TORRES CARBAIAL. 

TÍTULO : N° 9410 del 15-09-2008. 

RECURSO : Escrito del 10 de diciembre de 2008.

REGISTRO : Registro de Personas Juríd¡cas de Cañete

ACTO (s) : Nombramianto de directivos de comunidad campes¡na

SUMIILLA :

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ASAMBLEA UNIVERSAL

“La asamblea universal es aquella que se celebra con la presencia de todos los integrados habilitados para asistir a la asmable general. En el caso de una Comunidad Campesina, será universal la asamblea que se celebra con la presencia de todos los comuneros calificados.
No puede ser considerada universal una asamblea de una comunidad campesina cuando en el acta se consigna que se remueven directivos que no asisten a la asamblea”.

ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA

Mediante el título venido en grado de apelación se solicita la remoción de Enrique Walter Tumay Cuya e Hilda Manco Huapaya, presidente y vicepresidenta de la directiva comunal de la Comunidad Campesina de Chilca y demás integrantes de la directiva, y subsecuente elección de la directiva comunal reemplazante por el periodo que resta de su mandato.

A tal efecto se ha presentado la siguiente documentación:

Copia cerifificada notarial del acta de asamblea general del 7-9-2008, en la que se acordó remover a la directiva comunal presidida por Enrique Walter Tumay Cuya y a sus directivos Hilda Manco Huapaya, Julio Rodríguez Dávalos, Elsa Chumpitas Porras, Mery Rosa Campos Alarrón, Adriana Torres Carbajal, Amelia Espichan de Rodríguez. Asimismo, se eligió a sus reemplazantes para completar el periodo:

– Presidente: Jorge Huapaya Ballarta
– Vicepresidente: Edgardo Huapaya Cuya
– Secretario: Julio Rodríguez Dávalos
– Tesorero: Javier Jara Rodríguez
– Fiscal: Pedro Caycho Chumpitaz
– Vocales: Adriana Torres y Amelia Espichán de Rodríguez

El acta fue suscrita por los asistentes.

Ante las observaciones formuladas, en el reingreso se presentó:

– Copia certificada del acta de asamblea del 12-10-2008, en la que se aprobó la reapertura del acta de asamblea del 7-9-2008, dejando constancia que dicha asamblea fue universal. Asimismo, se acordó la elección del comité electoral que conducirá las elecciones de la directiva 2009-2010. El acta fue suscrita por presidente y secretario.

[Continúa…]

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