Jurisprudencia del artículo 95 del Código Procesal Penal.- Derechos del agraviado

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Artículo 95.- Derechos del agraviado
1. El agraviado tendrá los siguientes derechos:

a) A ser informado de los resultados de la actuación en que haya intervenido, así como del resultado del procedimiento, aun cuando no haya intervenido en él, siempre que lo solicite;

b) A ser escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que lo solicite;

c) A recibir un trato digno y respetuoso por parte de las autoridades competentes, y a la protección de su integridad, incluyendo la de su familia. En los procesos por delitos contra la libertad sexual se preservará su identidad, bajo responsabilidad de quien conduzca la investigación o el proceso.

d) A impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria.

2. El agraviado será informado sobre sus derechos cuando interponga la denuncia, al declarar preventivamente o en su primera intervención en la causa.

3. Si el agraviado fuera menor o incapaz tendrá derecho a que durante las actuaciones en las que intervenga, sea acompañado por persona de su confianza.


Concordancias

C: arts. 2.1, 139.13; NCPP: arts. 104, 222.


Jurisprudencia del artículo 95 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. Derechos de la víctima en el proceso penal (doctrina legal) [AP 04-2019/CIJ-116]. Link: bit.ly/3Vmu61G
    2. El fiscal y el agraviado son autónomos para impugnar un sobreseimiento o absolución [Casación 966-2017, Ica]. Link: bit.ly/3MmNiIt
    3. Parte agraviada no está legitimada para apelar la reparación civil si no se ha constituido en actor civil [Casación 1437-2017, Cusco]. Link: bit.ly/3RoKf4G
    4. Notificación a audiencia de terminación anticipada es obligatoria para todas las partes, aun cuando el agraviado no se haya constituido en actor civil (doctrina jurisprudencial) [Casación 655-2015, Tumbes]. Link: bit.ly/3PkZxp4
    5. Reglas para la admisión y actuación de declaraciones previas de menores en juicio oral (doctrina jurisprudencial vinculante) [Casación 33-2014, Ucayali]. Link: bit.ly/3IvKMOa
    6. Agraviado no puede interponer medios impugnatorios si no se ha constituido en actor civil, a excepción de su inadmisión como tal [Casación 342-2011, Cusco]. Link: bit.ly/3qfLGpv
    7. Agraviado puede impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria (doctrina jurisprudencial vinculante) [Casación 353-2011, Arequipa]. Link: bit.ly/3doPwKn
    8. NUEVO: El derecho a la reparación integral de la víctima no solo abarca una compensación económica, sino una psicológica [RN 541-2020, Lima Sur]. Link: bit.ly/3BkwrkW
  • Corte Superior

    1. Auto de sobreseimiento: se le notifica únicamente al agraviado recurrente —no constituido en actor civil— todo el trámite de apelación; mientras que, al recurrido, solo auto o recurso de vista [Acuerdo 4-2018-SPS-CSJLL]. Link: bit.ly/3KLpSvp

  • Corte Interamericana de Derechos Humanos

    1. Estado tiene el deber de proteger a los operadores judiciales, investigadores, testigos y familiares de los hostigamientos y las amenazas que afecten la efectividad de la investigación [Carvajal Carvajal y otros vs. Colombia]. Link: bit.ly/3NS7eDO
    2. Se afecta el derecho de la víctima a participar en el proceso si se le niega el acceso al expediente [González Medina y Familiares vs. República Dominicana]. Link: bit.ly/3tj1Tfa
    3. Fines de la participación de los familiares de la víctima en el proceso [Valle Jaramillo y otros vs. Colombia]. Link: bit.ly/3fLGAA5
    4. Violación sexual: inobservancia de los derechos de la víctima durante la investigación constituye «violencia institucional» [VRP, VPC y otros vs. Nicaragua]. Link: bit.ly/3EiVVBl
    5. Derecho a la verdad: víctima debe tener pleno acceso y capacidad de actuar durante toda la investigación [19 comerciantes vs. Colombia]. Link: bit.ly/3NS31zW
    6. Concepto del «derecho a la verdad» del agraviado [Montero Aranguren y otros vs. Venezuela]. Link: bit.ly/3hiLBjI
    7. El derecho a la verdad constituye un medio de reparación para las víctimas y sus familiares [Bámaca Velásquez vs. Guatemala]. Link: bit.ly/3TpZie9
    8. El derecho a la verdad no es autónomo; forma parte del derecho de acceso a la justicia [La Masacre de Pueblo Bello vs. Colombia]. Link: bit.ly/3zWCHiv

  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    1. El derecho a la verdad se extiende al público en general y no puede ser privado bajo la noción de «secreto de estado» [El-Masri vs. Ex-República Yugoslava de Macedonia]. Link: bit.ly/3Eiz4FY
  • Legislación

    1. Reglamento del Programa de Asistencia a víctimas y testigos [RFN 1558-2008-MP-FN]. Link: bit.ly/3ExPjQ8

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