Artículo 52-A.- Conversión de la pena privativa de libertad en ejecución*
El juez competente puede convertir la pena privativa de libertad en ejecución de condena, por una pena limitativa de derechos, a razón de siete (7) días de privación de libertad por una jornada de prestación de servicios a la comunidad o por una jornada de limitación de días libres, según corresponda y siempre que se cumplan los supuestos de procedencia y requisitos establecidos en la ley de la materia.
El juez también puede convertir la pena privativa de libertad no mayor de diez años en ejecución de condena por la de expulsión inmediata del país, siempre que haya cumplido los dos tercios de la condena, con excepción de los delitos tipificados en los artículos: 108-C, 129-A, 129-B, 129-C, 129-D, 129-F, 129-G, 129-H, 129-I, 129-J, 129-K, 129-L, 129-M, 129-N, 129-Ñ, 129-O, 152, 186, 188, 189, 200, 296, 297, 303-A, 303-C, 317 y 317-B.
* Artículo incorporado por el DL 1300, publicado el 30 diciembre de 2016 (link: bit.ly/44R076l). Luego, fue modificado por la Ley 32372, publicada el 7 de junio de 2025 (link: lpd.pe/pmwM7). Se agregó un segundo párrafo.
Jurisprudencia del artículo 52-A del Código Penal
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Corte Suprema
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- NUEVO: No es racional exigir que el sentenciado ingrese al penal para luego solicitar y obtener la conversión de la pena, máxime si se trata de un delito que no configura alta peligrosidad social, como el de omisión a la asistencia familiar, y ha pagado toda la deuda alimentaria [Exp. 03266-2022-42, f. j 2.4]. Link: lpd.pe/z1aXq
- NUEVO: No se puede retroactivamente aplicar la conversión de la pena en mérito al art. 52 del CP, si la sentencia está en ejecución, pues, por el principio de especialidad corresponde el art. 52-A del CP [Queja 1009-2024, Pasco, f. j. 5]. Link: lpd.pe/zjQxJ
- Conversión de la pena no es aplicable en ejecución de sentencia (doctrina jurisprudencial vinculante) [Casación 382-2012, La Libertad]. Link: bit.ly/3TKgSLu
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Corte Superior
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- OAF: Es posible convertir la pena privativa por prestación de servicios comunitarios previo pago íntegro de la liquidación de devengados [Exp. 11368-2018-4]. Link: bit.ly/3RlYh6w
- NUEVO: Conversión automática de la pena privativa de libertad en ejecución de condena por delito culposo conforme al Decreto Legislativo 1585 [Exp. 5193-2017-5]. Link: lpd.pe/kDqKZ
- [NUEVO] OAF: Para la conversión automática de la pena, se exige el pago íntegro de la reparación civil y deuda alimenticia [Pleno Jurisdiccional Distrital de Derecho Penal y Procesal Penal de Junín, 2023]. Link: lpd.pe/2PgDW
- Juez de investigación preparatoria es competente para realizar la conversión de la pena en la ejecución de la sentencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Ica, 2010]. Link: bit.ly/41Lf6N6
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Comentarios:
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