Jurisprudencia del artículo 158 del Código Procesal Penal.- Valoración (la prueba)

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 158.- Valoración
1. En la valoración de la prueba el Juez deberá observar las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia, y expondrá los resultados obtenidos y los criterios adoptados.

2. En los supuestos de testigos de referencia, declaración de arrepentidos o colaboradores y situaciones análogas, sólo con otras pruebas que corroboren sus testimonios se podrá imponer al imputado una medida coercitiva o dictar en su contra sentencia condenatoria.

3. La prueba por indicios requiere:

a) Que el indicio esté probado;

b) Que la inferencia esté basada en las reglas de la lógica, la ciencia o la experiencia;

c) Que cuando se trate de indicios contingentes, éstos sean plurales, concordantes y convergentes, así como que no se presenten contraindicios consistentes.


Concordancias

NCPP: art. 481.2; CPC: arts. 197, 276.


Jurisprudencia del artículo 158 del Código Procesal Penal

  • Corte Superior

    1. Prueba indiciaria: No es suficiente sustentar que se «infiere» un hecho o circunstancia si no se realizó conforme a los estándares y las reglas específicas [Exp. 00060-2021-03]. Link: bit.ly/3qhk7zD
    2. El contraindicio en materia cautelar —aplicación de silogismo— [Exp. 131-2019-10]. Link: bit.ly/3c67L6u
    3. Declaración de colaborador eficaz puede ser suficiente para solventar medida de allanamiento e incautación (caso Odebrecht) [Exp. 00029-2017-19]. link: bit.ly/3pWg2xa
    4. El dolo es susceptible de probanza a través de la prueba indiciaria [Exp. 317-2013]. link: bit.ly/3Pwgo84
    5. Medida coercitiva: La declaración del aspirante debe corroborarse tanto con los elementos de convicción del proceso especial y receptor [Acuerdo 02-2017-SPN]. Link: bit.ly/3AYGIE8
    6. Delitos contra la libertad sexual: Pericia psicológica por sí sola no tiene calidad de prueba indiciaria [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Callao, 2013]. Link: bit.ly/3Tfwkxl
  • Tribunal Constitucional

    1. NUEVO: La condena con base en prueba indiciaria requiere de un mayor grado de motivación [Exp. 04572-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/pNmN9
    2. Motivación en base a prueba indiciaria requiere seguir una secuencia de «hecho inicial-máxima de la experiencia-hecho final» o «hecho conocido-inferencia lógica-hecho desconocido» (caso Giulia Llamoja) [Exp. 00728-2008-PHC/TC]. Link: bit.ly/3RgAPas
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos

    1. Es posible utilizar pruebas como los «indicios» o la «presunciones» si de ellas se puede inferir conclusiones sólidas [Castillo Petruzzi y otros vs. Perú]. Link: bit.ly/3pRFwfc
    2. Condena no puede fundarse en declaración de testigo protegido [Norín Catrimán y otros]. Link: bit.ly/3dxvsoD

Derecho comparado

    1. Violación sexual: Concepto y valor probatorio de la prueba en los «delitos a puerta cerrada» (Colombia) [Radicado 58187]. Link: bit.ly/3JPVgty
    2. Las capturas de pantalla de Whatsapp tienen el valor de prueba indiciaria (Colombia) [Sentencia T-043/2020]. Link: bit.ly/3pMVBq7

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