Artículo 1346.- Reducción judicial de la pena
El juez, a solicitud del deudor, puede reducir equitativamente la pena cuando sea manifiestamente excesiva o cuando la obligación principal hubiese sido en parte o irregularmente cumplida.
Concordancias
CC: arts. 1341, 1440; CPC: art. 1.
Jurisprudencia del artículo 1346 del Código Civil
Corte Suprema
- Juez puede atender a la solicitud del curador procesal de reducir la penalidad moratoria por considerarla excesiva con relación a la obligación principal [Casación 801-2009, Lima]. Link: lpd.pe/pmD51
- Testimonio de escritura pública de compraventa de bien futuro con cláusula penal de incumplimiento tiene calidad de título ejecutivo [Casación 2135-2013, Cusco]. Link: lpd.pe/F5HtY
- Cláusula penal: Penalidad puede ser reducida o dejada sin efecto cuando el contenido de lo pactado afecta una norma legal de orden público o carácter imperativo [Casación 3031-1999, Lima]. Link: lpd.pe/Lisn6
- Es correcta la reducción del monto solicitado por concepto de penalidad si el incumplimiento de los acuerdos contenidos en el contrato de arrendamiento fue parcial [Casación 801-2009, Lima]. Link: lpd.pe/kvrXV
- Cláusula penal: Reducción judicial de pena no puede ser debatida por Corte Suprema si esta no fue debatida en segunda instancia [Casación 1571-2009, Lima]. Link: lpd.pe/pqQbM
Corte Superior
- NUEVO: Arrendamiento: Penalidad de $600 por cada día de retraso en el pago debe reducirse a la mitad, si con 30 días se supera monto de renta mensual [Exp. 09639-2021-0]. Link: lpd.pe/kVbE9
- NUEVO: Arrendamiento: Si penalidad tras cada 30 días de demora en la devolución del bien es el 600 % del valor de la renta, debe reducirse a 150 % [Exp. 3400-2017-0]. Link: lpd.pe/kVbE9
- NUEVO: Si honorarios para cumplir servicio en 90 días eran de $3260 y penalidad por 63 días de atraso es de $10 269, esta debe reducirse a $5000 [Exp. 2007-1365-0]. Link: lpd.pe/truji
- NUEVO: Reducción de penalidad: No existe debida motivación cuando, a pesar de justificar la disminución, no se indica con cuál fórmula se determinó el nuevo monto [Exp. 443-2018-0]. Link: lpd.pe/pAY99
- NUEVO: Pactar que penalidad ya generada sea descontada del precio de venta del inmueble no implica una novación que elimine la penalidad por los días posteriores [Exp. 21070-2014-0]. Link: lpd.pe/tyruw
- NUEVO: Citar un principio Unidroit para ampliar las posibilidades de aplicación de la reducción de una penalidad no justifica la invalidación del laudo arbitral [Exp. 053-2022-0]. Link: lpd.pe/zxcwq
- NUEVO: Es nula la sentencia que reconoce penalidades por cada día de atraso en el pago del capital y los intereses, pero que no liquida los montos [Exp. 11280-2019-0]. Link: lpd.pe/pKEAj
- NUEVO: Aunque demandado fue declarado rebelde, el juez puede reducir la penalidad a más de la mitad para evitar un abuso del derecho [Exp. 2007-1365-0]. Link: lpd.pe/wqzxv
- NUEVO: Cláusula penal: Es incorrecto que juez haya reducido la penalidad sin que se lo hayan solicitado [Exp. 8023-98]. Link: lpd.pe/ujytf
Tribunal Constitucional
- NUEVO: Cláusula penal: TC puede ordenar un nuevo procedimiento arbitral si considera que la penalidad es excesiva y no ha sido reducida [Exp. 05311-2007-PA/TC]. Link: lpd.pe/qwasg
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:


![Cuando la libertad de expresión se vincula con la libertad sindical y los derechos políticos, requiere protección reforzada, ya que su vulneración puede generar un efecto amedrentador y afectar la capacidad de las organizaciones para defender sus intereses [Deras García y otros vs. Honduras, ff. jj. 78-82]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Nulidad de acto jurídico: Desistimiento de pretensión aprobada adquiere similar efecto que una demanda infundada con calidad de cosa juzgada [Exp. 02919-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/firma-documento-testamento-susecion-civil-LPDerecho-218x150.png)
![Es improcedente la prescripción adquisitiva de dominio si el demandante ingresó a poseer el bien en calidad de comprador y buscó renegociar el pago, pues ello elimina los requisitos de pacificidad y «animus domini» [Casación 1549-2021, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![No corresponde aumentar alimentos si necesidades de otros hijos del demandado también aumentaron y no se acreditó mayor necesidad del alimentista mayor de edad [Exp. 00002-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/pension-de-alimentos-dinero-soles-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Casuística judicial del justo título en la prescripción adquisitiva de dominio. (miércoles 13 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/6ee86eee-8d4e-4f14-b19b-01917a39887c-218x150.jpg)

![Dos precisiones sobre la aplicación retroactiva de los convenios colectivos: i) al suscribirse un nuevo convenio colectivo, sus cláusulas entran en vigencia desde el día siguiente de la caducidad del convenio anterior y, de no existir pacto alguno, desde la fecha de presentación del pliego de reclamos; y ii) no rige la aplicación retroactiva cuando se trate de obligaciones de dar bienes en especie, caso en el cual la obligación surte efectos desde la suscripción del convenio [Casación 21340-2023, Loreto, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley del Mercado de Valores (Decreto Legislativo 861) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_Ley-del-mercado-de-valores-218x150.jpg)



![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![Promocionan la formalización y dinamización de micro, pequeña y mediana empresa mediante el régimen societario alternativo, sociedad por acciones cerrada simplificada [Decreto Legislativo 1409] Ejecutivos - Socios - Negocios - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Ejecutivos-Socios-Negocios-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[VIVO] Casuística judicial del justo título en la prescripción adquisitiva de dominio. (miércoles 13 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/6ee86eee-8d4e-4f14-b19b-01917a39887c-324x160.jpg)
![Nulidad de acto jurídico: Desistimiento de pretensión aprobada adquiere similar efecto que una demanda infundada con calidad de cosa juzgada [Exp. 02919-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/firma-documento-testamento-susecion-civil-LPDerecho-100x70.png)
![Es improcedente la prescripción adquisitiva de dominio si el demandante ingresó a poseer el bien en calidad de comprador y buscó renegociar el pago, pues ello elimina los requisitos de pacificidad y «animus domini» [Casación 1549-2021, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-100x70.png)


![[VIVO] Casuística judicial del justo título en la prescripción adquisitiva de dominio. (miércoles 13 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/6ee86eee-8d4e-4f14-b19b-01917a39887c-100x70.jpg)
![Madre falsificó partida de nacimiento de su menor hija para atribuir paternidad a agraviado. El perjuicio en el delito de falsedad documental [Casación 507-2019, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/02/Documentos-LP-324x160.png)