Jurisprudencia del artículo 117 del Código Penal.- Agravación de la pena por la calidad del sujeto (aborto)

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Artículo 117.- Agravación de la pena por la calidad del sujeto
El médico, obstetra, farmacéutico, o cualquier profesional sanitario, que abusa de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los artículos 115 y 116 e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 4 y 8.


Concordancias

C: arts. 1, 2.1CC: arts. 1, 5, 115.8; CP: arts. 12, 22, 26.4, 6, 29, 31, 36.4.


Jurisprudencia del artículo 117 del Código Penal

  • Corte Suprema

    1. Para configurar la agravante por la calidad del sujeto, es irrelevante el consentimiento de la víctima en el aborto [RN 3094-2011, Cañete]. Link: bit.ly/3EQPEgb

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