El Poder Judicial rechazó el pedido presentado por la defensa de Víctor Alfredo Polay Campos para variar la medida de prisión preventiva por comparecencia simple. La solicitud fue analizada en audiencia de apelación tras admitirse el recurso interpuesto contra la resolución que ordenó su internamiento por 18 meses.
De acuerdo con la resolución emitida por la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, se declaró «bien concedido» el recurso de apelación presentado por la defensa técnica del imputado. El caso se origina en la Resolución 4, de fecha 5 de diciembre de 2025, que dispuso variar la medida de comparecencia simple a prisión preventiva.
El colegiado programó la audiencia para el lunes 23 de marzo de 2026 a las 09:00 horas, la cual se desarrollará de manera virtual. En esta diligencia se evaluarán los argumentos de la defensa respecto a la medida coercitiva impuesta.
Según la resolución judicial, el recurso fue interpuesto «contra la resolución que resolvió declarar fundado el requerimiento de variación de comparecencia simple a prisión preventiva, y, en consecuencia, impuso prisión preventiva contra el recurrente, por el plazo de 18 meses».
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Delitos imputados
El proceso penal contra Polay Campos se sigue por la presunta comisión del delito de asesinato, previsto en el artículo 108.3 del Código Penal, en concordancia con el artículo 7.a del Estatuto de Roma, así como por el delito de terrorismo agravado regulado en los artículos 2 y 3 del Decreto Ley 25475.
La resolución precisa que estos hechos se investigan en agravio del Estado y otros, en el marco de un proceso que se encuentra en etapa de revisión por instancia superior. En el auto de control de admisibilidad, el tribunal señala que la apelación cumple con los requisitos legales para su tramitación.
Mira la transmisión en vivo de la audiencia AQUÍ:
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