Mininter: Guía para el bloqueo de celulares y dar de baja líneas vinculadas a delitos [Resolución Ministerial 0622-2026-IN]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 13 de mayo de 2026

El Ministerio del Interior aprobó una guía informativa que establece el procedimiento para solicitar la baja de líneas móviles y el bloqueo de equipos celulares utilizados o vinculados a la comisión de delitos. La medida busca fortalecer las acciones de seguridad ciudadana y combatir el uso ilícito de teléfonos móviles.

La norma desarrolla los lineamientos previstos en el Decreto Legislativo 1338 y en el sistema RENTESEG, que permite coordinar con las empresas operadoras y OSIPTEL la suspensión de servicios móviles y el bloqueo de equipos reportados por el Mininter, la Policía, el Ministerio Público, el INPE o el Poder Judicial.

Según el Ministerio del Interior, la guía permitirá uniformizar y clarificar el procedimiento que deberá seguir el personal policial para ejecutar de manera efectiva la baja de líneas y el bloqueo de celulares relacionados con actividades delictivas.


Aprueban la “Guía Informativa del procedimiento para la solicitud de ejecución de la baja de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones (línea) y/o el bloqueo de equipos terminales móviles que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos”

Resolución Ministerial N° 0622-2026-IN

Lima, 12 de mayo del 2026

VISTOS, el Oficio N° 00079-2026-IN-GA y el Memorando Nº 000171-2026-IN-GA del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, el Informe Nº 000259-2026-IN-VSP-DGSC de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, el Memorando N° 001026-2026-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000984-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG), orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana, tiene por finalidad prevenir y combatir el hurto, robo y comercio ilegal de los equipos terminales móviles, dentro del marco del fortalecimiento de la seguridad ciudadana, garantizando la contratación de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones;

Que, el literal d) del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1338, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene como atribución, entre otras, requerir a las empresas operadoras de servicios públicos móviles de telecomunicaciones, de oficio o a solicitud del Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, el Instituto Nacional Penitenciario, el Ministerio Público o el Poder Judicial, la suspensión temporal de las líneas, la remisión de mensajes de advertencia a los abonados o usuarios, el bloqueo del IMEI de los equipos terminales móviles detectados como alterados, duplicados, clonados, inválidos, que no se encuentren en la Lista Blanca del RENTESEG; y/o la baja del servicio público móvil, de acuerdo al reporte de los equipos terminales móviles utilizados o vinculados en la comisión de delitos, según el procedimiento establecido para tal fin;

Que, en esa línea, el literal j) del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1338, establece que las empresas operadoras de servicios públicos móviles de telecomunicaciones tienen la obligación de dar de baja al servicio público móvil y bloquear el equipo terminal, de acuerdo al reporte proporcionado por el Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, el Instituto Nacional Penitenciario, el Ministerio Público o el Poder Judicial de los equipos terminales móviles utilizados o vinculados en la comisión de delitos, según el procedimiento establecido para tal fin;

Que, en ese sentido, mediante el Decreto Supremo N° 018-2025-IN, se aprueba el Lineamiento para la baja o suspensión temporal de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones y/o el bloqueo de equipos terminales móviles que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos; con la finalidad de fortalecer la coordinación y cooperación entre las entidades competentes, asegurando el intercambio oportuno, seguro y uniforme de la información que permita la ejecución efectiva de los requerimientos de baja o suspensión temporal de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones y/o el bloqueo de equipos terminales móviles que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos y el uso responsable de los servicios públicos de telecomunicaciones;

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Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 018-2025-IN establece que las entidades competentes comprendidas en dicha norma pueden emitir protocolos, guías o documentos instructivos para la organización y aplicación del referido Lineamiento, los cuales no afectan derechos establecidos en normas de rango superior;

Que, atendiendo a las disposiciones dictadas en el Lineamiento referido en el considerando precedente, el Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior con el Oficio N° 00079-2026-IN-GA, remite a la Policía Nacional del Perú el proyecto de “Guía Informativa del procedimiento para la solicitud de ejecución de la baja de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones (línea) y/o el bloqueo de equipos terminales móviles que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos” (en adelante, la Guía Informativa), para su revisión y evaluación correspondiente;

Que, mediante la Hoja de Estudio y Opinión N° 0073-2026-EMG-PNP-DIRASOPE-DIVAOSIC, la Dirección de Asesoramiento Operativo del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú emite la opinión institucional favorable respecto a la aprobación de la Guía Informativa, recomendando su aprobación;

Que, con el Informe N° 000259-2026-IN-VSP-DGSC, de fecha 22 de abril de 2026, la Dirección General de Seguridad Ciudadana remite el Informe N° 000326-2026-IN-VSP-DGSC-DEP de su Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana, a través del cual sustenta la necesidad de aprobación de la Guía Informativa, indicando que la misma incide en la seguridad ciudadana al coadyuvar al fortalecimiento de las acciones del Estado en dicha materia;

Que, mediante el Memorando N° 001026-2026-IN-OGPP, de fecha 24 de abril de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000223-2026-OGPP-OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, a través del cual emite opinión favorable respecto de la aprobación de la Guía Informativa, al señalar que constituye un instrumento técnico orientado a la implementación de un lineamiento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 018-2025-IN;

Que, atendiendo a la normativa mencionada precedentemente y a las opiniones técnicas emitidas, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 000984-2026-IN-OGAJ considera legalmente viable la tramitación de la Resolución Ministerial que aprueba la Guía Informativa;

Que, en tal sentido, resulta necesario la aprobación de la Guía Informativa, a fin de clarificar los procedimientos a llevarse a cabo por parte del personal policial para garantizar la ejecución efectiva de la baja y/o bloqueo de los servicios y equipos terminales móviles vinculados a delitos;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, del Viceministerio de Seguridad Pública, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del lnterior; el Decreto Legislativo N° 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana; el Decreto Supremo N° 018-2025-IN, Decreto Supremo que aprueba el Lineamiento para la baja o suspensión temporal de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones y/o el bloqueo de equipos terminales móviles que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos, y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0464-2026-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.– Aprobar la “Guía Informativa del procedimiento para la solicitud de ejecución de la baja de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones (línea) y/o el bloqueo de equipos terminales móviles que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la remisión de la presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en el artículo 1, a los responsables de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MERCEDES ZAPATA MORANTE
Ministro del Interior

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