¿Qué trámites realizar cuando fallece un familiar en el hospital?

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La muerte de un familiar es uno de los episodios más dolorosos que puede soportar una persona. En medio de la tristeza; sin embargo, es necesario realizar diversos trámites administrativos para rendirle la última despedida al ser querido.

El familiar del fallecido debe considerar estos escenarios para saber cómo proceder:

  • Un paciente fallece luego de 24 horas de haber sido admitido en el hospital: Si la causa fue por enfermedad o complicación de ella, el certificado de defunción debe ser emitido por el médico tratante, en caso de ausencia, el médico que lo reemplaza o el de guardia. Si la causa fue externa, es decir, un accidente, violencia o provocada, se debe dar parte al Ministerio Público y no emitir el certificado de defunción.
  • Un paciente es admitido en el hospital y fallece antes de las 24 horas: El certificado de defunción debe ser emitido por el médico tratante, es decir, sele indica al familiar que el certificado de defunción debe ser emitido por su médico tratante (el que le indicó el último tratamiento médico antes de su última admisión que podría ser un médico del mismo establecimiento donde falleció). El paciente podría no contar con un médico tratante, de ser así, se debe dar parte al Ministerio Público.
  • Lea también: ¿Qué trámites realizar cuando un trabajador fallece?

¿Quiénes pueden generar el certificado de defunción?

Este certificado es un documento que indica el fallecimiento de una persona o feto. El certificado de defunción general es necesario para producir el acta de defunción en el Reniec.

En principio, esta certificación de la defunción la realiza el médico tratante, el médico que constata la muerte, el médico legista que practica la necropsia o el médico señalado por el establecimiento de salud, de acuerdo con la Directiva Administrativa 2016-MINSA/OGTI-V.01.

Es importante aclarar que solo en casos excepcionales, si en la localidad no hubieran médicos, el certificado de defunción podría emitirlo el enfermero u otro profesional de salud.

Documentos para emitir certificado de defunción

Para verificar que las características de la persona identificada correspondan con las del fallecido, el médico encargado del proceso le solicitará al familiar o allegado:

  • Un documento de identidad, el DNI para nacionales y para extranjeros, puede ser el carnet de extranjería, pasaporte u otro.
  • Si el fallecido es una persona menor de 6 años, también se solicitará el certificado de nacido vivo o partida de nacimiento

El médico acreditará con la ayuda de estos documentos la información personal del fallecido, la causa básica del fallecimiento, la fecha y hora de su muerte

¿El médico puede cobrar honorarios profesionales por emitir un certificado de defunción?

No. El médico no debe ni puede cobrar por la emisión del certificado de defunción cuando el paciente fallece al interior del hospital. Sin embargo, cuando el paciente no reciba atención médica en un establecimiento y fallece en su domicilio, el médico podría cobrar por los gastos de traslado. Es importante indicar que el formato en papel del certificado de defunción es de distribución gratuita.

Tras recibir el certificado de defunción, ¿qué sigue?

Luego de obtener el certificado de defunción debes conseguir el acta de defunción que registra el fallecimiento en el Reniec. Aquí los requisitos:

  • El certificado de defunción debidamente firmado y sellado por profesional de salud o declaración jurada de autoridad política, judicial o religiosa en los lugares donde no existe un profesional de salud que acredite la defunción.
  • El DNI del fallecido o una declaración jurada de pérdida suscrita por el declarante.
  • El que acuda al registro debe exhibir su DNI en calidad de declarante. En caso de extranjeros presentar original y copia simple del carné de extranjería, pasaporte o cédula de identidad.

Este proceso, y la primera copia certificada de inscripción, son gratuitas. Es conveniente solicitar más de un certificado porque serán necesarios para realizar otros trámites.

La entrega del documento es inmediata y luego de la inscripción del certificado de defunción se expedirá la licencia para el entierro. La compañía de seguros que contraten los deudos se encargarán del sepelio.

Asegurados en el SIS no gastan en sepelio

Los deudos en el Seguro Integral de Salud reciben un reembolso de los gastos de sepelio del asegurado. Esta solicitud se realiza en las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) y cubren hasta un monto máximo de S/1000, de acuerdo a la edad del fallecido:

  • Óbito o Natimuerto (más de 28 semanas de gestación): S/ 350.00.
  • Recién Nacido Fallecido (menos de 29 días de nacido): S/ 350.00.
  • Fallecido de 29 días hasta menor a 12 años de edad: S/ 700.00.
  • Fallecido de 12 años de edad a más: S/ 1,000.00.

Los gastos que cubre son los relacionados con el ataúd, la capilla ardiente, la mortaja, el derecho de cremación (solo si ha sido autorizado por el familiar), el nicho, el traslado del fallecido (del establecimiento de salud al velatorio y del velatorio al cementerio).

Los asegurados al SIS que pueden solicitar este servicio son aquellas personas que:

  • Posean el certificado de acreditación.
  • Hayan sido designados durante la Afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS).
  • Sean familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad.
  • Cuenten con una carta poder.
  • Hayan estado al cuidado del asegurado fallecido.
  • Sean padre o madre del recién nacido fallecido o natimuerto.

Finalmente, es importante precisar que el personal de IPRESS, de las UDR/GMR y personas vinculadas a las agencias funerarias, quedan excluidas de estos beneficios.

Covid-19: ¿qué trámites realizar cuando fallece un familiar en el hospital?

La plataforma digital única del Estado peruano enlistó cuatro pasos a seguir frente al fallecimiento de un familiar con covid. Aquí te lo explicamos:

1. Ve al hospital

Acércate al hospital donde se encuentra el fallecido con los documentos indicados por el personal médico (generalmente, solo te piden la copia del DNI del fallecido si es que no tienen una en su archivo). En ocasiones, se podrá permitir que dos familiares, a una distancia mínima de dos metros lineales, visualicen el cadáver como apoyo durante el duelo. Consulta al trabajador de salud responsable si puedes tener esa despedida. No se permitirá este beneficio si implica peligro para los deudos o el personal de salud. Toma en cuenta que bajo ningún motivo puedes tener contacto físico con la víctima ni con materiales contaminados. Algunos hospitales brindan apoyo psicológico a los deudos.

2. Coordina el servicio fúnebre

Acuerda con el personal médico encargado la cremación o inhumación de la víctima, según la disponibilidad. Una vez tomes la decisión, firma la autorización para el sepelio. Si ningún familiar se acerca en 24 horas, será la autoridad sanitaria correspondiente quien decidirá el destino del cuerpo.

3. Consulta la cobertura económica de la víctima

Pregunta al seguro privado de la víctima si le corresponde la cobertura por entierro o cremación. Si la víctima estaba afiliada, o en proceso de afiliación, al Seguro Integral de Salud (SIS), tendrá la cobertura completa de los costos del traslado del cuerpo, cremación o entierro. En caso de que la víctima no tenga un seguro de salud, tendrás que pagar el sepelio. Si eres una persona de bajos recursos, pide apoyo al área de asistencia social para que te ayuden con tu caso.

4. Asiste al sepelio

El establecimiento de salud será el encargado de entregar el cuerpo del fallecido a la empresa contratada para la cremación o inhumación. Si te corresponde tramitar el sepelio, entrégale los documentos señalados en requisitos al administrador del cementerio o crematorio. Dos familiares podrán asistir al proceso de cremación para recoger las cenizas. Toma en cuenta que luego de 24 horas de la cremación, perderás el derecho de reclamar los restos de tu ser querido.

En las regiones que se carezca de crematorios, o por situaciones médicas especiales, se dispondrá la inhumación en una sepultura en tierra o nicho. Podrán ir 5 familiares que deben seguir las instrucciones del personal sanitario. Para asistir a estos servicios funerarios, deberás llevar mascarillas, respetar la distancia social obligatoria de mínimo 1 metro entre los asistentes, usar alcohol en gel para desinfectarte las manos, no llevarte los dedos de las manos a la cara, boca u ojos, y evitar los saludos mediante contacto (de manos o abrazo). Además, no podrás acercarte a la bolsa, ataúd o féretro con cierre impenetrable que será manejado siempre por los especialistas, quienes llevarán un equipo de protección. Están prohibidos los velorios y otras ceremonias de despedida.


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