La Academia de la Magistratura, en el marco de la edición 29.° del Programa de Formación de Aspirantes (Profa), informó que las inscripciones se podrán realizar desde el 6 de enero hasta el 14 de febrero de 2025, tanto para el primer, segundo, tercer y cuarto nivel de la magistratura.
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Así también, entre otros documentos, compartió el temario académico a partir del cual se tomará el examen de conocimientos para cubrir 330 vacantes a nivel nacional.
LP Pasión por el derecho, por supuesto, ha lanzado un curso de preparación para el examen Profa que inicia el martes 14 de enero de 2025. Más información aquí. Si se inscribe hasta el 8 de enero recibe tres libros gratis.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS
ADMISIÓN 29.° PROFA
TEMARIO
ARGUMENTACIÓN Y RAZONAMIENTO JURÍDICO
1.- SOBRE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y LA SUBSUNCIÓN
1.1. Diferencia entre la inferencia deductiva y la inferencia inductiva
1.2. Justificación interna de la subsunción (referida a la justificación lógico deductiva de la inferencia jurídica en su conjunto)
1.3. Justificación externa de la subsunción (referida a la justificación de la premisa normativa y la premisa fáctica)
1.4. Diferencia entre falsedad y falacia
2.- SOBRE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y LA INTERPRETACIÓN
2.1. Concepto de interpretación jurídica
2.2. Respecto a los elementos y problemas del lenguaje en general
a) Connotación o comprensión de un enunciado
b) Denotación o extensión de un enunciado
c) Vaguedad
d) Ambigüedad
e) Textura abierta
2.3. Respecto a la estructura normativa y los enunciados jurídicos condicionales
a) Supuesto de hecho y consecuencia jurídica
b) Enunciados con condición suficiente pero no necesaria
c) Enunciados con condición necesaria pero no suficiente
a) Enunciados con condición suficiente y necesaria
2.3. Respecto a las lagunas en el campo jurídico (relativas a la nomenclatura de Alchourrón y Bulyigin)
a) Laguna normativa
b) Laguna axiológica
c) Laguna de reconocimiento
d) Laguna de conocimiento
2.4. Respecto a las principales clases de interpretación
a) Literal
b) No literal
b.1.Interpretación extensiva.
b.2.Interpretación restrictiva.
c) Interpretación sistemática.
2.5. Respecto a las principales clases de argumentos jurídicos
a) Argumento “a contrario” o contrario sensu
b) Argumento analógico
c) Argumento “a fortiori”
d) Argumento teleológico
2.6. Respecto a las antinomias (relativas a la nomenclatura de Alf Ross)
a) Antinomia TOTAL-TOTAL
b) Antinomia PARCIAL-PARCIAL
c) Antinomia TOTAL-PARCIAL
3.- SOBRE LA ARGUMENTACIÓN Y EL RAZONAMIENTO PROBATORIO
3.1. Respecto del concepto de prueba y sus clases en el contexto jurídico general
a) La inferencia probatoria
b) Prueba directa
c) Prueba indirecta
3.2. Respecto de los sistemas de valoración de la prueba en general
a) Sistema de la prueba legal o tasada.
b) Sistema de la libre convicción.
c) Sistema de la sana crítica
d) Estándares de prueba
3.3. El modelo de Toulmin
a) La pretensión
b) La razón o datos
c) La garantía
d) El respaldo.
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4.- SOBRE LA ARGUMENTACIÓN, LA PONDERACIÓN Y EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
4.1. Diferencia entre normas regla y normas principio (relativa a la teoría de Robert Alexy).
4.2. Diferencia entre el argumento por subsunción y el argumento por ponderación.
4.3. Diferencia entre la teoría del contenido esencial de los DD. FF. y la teoría de la ponderación de los derechos fundamentales.
4.4. Diferencia entre la concepción positivista y la concepción postpositivista respecto de la labor creadora del juez.
4.5. La ley de ponderación (relativa a la teoría de Robert Alexy)
4.6. La fórmula de peso (relativa a la teoría de Robert Alexy)
4.7. Respecto al test de proporcionalidad en sentido genérico (relativo a la teoría de Robert Alexy)
a) Test de idoneidad o adecuación.
b) Test de necesidad o indispensabilidad.
c) Test de proporcionalidad en sentido estricto (o ponderación)
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