¿Qué responsabilidad tendrían los comediantes que «bromearon» sobre la agresión sexual a una menor?

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Una vez más, Hablando Huevadas recibe duras críticas por los comentarios de Ricardo Mendoza, uno de sus integrantes, quien conduce el programa Complétala, al lado de la comediante Norka Gaspar. En este último programa los cómicos bromearon sobre la presunta agresión sexual a una niña en el transporte público.

El vídeo original fue eliminado de la plataforma de YouTube; sin embargo, diversos usuarios en redes sociales extrajeron estos clips:

  • Conductora: Yo he visto a una niña llorando en el micro, había un huevo de gente y ella lloraba, ¿Por qué llora esta cojuda? resulta que había un señor que estaba atrás de ella y se había sacado el pene y estaba haciendo que la niña le rasque los huevos.
  • Ricardo Mendoza: qué estás hablando… maldito hijo de p*** se que me estás viendo, maldito hijo de p***. Gracias por verme.
  • Conductora: Comencé a abrir mi lonchera…
  • Ricardo Mendoza: Me lo como… 
  • Ricardo Mendoza: Jaja… Si la niña no lo quiere…(Risas) Noooo, qué dije, qué dije (Risas)
  • Conductora: Yo saqué mi cuchillo y le iba a clavar el cuchillo en el pene.
  • Ricardo Mendoza: Ah, para llevar era.
  • Conductora: Ya le iba a clavar, me paro con el cuchillo y al viejo se le ven los huevos y el pene y comencé a gritar “cochino de mierda, te voy a cortar esa huevada”.
  • Ricardo Mendoza: No se había lavado la pichula…

[…]

  • Ricardo Mendoza: Uno tiene que ver a quien le saca el huevo y a quien no.
  • Conductora: Y la niña seguía llorando y sentía vergüenza porque todo el mundo la estaba mirando.
  • Ricardo Mendoza: Y no se había maquillado (la niña).

Tras la difusión de estos vídeos, cientos de cibernautas atiborraron Twitter con severas críticas contra los discursos de Ricardo Mendoza, cómico de Hablando Huevadas.

La exministra de la Mujer, Rosario Sasieta exigió que el Ministerio Público inicie una investigación de oficio contra el comediante y enfatizó: “Todo tiene un límite”.

Exigimos que a estos miserables que se han burlado del ultraje sexual a una niña les sea abierta una investigación fiscal inmediatamente. Todo tiene un límite.

Al respecto, es importante recordar que ningún derecho es absoluto, por ende, el derecho de libertad de expresión no es ilimitado, pues no son admisibles los estados de libertad de expresión irrestrictos.

¿Delito de omisión de denuncia?

La comediante del vídeo, Norka Gaspar, narró haber sido testigo de una agresión sexual contra una menor en el bus. Sin embargo, pese a presenciar el presunto hecho delictivo no presentó denuncia ante la Policía o la Fiscalía. ¿Podría configurar delito de omisión de denuncia (artículo 407 del Código Penal)?

El que omite comunicar a la autoridad las noticias que tenga acerca de la comisión de algún delito, cuando esté obligado a hacerlo por su profesión o empleo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.

La respuesta es negativa; ya que la denuncia penal es una facultad de la que goza cualquier persona, pero solo es una obligación, de forma excepcional, para determinados sujetos, como los médicos, los educadores, los funcionarios públicos y otros señalados expresamente en la norma. Solo estas personas son susceptibles de ser procesadas y condenadas por el referido delito de omisión de denuncia.

Si bien puede exigirse sensibilidad ante estos casos y una participación activa para evitar abusos contra menores de edad, la comediante que atestiguó el presunto hecho punible no podría ser sujeto activo del delito.

Asimismo, el abogado constitucionalista Renato Sotelo sostuvo que la historia podría ser inventada y pertenecer el género de la ficción y la posibilidad de verificar si la historia es real o ficticia es improbable.

¿Delito de apología a la violencia contra la mujer?

Lo comediantes podrían ser denunciados por el delito de apología, cuya pena máxima es de cuatro años de cárcel, recogido en el primer párrafo del artículo 316 del Código Penal.

Artículo 316. Apología.- El que públicamente exalta, justifica o enaltece un delito o a la persona condenada por sentencia firme como autor o partícipe, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de cuatro años.

La actitud del cómico también vulneraría también la Ley 30364, que tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra los niños.

Es importante recordar que, en 2018, la Defensoría del Pueblo solicitó a la Fiscalía investigar a un cómico ambulante por apología de la violencia a la mujer.

Así, nuestro Código Penal sanciona entre uno y cuatro años de pena privativa de la libertad el delito de apología, es decir, “el que públicamente hace la apología de un delito o de la persona que haya sido condenada como su autor o partícipe”.

Sin embargo, hasta el momento no se conocen sentencias condenatorias por este delito, por su complejidad probatoria. Además, el especialista Renato Sotelo también advierte los peligros que surgen de los tipos penales de apología. Vea la entrevista completa a continuación.

Las normas comunitarias de Youtube

Por otro lado, la plataforma de Youtube contiene un apartado para reportar los vídeos que inciten al odio o promuevan la violencia, de manera que los usuarios de internet podrían reprochar estos contenidos al considerarlos excesivos y denigrantes.

Así, la plataforma de vídeos contempla estas limitaciones a quienes promuevan posturas contra personas o grupos en función a la edad, casta , discapacidad, etnia, identidad y expresión de género, nacionalidad, raza, estado de inmigración, religión, sexo/género, orientación sexual, víctimas de un evento violento importante y sus familiares, condición de excombatiente de guerra.

La agresión sexual contra la menor que motivó la “broma” de los comediantes calzan en la causal que YouTube considera para limitar un vídeo o eventualmente, eliminar el canal. Así lo precisa:

¿Qué sucede si el contenido infringe esta política?

Si tu contenido infringe esta política, lo quitaremos y te enviaremos un correo electrónico para informarte sobre ello. Si es la primera vez que infringes los Lineamientos de la Comunidad, es posible que recibas una advertencia en tu canal, pero no una penalización. Si no es la primera vez, podemos aplicar una falta al canal. Si recibes 3 faltas en un período de 90 días, se cerrará tu canal. Consulta este artículo para obtener más información sobre nuestro sistema de faltas.

Podremos dar de baja tu canal o cuenta debido a infracciones reiteradas de los Lineamientos de la Comunidad o las Condiciones del Servicio. Es posible que también lo hagamos debido a un único caso de abuso grave o si el canal se dedica al incumplimiento de políticas. Consulta este artículo para obtener más información sobre la baja de canales o cuentas.

Si creemos que el contenido parece incitar al odio o a la violencia, limitaremos las funciones de YouTube disponibles en él. Puedes obtener más información sobre este tema aquí.

Por otro lado, el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño protege a los niños de los tratos negligentes, abusos físicos y mentales.

Artículo 19: 1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo

Por su lado, la Convención Interamericana de Derechos Humanos establece en su artículo 13.4, ciertas excepciones por las cuales es posible limitar la libertad de expresión cuando refieran a niños:

4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional».

Mira aquí el vídeo completo:

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