Reniec: personas con urgencias médicas podrán tramitar DNI de forma gratuita [Res. 000047-2021/JNAC/Reniec]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 19 de marzo de 2021.

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A través de la Resolución Jefatural 000047-2021/JNAC/Reniec, publicado en el diario oficial El Peruano, aprueban que personas con urgencias médicas puedan tramitar DNI de forma gratuita.


Autorizan gratuidad a nivel nacional en diversos procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del documento nacional de identidad para personas con urgencias médicas, y de renovación y duplicado para casos de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000047-2021/JNAC/RENIEC

Lima, 17 de marzo de 2021

VISTOS:

Las Hojas de Elevación Nº 000018-2021/GRIAS/RENIEC (06FEB2021), Nº 000024-2021/GRIAS/RENIEC (17FEB2021) y Nº 000035-2021/GRIAS/RENIEC (08MAR2021) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe Nº 000001-2020/GRIAS/SGFI/RENIEC (09ENE2021) y la Hoja de Elevación Nº 000007-2021/GRIAS/SGFI/RENIEC (09ENE2021) de la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe Nº 000035-2021/GRIAS/SGRI/RENIEC (08MAR2021) de la Sub Gerencia de Registro Itinerante de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación Nº 000018-2021/GPP/RENIEC (15ENE2021) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000008-2021/GPP/SGPL/RENIEC (14ENE2021) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000035-2021/GPP/SGP/RENIEC (15ENE2021) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000228-2021/GRI/RENIEC (19FEB2021) de la Gerencia de Registros de Identificación; los Memorando Nº 000087-2021/GG/RENIEC (04FEB2021), Nº 000124-2021/GG/RENIEC (24FEB2021) y Nº 000144-2021/GG/RENIEC (10MAR2021) de la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 000010- 2021/GAJ/SGAJR/RENIEC (06FEB2021) y los Informes Nº 000049-2021/GAJ/SGAJR/RENIEC (08FEB2021), Nº 000071-2021/GAJ/SGAJR/RENIEC (25FEB2021) y Nº 000099-2021/GAJ/SGAJR/RENIEC (12MAR2021) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000077-2020/GAJ/RENIEC (06FEB2021), Nº 000079-2021/GAJ/RENIEC (08FEB2021), Nº 000127-2021/GAJ/RENIEC (25FEB2021) y Nº 000178-2021/GAJ/RENIEC (12MAR2021) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;

Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por éste, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice;

Que en virtud a lo establecido en el artículo 204º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016), la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad; considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; teniendo asimismo a su cargo la formulación y ejecución de los planes institucionales contra la indocumentación;

Que mediante Resolución Jefatural Nº 18-2020/JNAC/RENIEC (03FEB2020), se dispuso autorizar la gratuidad a nivel nacional en los procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del documento nacional de identidad para personas con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten afiliarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada; así como la renovación y duplicado para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada, a partir del primer día hábil de enero hasta el 31 de diciembre del 2020;

Que en virtud a ello, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, mediante los documentos de vistos, manifiesta que corresponde emitirse la resolución jefatural que disponga continuar, para el año 2021, con la gratuidad de los procedimientos registrales indicados en el considerando que antecede;

Que por su parte, la Gerencia de Registros de Identificación, mediante documento de vistos, señala que la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) para las personas con urgencias médicas, en situación de vulnerabilidad y exclusión social –cuya situación de urgencia y/o vulnerabilidad se encuentren debidamente justificadas– se efectúen con un sentido de urgencia no solo en el procesamiento para la emisión del DNI, sino que esa misma prioridad se disponga para todo el proceso de emisión; esto es, desde la captura del trámite del DNI hasta la entrega del mismo;

Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos señala que lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser financiado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social para el año 2021, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social;

Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente;

Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía;

Que la Jefatura Nacional es el Órgano de la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, a cargo del Jefe Nacional quien se constituye en la máxima autoridad de la Institución y tiene entre sus diversas funciones y atribuciones, “emitir Resoluciones Jefaturales y otras disposiciones administrativas de la Institución”, conforme lo establece el artículo 15 literal j) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC y sus modificatorias; y,

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad a nivel nacional en los procedimientos de inscripción, duplicado, renovación y rectificación de datos del documento nacional de identidad para personas con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten afiliarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada, durante el año 2021, según formato Anexo 01, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Autorizar la gratuidad en procedimientos de renovación y duplicado del documento nacional de identidad, tramitados a nivel nacional, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada, durante el año 2021, según formato Anexo 02, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer que la emisión del documento nacional de identidad (DNI) para los procedimientos descritos en los artículos que anteceden para el año 2021, se efectúe de manera prioritaria desde la captura del trámite, el procesamiento y entrega del DNI. Para dicho efecto la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, la Gerencia de Registros de Identificación y la Gerencia de Operaciones Registrales coordinan internamente las atenciones solicitadas.

Artículo Cuarto.- Autorizar la gratuidad en el cambio de lugar de entrega del Documento Nacional de Identidad, siempre que se haya tramitado conforme los artículos precedentes.

Artículo Quinto.- Las gratuidades otorgadas mediante la presente Resolución Jefatural sólo procederán en campañas o jornadas de documentación itinerante de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social.

Artículo Sexto.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en los artículos precedentes, será financiado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social para el año 2021, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo Séptimo.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Operaciones Registrales, Tecnología de la Información, Administración, Planificación y Presupuesto y Registro de Identificación.

Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional

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