Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 29 les dejamos aquí estas 17 preguntas sobre test de ponderación del temario del Profa 29.° ¿Se animan a resolver las preguntas?
LP resolverá estas preguntas con los mejores especialistas en el Curso de preparación para el examen Profa (martes, jueves y sábados). Si se inscribe hasta el 8 de enero recibirá libros y otros beneficios gratis. Más información AQUÍ.
Preguntas sobre test de proporcionalidad
1. Cuanto mayor es el grado de la no satisfacción o de la afectación de un principio, tanto mayor tiene que ser la importancia de la satisfacción del otro. Nos referimos al:
a. Subprincipio de idoneidad.
b. Subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto.
c. Subprincipio de necesidad.
d. Ninguna de los anteriores.
2. La verificación de una medida alternativa, satisfactoria y menos lesiva para la finalidad pretendida en el caso en concreto corresponde a la definición del:
a. Subprincipio de idoneidad.
b. Subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto.
c. Subprincipio de necesidad.
d. Ninguna de los anteriores.
3. La acreditación de una relación entre el medio adoptado y el fin propuesto se denomina:
a. Subprincipio de idoneidad.
b. Subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto.
c. Subprincipio de necesidad.
d. Ninguna de los anteriores.
4. El test de proporcionalidad se basa en un juicio de ponderación de bienes constitucionales. Según el Tribunal Constitucional, incluye los siguientes criterios:
a. Examen de idoneidad, examen de necesidad y examen de proporcionalidad en sentido estricto.
b. Examen de funcionalidad, examen de idoneidad y examen de proporcionalidad en sentido lato.
c. Examen de legalidad, examen de necesidad y examen de correspondencia constitucional.
d. Examen de funcionalidad, examen de adecuación normativa y examen de necesidad.
5. El derecho a probar es un derecho fundamental que forma parte del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. En ese sentido, si el juez advierte que una norma que debe aplicar al caso concreto restringe el derecho fundamental a probar, ¿qué debería hacer el juez?
a. Inaplicar la norma que restringe el derecho fundamental a la prueba.
b. Someter la norma al test de ponderación.
c. Aplicar la norma porque los derechos fundamentales admiten restricciones.
d. Se debe verificar que la prueba sea la pertinente para el caso, a fin de determinar si la admite o no.
Distinción entre reglas y principios
6. Según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano, ¿cómo se diferencian las reglas de los principios?
a. Las reglas son menos importantes que los principios.
b. Las reglas son aplicables de manera absoluta, mientras que los principios pueden ser ponderados.
c. Los principios son aplicables solo en casos excepcionales.
d. Las reglas no requieren interpretación.
Inscríbete aquí Más información
7. ¿Cuál es una consecuencia práctica de la distinción entre reglas y principios en la jurisprudencia peruana?
a. Los principios pueden ser anulados por decisiones judiciales.
b. Las reglas siempre prevalecen sobre los principios.
c. Los principios permiten una mayor flexibilidad y adaptabilidad en la aplicación del derecho.
d. Las reglas son interpretadas sin considerar los principios.
Distinción entre subsunción y ponderación
8. ¿Qué característica define mejor el proceso de subsunción?
a. Evaluación de valores y principios en conflicto.
b. Aplicación directa de una norma a un caso concreto.
c. Análisis contextual de circunstancias específicas.
d. Ponderación de intereses y derechos.
9. ¿En qué situación es más probable que se utilice la ponderación en lugar de la subsunción?
a. Cuando las normas son claras y no hay conflictos.
b. En la resolución de casos con derechos fundamentales en conflicto.
c. En la aplicación automática de normas preexistentes.
d. Cuando no se requiere interpretación judicial.
10. De las siguientes alternativas, ¿cuál es una crítica común al método de subsunción en la teoría jurídica?
a. Es demasiado subjetivo.
b. Puede ser insuficiente para resolver casos complejos.
c. No considera el texto literal de las normas.
d. Requiere un alto grado de discreción judicial.
11. Según la doctrina peruana, ¿cuál es el objetivo principal de la ponderación?
a. Aplicar estrictamente las normas legales.
b. Resolver conflictos entre principios o derechos fundamentales de manera equilibrada.
c. Evitar la interpretación judicial.
d. Seguir una metodología rígida y formalista.
12. ¿Qué diferencia fundamental existe entre la subsunción y la ponderación?
a. La subsunción es más flexible que la ponderación.
b. La ponderación siempre se basa en un análisis literal de las normas.
c. La subsunción se aplica en casos claros, mientras que la ponderación se usa en casos donde hay conflicto de principios.
d. No hay diferencia significativa entre ambos métodos.
El test de ponderación
13. ¿Cuál es el objetivo principal del test de ponderación en el contexto jurídico?
a. Identificar normas inconstitucionales.
b. Ponderar derechos fundamentales en conflicto y encontrar una solución equilibrada.
c. Determinar la validez de una norma según la moral.
d. Aplicar la ley de manera literal y sin interpretaciones.
14. ¿Qué criterio es fundamental para el primer paso del test de ponderación según la jurisprudencia peruana?
a. Evaluación de la importancia de los intereses en conflicto.
b. Análisis de la proporcionalidad estricta.
c. Determinación de la relación entre medios y fines.
d. Consideración de la independencia judicial.
15. En el test de ponderación, ¿qué se entiende por el principio de idoneidad?
a. Que la medida adoptada no debe afectar los derechos fundamentales.
b. Que la medida adoptada debe ser adecuada para alcanzar un objetivo legítimo.
c. Que la medida debe ser lo menos restrictiva posible.
d. Que los jueces no pueden intervenir en casos de derechos fundamentales.
16. Marque la alternativa correcta. Es una crítica común al uso del test de ponderación en el derecho constitucional:
a. Es demasiado rígido y formalista.
b. No considera suficientemente la importancia de los derechos fundamentales.
c. Puede llevar a decisiones judiciales arbitrarias debido a la subjetividad en la valoración.
d. No permite una interpretación adecuada de las leyes.
17. ¿Cuál es el último paso del test de ponderación?
a. Análisis de la idoneidad de la medida.
b. Evaluación de la proporcionalidad en sentido estricto.
c. Consideración de la legitimidad del objetivo perseguido.
d. Determinación de la constitucionalidad de la norma.
LP resolverá estas preguntas con los mejores especialistas en el Curso de preparación para el examen Profa (martes, jueves y sábados). Si se inscribe hasta el 8 de enero recibirá libros y otros beneficios gratis. Más información AQUÍ.
![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala Penal absuelve a imputados por video de sembrado de arma de fuego por policías [Exp. 4573-2025-40]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Los servicios privados de salud también están sujetos al deber estatal de supervisión y fiscalización, pues, si bien la atención sanitaria es ofrecida primariamente por el Estado, las personas continúan bajo su cuidado y protección [Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador, f. j. 184]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![A diferencia de los aportes reglamentarios, que son concesiones gratuitas a favor del Estado, el equipamiento urbano puede mantener su naturaleza de propiedad privada si no ha sido transferido formalmente mediante un proceso de habilitación urbana o expropiación; la clasificación de un predio como equipamiento no determina, por sí sola, su titularidad pública, sino la misma debe verificarse del procedimiento de habilitación urbana [Resolución 2017-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El cese laboral resulta válido cuando el trabajador percibe simultáneamente remuneración y jubilación anticipada, pues la jubilación constituye causa justa de extinción del vínculo laboral en los sectores público y privado [Casación 16297-2014, Ica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VIVO] Clase modelo sobre El animus domini en la presripción adquisitiva. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-mario-solis-cordova_El-animus-domini-en-la-presripcion-adquisitiva-218x150.jpg)
![Suegra no puede desalojar a su nuera si la edificación construida por esta y su esposo en el segundo piso del inmueble fue realizada luego de que el cónyuge recibió un anticipo de legítima mediante el cual su madre le transfirió la propiedad de los aires del primer piso. Así, la posterior donación con la que el hijo devuelve a su madre lo adquirido por el anticipo no afecta la presunción de dicha edificación como bien social, por lo que la demandada mantiene un título que justifica su posesión [Exp. 00102-2021-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-posesion-titulo-casa-vivienda-divorcio-familia-separacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)


![JNJ: Cesan del cargo a Francisco Távara por haber cumplido 75 años [Res. 330-2026-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/Francisco-Tavara-jnj-LPDerecho-218x150.jpg)

![No tiene legitimidad para obrar el postor que impugna un procedimiento de contratación si lo que pretende es que la buena pro la obtenga otro postor y no él mismo (postor que quedó en cuarto lugar cuestionó al adjudicatario y al que quedó en tercer lugar, menos al segundo) [Res. 588-2026-TCP-S3, ff. jj. 14, 16-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-324x160.jpg)

![JNJ: Cesan del cargo a Francisco Távara por haber cumplido 75 años [Res. 330-2026-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/Francisco-Tavara-jnj-LPDerecho-100x70.jpg)


![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-100x70.jpg)
![Corte IDH: La participación política en materia climática se extiende a la elaboración de políticas y a la participación directa en la toma de decisiones en estrategias de mitigación, adaptación, gestión de riesgo, financiamiento, cooperación internacional y reparación de daños [OC-32/25, ff. jj. 532, 535-536]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)