El Poder Judicial condenó a Janet Mireya Zevallos Salazar por el delito contra la fe pública en la modalidad de suplantación de identidad. La sentencia comprende dos años y seis meses de prisión suspendida; por tanto, deberá cumplir reglas de conducta y efectuar el pago de una reparación civil.
El Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, a cargo del fiscal provincial Jonathan Cirilo Portillo Vela, formuló la denuncia contra Zevallos Salazar por crear un perfil falso en Facebook.
Detalles
El Ministerio Público informó que la ciudadana usó el nombre e imágenes de su víctima, quien se enteró porque una colega de trabajo le comentó acerca de las fotografías personales en el nuevo perfil. El hecho estaría vinculado con una antigua relación sentimental.
Como elementos de convicción, el fiscal presentó el lazo directo de la titularidad de la línea telefónica de la sentenciada y la creación del perfil en Facebook, además de la conservación de dicho perfil falso.
Así, el Ministerio Público destacó su compromiso por sancionar, y sobre todo prevenir, la conducta delictiva que afecta los sistemas y datos informáticos mediante el uso de la tecnología. La finalidad siempre será proteger la privacidad, integridad y derechos de las personas.
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¿Cuáles son los delitos contra la fe pública?
La fe pública es un bien jurídico que se expresa como la aceptación de autenticidad que brinda una comunidad a los documentos o certificaciones oficiales. Las acciones, entonces, que atentan contra este principio son:
- Falsificación de documentos: supresión, destrucción u ocultamiento de los mismos, falsedad ideológica y otros.
- Falsificación de sellos, timbres y marcas oficiales, como las estampillas.
- Falsedad genérica, o la alteración de la verdad en su forma básica y agravada.
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