El Congreso, a través de la Procuraduría, presentó una apelación contra la resolución del Poder Judicial que ordenó el otorgamiento de una pensión vitalicia a favor del expresidente Pedro Castillo Terrones. La medida busca revertir la decisión judicial que reconoció dicho beneficio al exmandatario.
La Procuraduría del Congreso señaló que «ello colisiona directamente con el mandato del artículo 2 de la Ley 26519». En consecuencia, precisó:
Nuestra pretensión impugnatoria es que el Superior Jerárquico revoque la apelada y declare la nulidad de la misma, por la vulneración al deber de motivación y a la tutela procesal efectiva, ordenándose la emisión de un nuevo pronunciamiento, o alternativamente que se revoque la sentencia y se declare infundada la demanda, por no haberse vulnerado los derechos que se alegan en la demanda, así como el derecho de igualdad, de aplicación por su judicatura.
Mediante una resolución fechada 10 de septiembre, el Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima declaró fundada la demanda presentada por la defensa del exmandatario contra el Parlamento y ordenó emitir un nuevo pronunciamiento que debe otorgar al exmandatario la pensión correspondiente.
En su recurso de amparo, Castillo Terrones alegó que al expresidente Alberto Fujimori sí se le ha otorgó la pensión vitalicia, «señalando que el mismo Artículo 2 de la Ley 26519 atentaría el derecho a la presunción de inocencia».
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Aunque no existe una resolución administrativa al respecto, precisa el documento, existe e la copia simple de una boleta mediante la cual se efectúa el pago a nombre de Alberto Fujimori Fujimori de fecha 31 de julio de 2024.
Por lo tanto, el Juzgado concluyó se vulneró el derecho a la igualdad de Castillo Terrones. «La parte demandada, solo ha afirmado que el otorgamiento de la pensión se encuentra paralizado, más no ha acreditado su dicho con algún medio probatorio o resolución administrativa emitida por su institución», complementó.
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