Estimados colegas, en esta oportunidad compartimos con ustedes un modelo de ordenanza regional.
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ORDENANZA REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL […]-2022/GOB.REG.[…]-CR
El Consejo Regional […]
ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Por cuanto:
[…]
Visto:
Considerando:
[…]
[…]
De conformidad, […]
Estando, […]
ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo primero. […]
Artículo segundo. […]
Comuníquese al Sr(a). gobernador(a) del Gobierno Regional […] para su promulgación.
En […] a los […] días del mes de […] de dos mil […]
[Colocar firma del consejero delegado]
Por tanto:
Mando se registre, publique, cumpla y archive.
Dado en la sede del Gobierno Regional […] el […].
[Colocar firma del gobernador regional]
Ordenanza Regional que declara de necesidad pública e interés regional la creación del Consejo de Coordinación Multisectorial Regional […]
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ORDENANZA REGIONAL 001-2022-CR-RL
El gobernador regional de Lima
Por cuanto:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su sesión del día […] en la ciudad de […] ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Visto:
El Oficio […] de fecha […], suscrito por el gobernador regional de Lima, mediante el cual remite el Proyecto de Ordenanza Regional que declara de necesidad pública e interés regional la creación del Consejo de Coordinación Multisectorial Regional […].
Considerando:
El artículo 191 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos 2 y 3 de la Ley 27867 (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias), señala que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a la Ley.
[…]
Mediante el Informe […] de fecha […], la Gerencia Regional de Desarrollo Social formula la propuesta de Ordenanza Regional que declara de necesidad pública e interés la creación del Consejo de Coordinación Multisectorial Regional de […], la cual ha sido sustentada a través del Informe […] de fecha […] ante las circunstancias generadas por la presencia del […].
Mediante el Informe […] de fecha […], la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica ha emitido una opinión legal, la cual indica que, en mérito al numeral 8.4, artículo 8, del Decreto Supremo 044-2020-PCM, existe marco normativo para que mediante Ordenanza Regional se declare de necesidad pública e interés regional la creación del Consejo de Coordinación Multisectorial Regional de […].
En uso de las facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, artículos 13, 15, 37 y 38 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27783, Ley Bases de la Descentralización, y conforme con el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
Ordenanza Regional que declara de necesidad pública e interés regional la creación del Consejo de Coordinación Multisectorial Regional de […]
Artículo primero. Declaración. Declarar de necesidad pública e interés regional la creación del Consejo de Coordinación Multisectorial Regional de Lucha contra el COVID-19-CCIRL del Gobierno Regional de Lima.
Artículo segundo. Creación. Crear el Consejo de Coordinación Multisectorial Regional de Lucha contra el COVID-19-CCIRL del Gobierno Regional de Lima, el mismo que estará en vigencia mientras dure la emergencia sanitaria a nivel nacional para el control del COVID-19.
Artículo tercero. Miembros. Queda establecido que quienes conforman el Consejo de Coordinación Multisectorial Regional de Lucha contra el COVID-19-CCIRL del Gobierno Regional de Lima son los siguientes miembros:
Gobernador regional, quien lo presidirá
Presidente del Consejo Regional, quien ejercerá la vicepresidencia
Gerente regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
Gerente regional de Desarrollo Social […]
Artículo cuarto. Reglamentación. Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la reglamentación de la presente Ordenanza Regional que crea al Consejo Regional.
Artículo quinto. Encargar a la Gerencia General Regional que se disponga el trámite de la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el diario de mayor circulación y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima. gob.pe).
Artículo sexto. Encomendar a la Secretaría General notificar la presente Ordenanza Regional a los miembros del referido Consejo de Coordinación antes señalado.
Artículo sétimo. La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
En […], al día uno del mes de noviembre de dos mil veintidós
Por tanto:
Comuníquese al Sr. gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.
[…]
Presidente del Consejo Regional
Mando se comunique, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de […], sede central del Gobierno Regional de Lima, a los un (1) día del mes de noviembre de dos mil veintidós.
[…]
Gobernador regional de Lima
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Fuente: Pacori Cari, J.(2023). Curso de redacción administrativa. LP: Lima, pp. 79-82.


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