Estimados colegas, en esta oportunidad compartimos con ustedes un modelo de demanda contencioso administrativa de cumplimiento de silencio positivo.
El modelo forma parte del libro Curso de redacción administrativa, el cual ha sido elaborado por el docente José María Pacori Cari, quien forma parte de nuestra plana docente en el Diplomado Derecho administrativo, procedimiento sancionador y gestión pública. Hasta el 10 de enero tienen el beneficio de recibir gratis dos libros y el pago en dos cuotas.

DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE CUMPLIMIENTO DE SILENCIO POSITIVO (RESOLUCIÓN FICTA)
El administrado presenta una solicitud que, según el TUPA institucional, al no ser resuelta en el plazo de ley, será aprobada por silencio positivo. Es del caso que, al generarse el silencio positivo, se reputa la existencia de una resolución ficta. El conflicto se genera cuando la autoridad no desea cumplir con esta resolución ficta, por lo que el administrado se ve en la necesidad de recurrir al proceso contencioso administrativo de cumplimiento.
Expediente : […]
Secretario : […]
Cuaderno : Principal
Escrito : 01-2022
Sumilla: Demanda contencioso administrativa de cumplimiento
Sr. juez especializado en (civil, laboral o contencioso administrativo):
El demandante, [indicar nombres y apellidos del demandante], con DNI […], con domicilio real en […], con domicilio procesal en […], con domicilio electrónico […], a Ud., respetuosamente, expone:
I. De los demandados y su dirección domiciliaria
[Indicar la denominación de la entidad], debidamente representado por [indicar el cargo, nombres y apellidos del funcionario titular de la entidad], a quien se le deberá notificar en […].
II. Petitorio
Como pretensión principal, el administrado interpone demanda contencioso administrativa de cumplimiento para que se ordene que los demandados cumplan con ejecutar la resolución ficta que, en silencio administrativo positivo, la demandante estima fundada su solicitud de fecha […], disponiéndose [expresar el objeto que se pretende cumplir, por ejemplo, el respeto a la licencia de funcionamiento de actividad económica].
III. Excepción al agotamiento de la vía administrativa
Al tratarse la presente demanda del cumplimiento de una resolución ficta, el demandante ha cumplido con presentar la reclamación correspondiente y requiere que la entidad demandada cumpla con el acto, cuya ejecución se solicita a través de la presente, según el artículo 20, inciso 2, del TUO de la Ley 27584:
No será exigible el agotamiento de la vía administrativa en los siguientes casos:
[…]
-
- Cuando en la demanda se formule como pretensión la prevista en el numeral 4 del artículo 5 de esta Ley. En este caso el interesado deberá reclamar por escrito ante el titular de la respectiva entidad el cumplimiento de la actuación omitida. Si en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de presentado el reclamo no se cumpliese con realizar la actuación administrativa el interesado podrá presentar la demanda correspondiente.
IV. Actuación impugnable
En el presente caso, se impugna el silencio administrativo negativo, actuación impugnable conforme al artículo 4 del TUO de la Ley 27584: «Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: […] 2. El silencio administrativo, la inercia y cualquier otra omisión de la administración pública».
V. Pretensión contencioso administrativa
Siendo que el silencio positivo genera una resolución ficta, la interposición de la demanda contencioso administrativa tiene por objeto su cumplimiento conforme al artículo 5, inciso 4, del TUO de la Ley 27584:
En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente:
[…]
-
- Se ordene a la administración pública la realización de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme.
VI. Fundamentos de hecho
- El demandante es [indicar presentación simple del demandante].
- Con fecha […], he presentado solicitud para que [indicar el petitorio de la solicitud del demandante].
- Esta solicitud, al no haber sido resuelta, ha generado silencio administrativo positivo conforme al TUPA institucional.
- En efecto, cumpliendo con todos los requisitos previstos en el TUPA, ha operado el silencio positivo que genera la existencia de una resolución ficta que se opone a cumplir la entidad demandada, lo que motiva la presentación de esta demanda.
VII. Fundamentos de derecho
[Indicar la norma sustantiva que tipifica lo solicitado]
VIII. Monto del petitorio
[Indicar a cuánto asciende su petitorio; en caso no sea cuantificable, señalar lo siguiente: «No es cuantificable en dinero»]
IX. Medios probatorios
- Original del cargo de solicitud de fecha […] para acreditar el pedido a la Administración pública
- Original del cargo de reclamación de fecha […] que acredita la excepción al agotamiento de la vía administrativa
- La exhibición que realizará la entidad demandada del expediente administrativo que ha dado al presente proceso
[Los demás medios de prueba que considere pertinentes]
X. Anexos
1-A Copia del documento nacional de identidad del demandante
1-B Cargo de solicitud de fecha […] desestimada por silencio administrativo negativo
1-C Original del cargo de reclamación de fecha […] que acredita la excepción al agotamiento de la vía administrativa
[Indicar los demás documentos que adjuntará a la demanda]
Por lo expuesto:
A Ud. pido admitir la presente demanda.
Primer otrosí. Si bien no es requisito de admisibilidad de la demanda, se propone como vía procedimental la del proceso urgente previsto en el artículo 25 del TUO de la Ley 27584; caso contrario, sirva admitir la demanda en la vía del proceso especial.
Segundo otrosí. Conforme al monto del petitorio, se adjunta arancel judicial por ofrecimiento de pruebas y las correspondientes cédulas de notificación.
Tercero otrosí. Solicito que se dé cumplimiento al artículo 23 del TUO de la Ley 27584 que refiere lo siguiente:
Al admitir a trámite la demanda, el Juez ordenará, de ser el caso, a la Entidad Administrativa, a fin de que el funcionario competente remita copia certificada del expediente con lo relacionado a la actuación impugnada, en un plazo que no podrá exceder de quince días hábiles, con los apremios que el Juez estime necesarios para garantizar el efectivo cumplimiento de lo ordenado, pudiendo imponer a la Entidad multas compulsivas y progresivas en caso de renuencia.
[Indicar lugar], 16 de febrero de 2022
[Colocar firma del demandante y firma del abogado por ser la defensa cautiva]
Descarga el modelo de PDF aquí
Fuente: Pacori Cari, J.(2023). Curso de redacción administrativa. LP: Lima, pp. 446-450.
![Confirman absolución de acusada por autoaborto al no acreditarse que interrumpió intencionalmente su embarazo [Exp.-05351-2023-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)
![El plazo de la investigación es un plazo impropio, por lo que no cabe la nulidad de las diligencias realizadas desde que este cesó (al no importar preclusión o caducidad), sino solo responsabilidad disciplinaria (art. 144 del CPP) [Apelación 402-2024, Corte Suprema, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Posición de garante: Si la médico se percató de que el bebé tenía fiebre, no lactaba y lloraba sin cesar, debió referirlo a un centro especializado (conforme a la guía médica), y no solo sugerir al padre del menor que lo lleve a otro centro; por ende, incrementó el riesgo permitido al incumplir criterios estandarizados de respuesta médica [Apelación 359-2024, Puno, ff. jj. 14 y 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reconocimiento fotográfico: afirmar que el sospechoso tiene rasgos físicos como «tez trigueña» y «cabello semicresco» carece de suficiente capacidad individualizados porque esos datos son genéricos y pueden aparecer en cualquier ciudadano [RN 718-2025, Piura]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Prescripción adquisitiva: No corresponde exonerar al demandante de presentar planos visados, si no prueba que el municipio le negó expresamente otorgarle el visado [Casación 28589-2025, Selva Central]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cualquier notario del país tiene competencia territorial para formalizar actos de disposición o gravamen sobre predios de personas naturales, siempre que utilice biometría Reniec [Res. 1522-2026-SUNARP-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Cinco consideraciones para interpretar la vigencia de la convención colectiva según el inciso c) del artículo 43 del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo [Casación 4448-2023, Ica, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Medidas de presión civil: REDAM y salida del país. (sábado, 02 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/7d110640-e53f-433e-a8e9-96842bb9749c-218x150.jpg)
![[VIVO] Omisión de alimentos y ambito penal (sábado, 09 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/e8df14bc-69c2-4bbb-9ac2-2623be1034b5-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre El paso a paso en la audiencia única de alimentos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-juan-carlos-arenas_El-paso-a-paso-en-la-audiencia-unica-de-alimentos-218x150.jpg)



![Defensa ineficaz del defensor público: Si el imputado acepta una conclusión anticipada sin comprender sus consecuencias —como la ejecución real de la pena— se vulnera su derecho a la defensa eficaz [Expediente 00947-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![JNE declara fundada apelación de candidata al Senado por Fuerza Popular [Resolución 0851-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_JNE-DECLARA-INVIABLE-ELECCIONES-COMPLEMENTARIAS_LP-218x150.jpg)
![Servir: directiva para ordenar procesos de selección en el servicio civil [Resolución 000064-2026-Servir-PE] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)
![Crean programa nacional para erradicar cultivos ilegales de coca en zonas estratégicas [Decreto Supremo 003-2026-IN] drogas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/trafico-de-drogas-narcotrafico-incautacion-LP-Derecho-1-218x150.png)
![Normas reglamentarias para incluir a personas con discapacidad en la alerta Amber [Decreto Supremo 004-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/11/Alerta-amber-LPDerecho-218x150.jpg)
![TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (Decreto Supremo 006-2026-JUS) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)











![¿Alguien retiró dinero de tu cuenta desde un cajero automático? El banco tiene que probar que la operación fue tuya, tú cómo usuario no estás obligado a probar que no la hiciste [Res. 084-2026/CPC-Indecopi-ICA]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Scotiabank por no alertar a cliente de supuesto consumo de S/28 790.30, cuando en los seis meses previos su consumo individual más alto había sido de S/1238.80 [Res. 085-2026/CPC-Indecopi-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)
![¿Alguien retiró dinero de tu cuenta desde un cajero automático? El banco tiene que probar que la operación fue tuya, tú cómo usuario no estás obligado a probar que no la hiciste [Res. 084-2026/CPC-Indecopi-ICA]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Prescripción adquisitiva: No corresponde exonerar al demandante de presentar planos visados, si no prueba que el municipio le negó expresamente otorgarle el visado [Casación 28589-2025, Selva Central]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[VIVO] Medidas de presión civil: REDAM y salida del país. (sábado, 02 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/7d110640-e53f-433e-a8e9-96842bb9749c-100x70.jpg)
![[VIVO] Omisión de alimentos y ambito penal (sábado, 09 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/e8df14bc-69c2-4bbb-9ac2-2623be1034b5-100x70.jpg)

![Multan a Scotiabank por no alertar a cliente de supuesto consumo de S/28 790.30, cuando en los seis meses previos su consumo individual más alto había sido de S/1238.80 [Res. 085-2026/CPC-Indecopi-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

![Multan a colegio por negar matrícula a niño que llevaba el cabello largo por motivos religiosos [Resolucion final 040-2016-CC3-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/multan-a-colegio-por-negar-matricula-a-nino-que-llevaba-el-cabello-largo-por-motivos-religiosos-LPDerecho-324x160.jpg)