Modelo de demanda contencioso administrativa de cumplimiento de acto o ley

3533

Estimada comunidad jurídica, compartimos con ustedes un modelo de escrito para la presentación de demanda contencioso administrativa de cumplimiento de acto administrativo o ley.

Este modelo es de utilidad para el administrado a fin de que se ordene a la Administración que cumpla con una actuación omitida a la que se encuentra obligada por mandato de la ley o acto administrativo y ha sido elaborado por el docente José María Pacori Cari, quien forma parte de nuestra plana docente en el Diplomado Derecho administrativo, procedimiento sancionador y gestión pública. Hasta el 10 de enero tienen el beneficio de recibir gratis dos libros y el pago en dos cuotas.

Para mayor información, escríbenos al 938912197.

DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE CUMPLIMIENTO DE ACTO O LEY

Especialista: […]
Expediente : […]
Cuaderno   : Principal
Escrito        : 01-2022

Sumilla: Demanda contencioso-administrativa

Sr. juez especializado en lo contencioso administrativo[1]:

[Indicar nombres y apellidos del administrado], con DNI […], con domicilio real en […], con domicilio procesal en […], con domicilio electrónico en […]; a Ud., respetuosamente, se expresa:

Interpone demanda en contra de:

I. Nombre y dirección domiciliaria

[Indicar la denominación de la entidad pública] debidamente representado por su titular […], con domicilio para notificaciones en […].

II. Petitorio

En acumulación objetiva originaria:

Como pretensión principal, el administrado solicita que se ordene a la demandada que cumpla con [indicar la actuación omitida por la entidad pública] a la que se encuentra obligada por man- dato de [indicar la ley o acto administrativo incumplido].

III. Actuación impugnable

La actuación impugnable en el presente caso es el inciso 2, artículo 4, del TUO de la Ley 27584, el cual indica lo siguiente: «Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: […] 2. El silencio administrativo, la inercia y cualquier otra omisión de la administración pública».

IV. Pretensión contencioso-administrativa

La pretensión contencioso-administrativa en el presente caso es el inciso 4, artículo 5, del TUO de la Ley 27584, el cual indica lo siguiente:

En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: […] 4. Se ordene a la administración pública la realización de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme.

V. Excepción al agotamiento de la vía administrativa

Se ha cumplido con remitir la reclamación de cumplimiento de la actuación omitida según el inciso 2, artículo 20, del TUO de la Ley 27584, el cual indica lo siguiente:

No será exigible el agotamiento de la vía administrativa en los siguientes casos: […] 2. Cuando en la demanda se formule como pretensión la prevista en el numeral 4 del artículo 5. En este caso el interesado deberá reclamar por escrito ante el titular de la respectiva entidad el cumplimiento de la actuación omitida. Si en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de presentado el reclamo no se cumpliese con realizar la actuación administrativa el interesado podrá presentar la demanda correspondiente.

VI. Fundamentos de hecho

1. Con fecha […], se ha emitido el acto administrativo contenido en la Resolución […] en la cual se establecía lo siguiente: […].

2. Sin embargo, pese al transcurso del tiempo, no se cumple con el referido acto administrativo, razón por la cual con fecha […] el administrado y su representante cursan el escrito de reclamación para que la entidad pública cumpla con el referido acto administrativo.

3. En efecto, transcurrido más de 15 días hábiles sin que se dé cumplimiento al acto administrativo indicado, el administrado y su representante han optado por solicitar vía demanda el cumplimiento del referido acto administrativo.

Conforme a esto se debe declarar fundada la demanda interpuesta.

VII. Fundamentos de derecho

El inciso 4, artículo 5, del TUO de la Ley 27584 indica lo siguiente:

En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: […] 4. Se ordene a la administración pública la realización de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme.

[Proceda a indicar los demás fundamentos jurídicos que sustentan su pretensión. Tenga presente que las casaciones y sentencias del Tribunal Constitucional también constituyen fundamentos de derecho]

VIII. Monto del petitorio

Debido a la naturaleza de la pretensión, no es cuantificable en dinero.

IX. Medios probatorios

1. Copia certificada de la Resolución […], la cual es el acto administrativo cuyo cumplimiento se solicita

2. Escrito de reclamación presentado el […] con la finalidad de acreditar que luego de transcurrido 15 días hábiles no se ha dado cumplimiento al acto administrativo indicado

[…]

[Proceda a indicar los demás medios de prueba que considere necesarios para acreditar su pretensión; estos pueden ser documentos, declaraciones de parte, declaraciones de testigos, pericias, inspecciones judiciales, entre otros]

X. Anexos

1-A Copia de documento nacional de identidad del administrado

1-B Copia certificada de la Resolución […]

1-C Escrito de reclamación de fecha […]

1-D [Adjuntar toda la prueba documental que ofrezca, también el arancel judicial por ofrecimiento de pruebas y cédulas de notificación][2]

Por lo expuesto:

A Ud. se le pide admitir a trámite la presente demanda.

Primer otrosí. El artículo 23 del TUO de la Ley 27584 establece lo siguiente:

Al admitir a trámite la demanda, el Juez ordenará, de ser el caso, a la Entidad Administrativa, a fin de que el funcionario competente remita copia certificada del expediente con lo relacionado a la actuación impugnada, en un plazo que no podrá exceder de quince días hábiles, con los apremios que el Juez estime necesarios para garantizar el efectivo cumplimiento de lo ordenado, pudiendo imponer a la Entidad multas compulsivas y progresivas en caso de renuencia.

Dentro de este contexto, se le solicita que se disponga la remisión del expediente administrativo relacionado con la actuación impugnable en el presente caso.

Segundo otrosí. Si bien no es requisito de la demanda indicar la vía procedimental, a la presente le corresponde la vía del proceso ordinario, por cuanto por la actuación de pruebas no se acredita la totalidad de requisitos para su tramitación en la vía urgente, conforme al último párrafo del artículo 26 del TUO de la Ley 27584[3] .

Lima, 30 de noviembre de 2022

[Colocar firma del demandante] [Colocar firma del abogado]


[1] Conforme al último párrafo del artículo 11 del TUO de la Ley 27584: «En los lugares donde no exista juez o Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, es competente el Juez en lo Civil o el Juez Mixto en su caso, o la Sala Civil correspondiente». En el caso de ser un trabajador del régimen laboral (DL 276: CAS), también de la Ley del Servicio Civil, el juez competente será el juez especializado de trabajo.

[2] Respecto de los aranceles judiciales, si estamos en un proceso contencioso administrativo laboral, existe la exoneración de pago hasta las 70 URP caso en el cual se pagará el 50 %.

[3] En el modelo que se ofrece en el artículo 25 del TUO de la Ley 27584, contendrá los requisitos que se indican en ese artículo.

Fuente: Pacori Cari, J.(2023). Curso de redacción administrativa. LP: Lima, pp. 179-183.

Descarga el modelo de PDF aquí

Para mayor información, escríbenos al 938912197.
Comentarios: