La Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Bagua, de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, resolvió excluir a tres abogados que ejercían la defensa de procesados por el caso Baguazo. La decisión se adoptó tras la objeción planteada respecto a su vínculo con organizaciones de cooperación internacional, en aplicación de la Ley 32301, conocida como Ley APCI.
Durante la audiencia realizada el 17 de junio de 2025, el colegiado presidido por la jueza superior Gloria Laiza Espinoza, con participación de los magistrados Luis Chavarría y Alejandro Quispe, decidió otorgar un plazo de tres días para que los procesados afectados puedan designar un nuevo abogado de su libre elección.
La sala acreditó la participación del Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto superior Rolando Olivos Bermúdez, y de los abogados defensores Gery Vásquez Cucho, Segundo Herrera Mejía, Milton Rivera Rojas y Juan José Quispe Capacyachi, este último vinculado al Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP). También participó la defensa de la empresa agraviada Petroperú, a cargo de Carlos Herrera Reto.
La Sala tomó en consideración que los propios abogados cuestionados reconocieron su pertenencia a organizaciones relacionadas con la cooperación internacional, lo cual les genera un impedimento legal de acuerdo con la normativa vigente. En la resolución se consignó lo siguiente:
En atención a lo señalado respecto a la objeción planteada por los señores abogados […] sobre su condición como abogados pertenecientes a las organizaciones de relación con la cooperación técnica internacional, en relación con su impedimento previsto en la Ley 32301, se otorga el plazo respectivo para que los procesados puedan elegir la defensa que corresponda.
En la audiencia, los abogados solicitantes de la inaplicación de la norma alegaron que esta afectaba el derecho de defensa de los acusados. Argumentaron que la disposición sanciona como infracción muy grave «utilizar los citados recursos para asesorar, asistir o financiar, de cualquier forma, acciones judiciales […] contra el Estado Peruano».
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El tribunal dispuso que, en caso de no designarse nuevos abogados, se oficie a la Defensoría Pública de Amazonas para garantizar la defensa técnica. Asimismo, ordenó remitir copias a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), la Superintendencia de la SUNARP y la Unidad de Inteligencia Financiera, como parte de las acciones derivadas.
También se constató que varios de los acusados —entre ellos, Santiago Manuín Valera, Mario Peñaherrera Mego y Teobaldo Culqui Gil— figuran como fallecidos o no habían sido correctamente notificados. Por ello, la sala fijó como fecha límite el 24 de julio de 2025 para la devolución de las cédulas de notificación y dispuso la verificación oficial del fallecimiento para su eventual exclusión del proceso.
Asimismo, el colegiado recalcó que las decisiones adoptadas buscan cautelar el derecho de defensa, el debido proceso y la correcta aplicación de la Ley 32301 conforme a las disposiciones legales vigentes.
Corte Superior de Justicia de Amazonas
Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Bagua
SALA PENAL LIQUIDADORA – SEDE BAGUA
EXPEDIENTE: 00281-2009-0-0102-JR-PE-01
RELATOR: CUIPAL CASARIEGO MIGUEL
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL LIQUIDADOR,
FISCALIA LIQUIDADORA,
IMPUTADO: PIZANGO CHOTA SEGUNDO ALBERTO Y OTROS
DELITO: ACTOS ILÍCITOS
TUYAS GUILLERMO, MIGUEL FAUSTINO
AGIA, ROGELIO VALENTIN
DELITO: SECUESTRO AGRAVAADO Y OTROS.
AGRAVIADO: REPRESENTANTE LEGAL DE LA ESTACION 06 PETRO PERU Y OTROS.
DRA. LAIZA ESPINOZA.
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
PROCESO ORDINARIO – NO INSTALADA.
En la ciudad de Bagua, siendo las 10:30 am del dia 17.06.2025, en la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Bagua, se reunieron los integrantes de la Sala Penal de Apelaciones, en dicion de funciones Penal Liquidadora de Bagua, conformada por Gloria Lucila Laiza (presidenta), por los Jueces Superiores integrantes Luis Arnaldo Chavarria Loli y Alejandro Crispin Quispe; con la asistencia de la Especialista Judicial Elva Garcia Flores; con la finalidad de llevar a cabo el Juicio Oral programada para la fecha, para el Juzgamiento de los acusados Luis Alberto Pizango Chota y otros, por el delito de Secuestro y otros, en agravio de Estacion N° 06 Petroperu y otros. La pre sente audiencia es llevada a cabo mediante el sistema de Hangouts Meet.
DIRECTOR DE DEBATES: Solicita a las partes conectadas a esta audiencia para
su acreditación.
I. ACREDITACIÓN:
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![Reconocimiento fotográfico: afirmar que el sospechoso tiene rasgos físicos como «tez trigueña» y «cabello semicresco» carece de suficiente capacidad individualizados porque esos datos son genéricos y pueden aparecer en cualquier ciudadano [RN 718-2025, Piura]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre el principio de legalidad. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-frank-almanza-altamirano_principio-de-legalidad-218x150.jpg)

![Para determinar si existe desnaturalización de tercerización laboral no es necesario probar la subordinación directa entre el personal y la empresa principal; solo basta con demostrar la falta de autonomía empresarial en su extremo de falta de equipamiento propio [Casación 952-2024, Lima, ff. jj. 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















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