Se ha publicado la Ley 31989, que deroga la disposición complementaria de DL relacionada a la toma de acciones por parte de la PNP contra mineros ilegales con registro suspendido en el Reinfo que usen materiales explosivos.
LEY Nº 31989
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1607 —DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY 30077, LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO— PARA DEROGAR SU DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL PRIMERA
Artículo único. Derogación de la disposición complementaria final primera del Decreto Legislativo 1607, Decreto Legislativo que modifica la Ley 30077, Ley contra el crimen organizado
Se deroga la disposición complementaria final primera del Decreto Legislativo 1607, Decreto Legislativo que modifica la Ley 30077, Ley contra el crimen organizado.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los catorce días del mes de marzo de dos mil veinticuatro.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros