En segunda instancia administrativa, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi confirmó el registro de la marca peruana “MCOIL’S”, solicitada por la empresa Oil Market Recycling E.I.R.L., al determinar que no genera riesgo de confusión con la marca de la cadena mundial de hamburguesas McDonald’s Corporation, pese a la oposición que presentaron.
El caso se originó cuando la empresa peruana solicitó registrar este signo para distinguir aceites y grasas de uso alimenticio. Frente a ello, la empresa estadounidense sostuvo que el uso del prefijo “MC” podía inducir a error a los consumidores o implicar un aprovechamiento indebido de su prestigio en el mercado.
No obstante, la Sala del Indecopi concluyó que el elemento “MC” es de uso común en el mercado y no resulta suficiente, por sí solo, para generar semejanza entre marcas. Además, tras el análisis comparativo, se determinó que los signos en conflicto presentan diferencias relevantes en su conjunto.
Asimismo, la autoridad precisó que los productos que distinguirá “MCOIL’S” —aceites y grasas comestibles— tienen distinta naturaleza y finalidad frente a los servicios asociados a restaurantes que identifica la marca McDonald’s, lo que reduce la posibilidad de confusión en el público consumidor.
En ese sentido, el Indecopi concluyó que no existe riesgo de confusión, asociación ni aprovechamiento indebido del prestigio de la marca opositora, por lo que declaró infundada la oposición y confirmó el registro de la marca peruana.
Fuente: Indecopi
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Propiedad Intelectual
RESOLUCIÓN 0451-2026/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE 52249-2023/DSD
SOLICITANTE: OIL MARKET RECYCLING E.I.R.L.
OPOSITORA: MCDONALD´S CORPORATION
Nulidad de resolución emitida por la Primera Instancia – Facultad para pronunciarse sobre el fondo – Análisis de riesgo de confusión entre signos que distinguen productos y servicios de la clase 29, 30 y 43 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia – Notoriedad de la marca de la opositora – Aplicación del artículo 136 inciso h) de la Decisión 486: No corresponde.
Lima, veinte de marzo de dos mil veintiséis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 5 de diciembre de 2023, Oil Market Recycling E.I.R.L. (Perú) solicitó el registro de la marca de producto constituida por la denominación MCOIL’S y logotipo, para distinguir carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial.
[Continúa …]
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