La Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de La Libertad (FISTRAP, La Libertad) obtuvo sentencia condenatoria de 9 años de pena privativa de libertad en contra de Ángel Dany Plasencia Díaz, por la comisión del delito de cliente del adolescente, en agravio de una menor de 14 años de edad.
En febrero del 2021, el hoy condenado se contactó, a través de la aplicación WhatsApp, con una persona (explotador) que ofertaba los servicios sexuales de menores de edad, para solicitarle tener un encuentro sexual con una menor “tiernita”, a cambio del pago de una suma de dinero.
Ante tal requerimiento el explotador le comentó que tenía a una menor de 14 años (agraviada), ante lo cual el hoy condenado le manifestó que se encontraba de acuerdo, pactando ambos los detalles del encuentro, acordando que Ángel Dany Plasencia Díaz y la menor agraviada primero se reunirían en un parque, para luego dirigirse a un hospedaje, donde mantendrían relaciones sexuales.
Ángel Dany Plasencia Díaz recogió a la menor del parque acordado para luego ambos dirigirse a un hostal; sin embargo, ante la denuncia realizada por la madre de la menor, quien descubrió detalles de dicho encuentro, personal fiscal de la FISTRAP (La Libertad), junto con personal policial del Área de Trata de Personas de la DIVINCRI (Trujillo) realizaron el seguimiento a ambas partes, logrando ubicar el hostal al cual habían ingresado; constituyéndose a la habitación donde ambos se habían hospedado, encontrando a Ángel Dany Plasencia Díaz totalmente desnudo, en compañía de la menor agraviada; por lo que se procedió a su intervención.
El hoy sentenciado, quien se encontraba purgando prisión preventiva en el establecimiento penitenciario El Milagro, continuará en prisión cumpliendo la pena impuesta y, además, deberá pagar una reparación civil ascendente a treinta mil soles a favor de la menor agraviada.
Artículo 129-J.- Cliente del adolescente
El que, mediante una prestación económica o ventaja de cualquier naturaleza tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías con una persona de catorce y menor de dieciocho años, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince ni mayor de veinte años.
El consentimiento brindado por el adolescente carece de efectos jurídicos.
Ministerio Público – Distrito Fiscal de La Libertad
Trujillo, 20 de enero del 2023
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