Declaran fundado pedido de recalificación de delitos contra Guido Aguila, Iván Noguera y César Hinostroza [lea la resolución]

El Juzgado de investigación preparatoria de la Corte Suprema aprobó la disposición de la fiscalía suprema N° 21, que modificó la tipificación de los hechos imputados a los exmiembros del CNM Guido César Aguila Grados, Sergio Iván Noguera Ramos y el destituido juez supremo César Hinostroza Pariachi. Ellos habrían integrado la organización criminal denominada “Los cuellos blancos del Puerto”.

Con esta decisión los exconsejeros serán procesados por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo específico, y no por patrocinio ilegal. Por su parte, el exmagistrado supremo Hinostroza, se le investigará por el delito de tráfico de influencias agravado en agravio del Estado peruano.

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JUZGADO SUPREMO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
PRECISIÓN DE CALIFICACIÓN JURÍDICA
EXP. 00006-2018-0-5001 -JS-PE-01

PROCESADOS: SERGIO IVÁN NOGUERA RAMOS, GUIDO CÉSAR AGUILA GRADOS, CESAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI
DELITOS: PATROCINIO ILEGAL y otros.
AGRAVIADO: EL ESTADO
ESP. JUDICIAL: CLAUDIA M. ECHEVARRÍA RAMÍREZ

RESOLUCIÓN NÚMERO: NUEVE

Lima, veintisiete de marzo de dos mil diecinueve

AUTOS, VISTOS Y OÍDOS; en audiencia pública, et requerimiento del señor Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos sobre Precisión de Calificación Jurídica en la formalización de la investigación preparatoria contra SERGIO IVÁN NOGUERA RAMOS y GUIDO CÉSAR AGUILA GRADOS que sea por el presunto delito de Cohecho Pasivo Específico previsto en el artículo 395 del Código Penal -caso del Fiscal Canahualpa y el caso del Juez Chang Racuay-; y, contra CESAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI que sea por el presunto delito de Tráfico de Influencias Agravado, previsto en el primer y segundo párrafo del artículo 400 del Código Penal -caso del Juez Chang Racuay-; y,

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CONSIDERANDO:

ARGUMENTOS DE LAS PARTES ASISTENTES A LA AUDIENCIA.

-Requerimiento del Fiscal Supremo:

PRIMERO: El representante del Ministerio Público sostuvo que en su Disposición N° 21 del 12 de marzo de 2019, precisa sobre los hechos materia de imputación sobre los investigados César Hinostroza Pariachi, Iván Noguera Ramos y Guido Aguila Grados, tendría otro calificativo jurídico les correspondería Cohecho Pasivo Específico y Tráfico de Influencias Agravado.

Lo requerido tiene base normativa recaída en el artículo 450 inciso 6 del Código Procesal Penal, ya que al advertirse que los mismos hechos tienen otra calificación jurídica puede proceder a peticionar una recalificación correcta lo que respetará el debido proceso.

Así pues, en relación al investigado Sergio Noguera Ramos se le atribuyen los hechos relacionados al caso Telesup, nombramiento como fiscal adjunto del señor Juan Canahualpa, ratificación como juez del señor Ricardo Chang Racuay y la contratación del señor William Franco Bustamante como personal jurisdiccional de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema -todos ellos como delito de Patrocinio Ilegal-; en cuanto al investigado Guido Aguila Grados, se le atribuye los hechos relacionados al nombramiento como fiscal adjunto del señor Juan Canahualpa, ratificación como juez del señor Ricardo Chang Racuay y la mejora de la posición laboral de la señora Verónica Esther Rojas Aguirre – todos ellos por el delito de patrocinio ilegal-; mientras que al procesado César Hinostroza Pariachi, los hechos relacionados a la ratificación como juez del señor Chang Racuay -patrocinio ilegal-, la contratación del sujeto denominado ‘‘Michael’ en la Corte del Callao -patrocinio ilegal-, la contratación de William Franco Bustamante -negociación incompatible- y la existencia de una Organización Criminal.

Empero, de las investigaciones y demás actos procesales realizados se tiene que los casos relacionados al nombramiento como fiscal adjunto del señor Juan Canahualpa, ratificación como juez del señor Ricardo Chang Racuay referidos a los procesados Sergio Noguera y Guido Aguila habría existido una contraprestación de por medio; de otro lado, la ratificación como juez del señor Chang Racuay, el procesado César Hinostroza habría ejercido influencias sobre los consejeros del CNM a cambio de un beneficio.

[Continúa…]

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