La Academia de la Magistratura, en el marco de la edición 29.° del Programa de Formación de Aspirantes (Profa), informó que las inscripciones se podrán realizar desde el 6 de enero hasta el 14 de febrero de 2025, tanto para el primer, segundo, tercer y cuarto nivel de la magistratura.
Lea también: Ya puedes inscribirte a la edición 29 del Profa para aspirantes a magistrados
Así también, entre otros documentos, compartió el temario académico a partir del cual se tomará el examen de conocimientos para cubrir 330 vacantes a nivel nacional. A continuación compartimos el temario de derecho constitucional, sin perjuicio de adjuntar el temario completo AQUÍ.
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EXAMEN DE CONOCIMIENTOS
ADMISIÓN 29.° PROFA
TEMARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL
1. EL PODER CONSTITUYENTE
1.1. El Poder constituyente originario. Concepto y límites.
1.2. El Poder constituyente derivado. Concepto y límites.
1.3. El Poder constituyente en la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
2. EL ESTADO
2.1. Concepto, elementos y formas de Estado.
2.2. La regulación del Estado peruano en la Constitución de 1993.
2.3. El Estado peruano ante el derecho y la jurisdicción internacional.
2.4. El Estado de derecho. Concepto y modalidades.
2.5. El Estado legal de derecho.
2.6. El Estado constitucional de derecho.
2.7. El Estado de derecho en la Constitución peruana y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
A. Los límites al ejercicio del poder público.
B. Los deberes del poder público.
C. El Estado democrático de derecho.
D. El Estado social de derecho.
E. El derecho de insurgencia.
3. LA CONSTITUCIÓN PERUANA COMO CONSTITUCIÓN DEL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO
3.1. La Constitución: concepto, tipología y características que singularizan a una Constitución como norma suprema.
3.2. La constitucionalización de las exigencias de justicia material en la Constitución de 1993.
A. La dignidad humana
B. Los derechos fundamentales expresos: derechos individuales, derechos sociales y derechos políticos.
C. Los derechos fundamentales implícitos.
D. La dignidad humana y los derechos fundamentales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
3.3. La normatividad de la Constitución de 1993
A. El principio de normatividad de la Constitución
B. El principio de unidad de la Constitución
C. El principio de jerarquía normativa
D. Estos principios en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
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4. LAS NORMAS CONSTITUCIONALES Y EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD
4.1. Las normas constitucionales estatuidas por el Constituyente
4.2. Las normas constitucionales estatuidas por las leyes de desarrollo constitucional. La Octava disposición final y transitoria de la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
4.3. Las normas constitucionales estatuidas por las sentencias de desarrollo constitucional del Tribunal Constitucional. Los artículos VI y VII del Nuevo Código Procesal Constitucional y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
4.4. La constitucionalización de las normas convencionales sobre derechos humanos vinculantes para el Perú. La Cuarta disposición final y transitoria de la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
4.5. El bloque de constitucionalidad: concepto, elementos que lo conforman y su papel en la validez de las normas del sistema jurídico.
5. EL PRINCIPIO DE SEPARACIÓN DE PODERES
5.1. Definición, fundamentos y consecuencias para el ejercicio del poder público
5.2. El principio en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
6. EL PODER EJECUTIVO
6.1. Definición y elementos.
6.2. El Gobierno.
A. Concepto y formas de gobierno.
B. Organización, estructura y funciones.
C. El Presidente de la República, el Consejo de Ministros, la Administración Pública.
6.3.Su regulación en la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
7. EL PODER LEGISLATIVO
7.1. Definición, clases y organización interna.
7.2. Funciones del Poder Legislativo.
7.3. El Reglamento del Congreso de la República.
7.4. El Poder Legislativo en la Constitución de 1993. Su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
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8. RELACIONES ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL PODER LEGISLATIVO
8.1. El Presidencialismo.
8.2. El Parlamentarismo.
8.3. La regulación de las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
9. EL PODER JUDICIAL
9.1. Definición y organización interna.
9.2. El papel de la judicatura en un Estado constitucional de derecho.
9.3. Los principios constitucionales y derechos fundamentales relacionados con la función jurisdiccional. El artículo 139 de la Constitución.
9.4. El Poder Judicial en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
10. LOS ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS, SU REGULACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN DE 1993 Y SU INTERPRETACIÓN EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
10.1. El Tribunal Constitucional.
10.2. El Jurado Nacional de Elecciones y el Sistema electoral.
10.3. La Junta Nacional de Justicia.
10.4. El Ministerio Público.
10.5. La Defensoría del Pueblo.
10.6. El Banco Centra de Reserva.
11. REGÍMENES CONSTITUCIONALES RELEVANTES EN LA CONSTITUCIÓN DE 1993 Y SU INTERPRETACIÓN EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
11.1. El régimen constitucional de la función pública.
11.2. El régimen constitucional económico.
11.3. El régimen constitucional tributario y presupuestal.
11.4. El régimen constitucional agrario y las comunidades campesinas y nativas
11.5. El régimen constitucional de excepción. Estado de emergencia y Estado de sitio.
11.6. El régimen constitucional de la seguridad y defensa nacional.
11.7. El régimen constitucional de la descentralización, gobiernos regionales y gobiernos municipales.
11.8.El régimen constitucional de los tratados internacionales.
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12. LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN
12.1. La defensa social, política y jurisdiccional.
12.2. El control de constitucionalidad como defensa jurisdiccional.
12.3. Modalidades de control de constitucionalidad.
12.4. Elementos del control de constitucionalidad:
A. El parámetro de control.
B. El objeto de control.
C. Los controladores de constitucionalidad.
D. Los procesos de control de constitucionalidad.
12.5. La defensa de la Constitución en la Constitución de 1993 y en la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
13. LOS PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
13.1. La interpretación constitucional.
13.2. Los intérpretes de la Constitución.
13.3. Los principios de interpretación constitucional.
13.4. Los principios de razonabilidad y de proporcionalidad en la interpretación constitucional.
13.5. La interpretación constitucional en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
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![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)













![Juzgado ordena a municipio dé cumplimiento a arts. 14, 15, 19 y 21 del Reglamento de la Ley 30936, Ley que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible (aplicación de precedentes vinculantes Ceprodeldesa Perú y Villanueva Valverde) [Exp. 07856-2024-0-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuatro reglas sobre reposición y reconocimiento del vínculo laboral en el sector público que inaplican el precedente Huatuco Huatuco: (i) existe relación laboral a plazo indeterminado cuando se verifica fraude en la contratación de trabajador con vínculo laboral vigente; (ii) la reposición tiene carácter transitorio en casos de nulidad de despido; (iii) se excluye a obreros de gobiernos municipales, regionales y organismos de la Administración pública; y (iv) se excluye a funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza [Casación Laboral 11090-2023, La Libertad, f. j. 22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-1024x538-1-218x150.png)

![Si un procesado se acoge a la conclusión anticipada y esta no prospera, ese intento no debe valorarse automáticamente como indicio de culpabilidad o comisión del delito [Casación 3564-2023, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Seis casos donde el TC advirtió violación al principio de legalidad penal (voto del magistrado Hernández Chávez) [Exp. 04677-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)

![Primacía de la realidad: La condición de «obrero» o «empleado» debe determinarse en base a las funciones reales y concretas que realice (en los hechos) como ser individual, no en base a la denominación formal del cargo, ni documentación que obre en el acervo de la entidad [Casación 14891-2023, Lima este, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)

