Después de la controversial Ley que prohíbe la publicidad estatal en medios privados, que fuera aprobada por mayoría por el Pleno del Congreso, otra iniciativa despierta la polémica. Se trata del Proyecto de Ley 3030-2017-CR, presentado el 15 de junio de 2018 por el congresista no agrupado, Clayton Galván Vento.
El proyecto legal tiene por objeto que solo los periodistas colegiados puedan ejercer la profesión en el Perú, para tal efecto se modificaría la Ley 23221, Ley de Colegiación de Periodistas, y la Ley 26937, que contempla el libre ejercicio de la actividad periodística.
De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa no vulnera el derecho a la libertad de expresión, opinión o información, sino busca fortalecer la profesión de periodistas en el Perú. Asimismo, se señala que el Colegio de Periodistas del Perú está de acuerdo con la propuesta.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE FORTALECE LA PROFESIÓN DE LOS PERIODISTAS EN EL PERÚ
Articulo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto fortalecer la profesión de los periodistas en el Perú, estableciendo la obligatoriedad de la colegiación de los Licenciados en Ciencias de la Comunicación que se dedican al periodismo.
Artículo 2. Del periodista
Entiéndase por periodista a todo profesional en Ciencias de la Comunicación que realiza funciones de director, productor, editor, jefe de unidad de investigación, conductor, entrevistador, redactor, reportero, reportero gráfico, camarógrafo y diseñador en los múltiples formatos periodísticos sean impresos, radiales, televisivos y digitales, incluyendo los especializados como política, economía, culturales, turísticos, policiales, espectáculos y otros.
Artículo 3. Modificación del artículo segundo de la Ley N° 23221, Ley de Colegiación de Periodistas
Modifícase el artículo segundo de la Ley N° 23221. Ley de Colegiación de Periodistas, en los siguientes términos:
Articulo Segundo.- La Colegiación y su habilitación vigente, es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión periodística, de conformidad con el Artículo 33 de la Constitución del Estado, esta norma no limita lo dispuesto por el inciso 4). del Artículo 2 de la Constitución.
Artículo 4. Modificación de los artículos 3 y 4 de la Ley N° 26937, Ley que contempla el libre ejercicio de la actividad periodística
Modifícase los artículos 3 y 4 de la Ley N° 26937, Ley que contempla el libre ejercicio de la actividad periodística, en los siguientes términos:
Artículo 3. “No» (suprimido) Obligatoriedad de la colegiación
La colegiación para el ejercicio de la profesión de periodista “no» (suprimido) es obligatoria.
Articulo 4. Exclusividad de la colegiación. El derecho de colegiación establecido por la Ley N° 23221 está reservado exclusivamente a los ‘periodistas con titulo profesionales» (suprimido) profesionales en Ciencias de la Comunicación que se dedican al periodismo, para los fines y beneficios gremiales y profesionales que son inherentes a su profesión.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única. Derogación de normas
Derogúese las normas legales y administrativas que se oponen a la presente Ley o limiten su aplicación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única. Vigencia de la Ley
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
![La acusación debe contener los elementos fácticos del tipo, las circunstancias de responsabilidad del encausado y la precisión de las acciones o expresiones consideradas delictivas, sin que se requiera un relato exhaustivo ni la incorporación de todos los elementos de convicción que obren en la investigación preparatoria [Apelación 362-2024, Arequipa, f. j. 5.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La periodicidad del control biométrico cada 60 días es insuficiente frente al riesgo generado por la conducta procesal del encausado—cambio de líneas telefónicas, inconcurrencia a citaciones fiscales, intimidación a familiares de la víctima, etc.—, pues hay la posibilidad de que se desplace fuera del lugar, dificulta el rastreo y erosiona la finalidad de evitar la fuga u obstrucción; por ello, el control mensual resulta más proporcional y menos gravoso que otras medidas [Apelación 333-2025, Corte Suprema, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![No es relevante que, tras resolverse la nulidad, el juez diese por instalado el juicio oral, pues este ya se encontraba jurídicamente instalado con la concurrencia de las partes procesales obligatorias; de ahí que se pudo discutir y resolver el incidente [Casación 3804-2025, Nacional, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se puede alegar la nulidad respecto de actuaciones ya resueltas y consentidas anteriormente sin haber interpuesto en su momento la impugnación correspondiente, pues ello contraviene la teoría de los propios actos y el principio de buena fe [Casación 3804-2025, Nacional, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 27 NOV](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-PREPARACION-EXAMEN-PROFA4-LPDERECHO-218x150.jpg)



![¿Los CAS de suplencia, necesidad transitoria o cargos de confianza pueden ser considerados indeterminados? [Informe Técnico 000948-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-4-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Voto singular] De «sujeto» a «objeto» del proceso: debe acreditarse peligro procesal para dictar prisión preventiva; de lo contrario, esta medida cautelar se convertiría en una sanción [Exp. 03217-2022-PHC/TC, ff. jj. 7-8] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![[Voto singular] La representación popular en una democracia representativa comprende dos elementos: el institucional (partido u organización política) y el personal (individuo que aspira a la curul); es decir, la condición ineludible para arribar un cargo de representación popular es a través de un partido u organización política (caso del fortalecimiento de los grupos parlamentarios) [Exp. 00001-2018-AI/TC, ff. jj. 4-5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)

![Modifican Reglamento de la Ley que otorga pensión a menores en situación de orfandad [Decreto Supremo 006-2025-MIMP] Niño solo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/huerfano-nino-solo-orfandad-abandono-LPDerecho-218x150.png)
![Multan a restaurante por ofrecer información falsa sobre la vigencia de su promoción «Buffet de Alitas» [Res. Final 1593-2025/PS3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/indecopi-informacion-falsa-promocion-alitas-LPDerecho-218x150.jpg)
![Aprueban «Lineamientos que contienen los criterios para la aplicación del silencio administrativo negativo en los procedimientos administrativos y los mecanismos para promover la atención oportuna de dichos procedimientos» [Resolución 010-2025-PCM-SGP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-balanza-juez-abogado-justicia-sentencia-libros-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La acusación debe contener los elementos fácticos del tipo, las circunstancias de responsabilidad del encausado y la precisión de las acciones o expresiones consideradas delictivas, sin que se requiera un relato exhaustivo ni la incorporación de todos los elementos de convicción que obren en la investigación preparatoria [Apelación 362-2024, Arequipa, f. j. 5.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-324x160.jpg)





![La acusación debe contener los elementos fácticos del tipo, las circunstancias de responsabilidad del encausado y la precisión de las acciones o expresiones consideradas delictivas, sin que se requiera un relato exhaustivo ni la incorporación de todos los elementos de convicción que obren en la investigación preparatoria [Apelación 362-2024, Arequipa, f. j. 5.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-100x70.jpg)
