El expresidente de la República, Pedro Castillo Terrones, a través de un documento dirigido al Poder Judicial, designó como su único abogado defensor al letrado Ronald Atencio, en la investigación que se le sigue por el supuesto delito de rebelión.
En el documento, el exmandatario agradeció a todos los abogados que lo han estado apoyando legalmente, al tiempo que señaló que todo tipo de coordinación de su defensa se llevará exclusivamente con el mencionado abogado:
A partir de la fecha, 12 de diciembre de 2022, a efectos de garantizar mi derecho constitucional de defensa, nombro como mi único y exclusivo abogado defensor al letrado Ronald Darwin Atencio Sotomayor, identificado con REG CAL N.° 43370 y con DNI N.° 41373494, subrogando a cualquier otro letrado apersonado a la fecha.
Ronald Atencio, por su lado, reafirmó su designación ante los medios de comunicación. Así, dijo que este martes 13 de diciembre lo defenderá en la audiencia de apelación donde se discutirá su libertad:
Él ha decidido que yo ejerza su defensa para cualquier tipo de caso que se venga desde ahora. Mañana tenemos la audiencia y esperemos que el Poder Judicial se ponga a la altura de las circunstancias, que entienda la aplicación correcta del derecho y de los principios constitucionales. No existe flagrancia en la detención del presidente.
Téngase en cuenta que este nombramiento se produjo después de que el letrado Miguel Pérez Arroyo, exabogado de Alberto Fujimori, decidiera renunciar a la defensa de Castillo por haber sido «víctima de ataques» de su círculo más cercano.

¿Quién es Ronald Atencio?
Ronald Darwin Atencio Sotomayor (42 años), natural de Huánuco, estudió derecho y ciencias políticas en la Universidad San Martín de Porres, y obtuvo el grado de bachiller y el título de abogado en 2006 en la misma casa de estudios.
También ha incursionado en la actividad empresarial al crear Athena, un centro de capacitación dirigido a abogados, donde él suele enseñar cursos de elaboración de tesis.
El letrado también ha participado en política partidaria. Así, fue candidato en las elecciones congresales extraordinarias de 2020 por el partido Renacimiento Unido Nacional, que postuló a Ciro Galvez Herrera a la presidencia de la República en las últimas elecciones.
Atencio es abogado del congresista de Perú Democrático, Guillermo Bermejo, en el proceso que se le sigue por presunta filiación terrorista. Así también, forma parte de Voces del Pueblo, un movimiento político de izquierda impulsado por el congresista.
Cabe consignar que el Ministerio Público abrió investigación preliminar en contra de Atencio (y Noblecilla) por la presunta comisión del delito contra la administración pública, en la modalidad de patrocinio ilegal en agravio del Estado.
Según la tesis fiscal, los abogados habrían prestado asesoría legal en el despacho congresal de Bermejo cuando estos eran funcionarios. Tal asesoría se habría dado en el marco de la investigación que se le sigue al parlamentario por supuestamente afiliarse a una organización terrorista.
En una publicación a través de su cuenta de Facebook, de fecha 11 de diciembre, Atencio planteó soluciones para salir de la crisis:
- Liberar al presiente Pedro Castillo Terrones, archivar el exp. de rebelión y conspiración, incluyendo a Anibal Torres y Betssy Chávez.
- Flexibilizar la inscripción de nuevos partidos políticos.
- Adelanto de elecciones generales: congresales y parlamentarias. Esto pasa por modificar la Constitución mediante la incorporación de una disposición final.
- Convocar a un referéndum para que el pueblo decida la convocatoria a una Asamblea Constituyente.
Días antes, el 7 de diciembre, día del golpe, Atencio había escrito: «Ni la vacancia ni el cierre del congreso eran la medida democrática. Tocaba seguir respetando el estado de derecho».
Abogado litigante
El nombre de Ronald Atencio destacó también en un incidente muy conocido en el juicio oral contra Guillermo Bermejo.
El 25 de agosto de 2021, mientras el letrado contrainterrogaba a un testigo adverso ofrecido por la Procuraduría (un coronel de nombre Max Orlando Anhuamán Centeno), el juez Churampi interrumpió el interrogatorio cerrado que le estaba practicando el abogado al testigo.
El abogado le había advertido al testigo que se limite a responder con un sí o con un no a sus preguntas. Y, como suele pasar en estos casos, el testigo se sintió tentado desde el inicio a explicar sus respuestas. Ante esta conducta, Atencio le insistía en que solo se limite a responder de manera concreta con un monosílabo.
Así las cosas, es en la segunda pregunta cerrada que se produce el altercado verbal que, en algún momento, supuso que ambos levantaran la voz para hacer prevalecer su posición. El juez pretendía que el abogado permita que el testigo dé explicaciones en atención a que estaba contestando espontáneamente, mientras que el abogado se oponía porque se trataba de un contrainterrogatorio en el que solo el abogado tenía el control.
Para acceder al vídeo de ese altercado clic aquí.
![Derecho a guardar silencio: El juez no puede obligar al imputado a responder las preguntas de un perito psicólogo; la interacción en una evaluación psicológica debe ser libre, expresa y voluntaria [Exp. 00030-2024-9-5001-JS-PE-01, f. j. 6.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase modelo sobre tendencia interna trascendente y antijuricidad. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-frank-almanza-altamirano_tendencia-interna-trascendente-y-antijuricidad-218x150.jpg)

![Suprema confirma que los incrementos remunerativos pactados en convenios colectivos anteriores al ingreso del trabajador no le son aplicables [Cas. Lab. 14483-2023, Junín, f. j. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-218x150.jpg)
![Procede rectificar un asiento de inscripción cuando la inexactitud se desprende claramente del instrumento que conforma el título archivado que le dio origen y no existen obstáculos en la partida o derechos adquiridos por terceros durante la vigencia del asiento que se declara inexacto que puedan resultar perjudicados [Res. 1471-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunarp-fachada-logo-2LPDerecho-218x150.jpg)
![Derechos y garantías del debido procedimiento: acceder al expediente, refutar cargos imputados, exponer argumentos, obtener una decisión motivada, impugnar decisiones, entre otros [Casación 25876-2018, Lima, f. j. 4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VIVO] Clase modelo sobre estructura de una sociedad: capital social y órganos societarios. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-gerardo-guzman-espino_Estructura-de-una-sociedad-capital-social-y-organos-societarios_lp-218x150.jpg)
![Cuando se publicita en el Registro que una hipoteca que garantiza obligaciones futuras o eventuales ha sido cedida, la cesión es la prueba del nacimiento de la obligación [Res. 1477-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/sunarp-fachada-LPDerecho-218x150.png)

![¿Puede el empleador asumir una facultad constitutiva en la legitimidad negocial? [Informe Técnico 000805-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las sociedades de beneficencia tienen naturaleza jurídica privada, por lo que no es aplicable a sus trabajadores la exigencia del ingreso al puesto de trabajo a través de un concurso público, ni el precedente vinculante Huatuco [Pleno Jurisdiccional Nacional Laboral y Procesal Laboral, 2024, tema 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Falta de registro de asistencia no acredita sobretiempo, el trabajador también debe probar la realización de horas extras [Casación 5078-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Por el principio de legalidad las autoridades administrativas deben emitir sus decisiones de forma compatible con el sentido del ordenamiento legal, sin desconocer, interferir o infringir las disposiciones expresas [Casación 13235-2018, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-218x150.jpg)


![URGENTE: Juez ordena a la JNJ que reponga en su cargo a Rafael Ruiz Hidalgo, quien fue vacado de la JNJ por no informar que tenía condena por prevaricato [Expediente 12991-2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Rafael-Ruiz-Hidalgo-fondo-de-la-JNJ2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Una empresa de encomiendas perdió tus paquetes? Si la denuncias ante Indecopi y ella se allana significa que acepta tu pretensión completa [Res. 0078-2026/Indecopi-SAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/Shalom-Indecopi-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [Actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/banner-Ley-General-de-Sociedades-2026-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)













![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Juez ordena a la JNJ que reponga en su cargo a Rafael Ruiz Hidalgo, quien fue vacado de la JNJ por no informar que tenía condena por prevaricato [Expediente 12991-2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Rafael-Ruiz-Hidalgo-fondo-de-la-JNJ2-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![¿Puede el empleador asumir una facultad constitutiva en la legitimidad negocial? [Informe Técnico 000805-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)
![Derecho a guardar silencio: El juez no puede obligar al imputado a responder las preguntas de un perito psicólogo; la interacción en una evaluación psicológica debe ser libre, expresa y voluntaria [Exp. 00030-2024-9-5001-JS-PE-01, f. j. 6.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)
![Suprema confirma que los incrementos remunerativos pactados en convenios colectivos anteriores al ingreso del trabajador no le son aplicables [Cas. Lab. 14483-2023, Junín, f. j. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-100x70.jpg)


![ONP no tiene facultad de calificar nuevamente los requisitos para recibir la bonificación por Fonahpu [Acuerdo Plenario 01-2023-116-SDCST]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2017/08/ONP-pension-pensionistas-previsional-LPDerecho-324x160.png)