El Poder Judicial confirmó, este martes 6 de junio, la sentencia dictada por el Primer Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima contra la conductora de televisión Magaly Medina Vela, por la comisión del delito de difamación agravada, en agravio del querellante Luis Cáceres Andrade. En tanto, fue absuelta por la comisión del delito de injuria.
Por tanto, Magaly Medina es sentenciada a dos años de pena privativa de la libertad -suspendida por el lapso de un año- sujeta a las siguientes normas de conducta:
- No variar de domicilio ni ausentarse del lugar de residencia, sin previo aviso y autorización escrita del juzgado.
- Comparecer obligatoriamente, en forma mensual, ante el Registro de Control Biométrico, a partir de la fecha de expedición de la presente sentencia.
- No cometer nuevo delito doloso
- Cumplir con cancelar el íntegro de la reparación civil impuesta ( 70,000 soles), en un plazo no mayor a seis meses.
EL CASO:
Como se recuerda, en diciembre de 2022, la presentadora fue sentenciada a dos años de pena privativa de la libertad suspendida y debía pagar una reparación civil de S/70 mil al mencionado actor.
En aquel año, la juez María del Pilar Castillo, del 1er Juzgado Penal, señaló a Medina Vela como autora de los delitos contra el “honor, injuria y difamación agravada”, contra el querellante Cáceres Andrade, imponiéndole dos años privativa de libertad suspendida.
Humberto Abanto, abogado de Lucho Cáceres, aseguró que de ahora en adelante Magaly Medina tendrá que tener cuidado con los términos que usa en su programa, porque si otra persona la enjuicia por los mismos términos, la sentencia se haría efectiva.
“La señora Magaly tildó de escoria y basura a mi representado en junio del 2020. Como es comprensible, es un daño a su honor, él entabló un juicio que ganó finalmente”, indicó el abogado de Lucho Cáceres.
“La señora no puede incurrir en esa falta, porque de ocurrir otro juicio por un término similar, la medida se hará efectiva (dos años de cárcel)”, agregó.
Fuente: El Comercio
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