No basta con discrepancias de apreciación entre juzgadores y litigantes para deducir el delito de abuso de autoridad (Colombia) [Radicación 413212]

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Fundamento destacado: “De ahí que la H. Corte y la Procuraduría hayan dicho reiteradamente que no basta la disparidad de apreciación entre los juzgadores de las instancias, ni entre éstos y los litigantes, para deducir el abuso de autoridad u otro delito semejante, porque los jueces tienen que aplicar los preceptos legales a casos particulares mediante juicios que no pueden ser uniformes, dada la organización racional de los hombres.


DELITOS DE PREVARICATO, ABUSO DE AUTORIDAD Y USURPACION DE FUNCIONES PUBLICAS

Corte Suprema de Justicia. — Sala Penal—Bogotá, doce de diciembre de mil novecientos cincuenta.
(Magistrado ponente: Dr. Agustín Gómez Prada)

Vistos. Por consulta debe revisar la Corte el auto de sobreseimiento definitivo dictado por el Tribunal Superior de Cartagena, el 22 de agosto último, en favor del Juez 3° Civil de ese Circuito, doctor Augusto Miranda, a quien acusó el doctor Juan A. de la Espriella por prevaricato, uso de autoridad y usurpación de funciones públicas.

[Continúa…]

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